El Tribunal Superior de Justicia de Asturias decreta la liberación inmediata del matrimonio alemán tras reducir su condena por mantener encerrados a sus hijos durante años.

La Audiencia Provincial impuso a los padres una condena de dos años y cuatro meses de prisión. No obstante, el Tribunal Superior los ha exonerado de los cargos por maltrato psicológico y ha anulado las medidas cautelares previamente establecidas.

La vivienda de Toleo (Oviedo) en la que vivieron los tres menores encerrados cuatro años.

El matrimonio alemán que durante casi tres años y medio mantuvo a sus tres hijos aislados en una vivienda en las afueras de Oviedo será liberado de forma inmediata tras la revisión de su condena por parte del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que los ha declarado inocentes de maltrato psicológico y ha dejado sin efecto las medidas cautelares impuestas.

El pasado mes de mayo, la Audiencia Provincial dictaminó una condena para los padres de dos años y cuatro meses de prisión por un delito de maltrato psicológico habitual en el ámbito familiar, junto con otros seis meses de prisión por abandono de familia, mientras que los absolvió del cargo de detención ilegal.

A estos progenitores, un hombre alemán de 53 años y una mujer de 48 con doble nacionalidad alemana y estadounidense, también se les había suspendido la patria potestad o tutela por tres años y cuatro meses, durante los cuales no podrían mantener contacto con sus hijos.

Sin embargo, el TSJA ha aceptado parcialmente el recurso presentado por la defensa, reduciendo a seis meses la pena de prisión por abandono de familia. Por tanto, los padres podrán salir del Centro Penitenciario de Asturias una vez estén listos los autos que la Sección Segunda de la Audiencia está finalizando para notificar la sentencia, según informaron a Efe fuentes judiciales.

El tribunal ha considerado que no existen pruebas suficientes para condenar a los padres por maltrato psicológico, al no haberse acreditado acciones humillantes, castigos o un ambiente de terror en el hogar donde los menores, dos gemelos de 9 años y su hermano mayor de 11, permanecieron aislados entre diciembre de 2021 y abril de 2025, actualmente bajo tutela de los servicios sociales del Principado.

Para los jueces, la situación correspondió a un encierro familiar derivado de una «sobreprotección mal entendida», causada por el intenso temor de la madre al contagio de la Covid-19 y el posterior miedo a que los servicios sociales les quitaran la custodia.

No obstante, la sentencia reconoce que el prolongado aislamiento perjudicó el desarrollo psicofísico de los menores, quienes presentaban dificultades en la marcha, retraso en el control de esfínteres y un grado reconocido de discapacidad del 35 por ciento.

El TSJA señala que los padres sí son responsables de un delito de abandono de familia, debido a la ausencia total de escolarización y al aislamiento social deliberado de los niños, privándolos de manera consciente del derecho a la educación y a relacionarse con otras personas durante varios años.

Los recursos presentados por la Fiscalía y el Principado de Asturias, que solicitaban que se considerara el delito de detención ilegal, fueron rechazados porque no existen indicios de sujeción física ni de cierres forzosos en la vivienda, y tampoco se probó una intención deliberada de privar a los menores de libertad.

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