Las claves
En 2024, Sanidad brindó atención a 1,2 millones de extranjeros sin documentación, cifra que duplica la previsión inicial del Gobierno para la regularización extraordinaria.
El Ministerio de Inclusión había calculado que serían 500.000 los beneficiarios de este proceso, mientras que los registros tanto de Sanidad como de Extranjería estiman alrededor de 1,2 millones.
Tanto el Consejo de Estado como el Tribunal Supremo han cuestionado la metodología y la validez jurídica de la regularización masiva de inmigrantes promovida por el Gobierno.
El Ejecutivo sostiene que la regularización cuenta con respaldo legal y que la competencia para regularizar a extranjeros corresponde a los Estados miembros de la UE.
Dos ministerios del mismo Ejecutivo manejaban cifras notablemente diferentes sobre un mismo fenómeno. Aunque parezca increíble, es una realidad.
Mientras el Ministerio de Inclusión de Elma Saiz diseñó la regularización extraordinaria con una estimación cercana a «500.000» beneficiarios, como afirmó Sánchez en abril, el Ministerio de Sanidad tenía registrados, al 31 de diciembre de 2024, un total de 1.224.576 extranjeros.
Estos individuos están incluidos en la Base de Datos de Población Protegida del Sistema Nacional de Salud bajo la categoría oficial de personas extranjeras «no registradas ni autorizadas como residentes», creada para garantizar el acceso a la atención sanitaria pública a quienes carecen de permiso de residencia.
Esta cifra, que se encuentra en la respuesta parlamentaria del Ministerio de Sanidad al Congreso a la que EL ESPAÑOL ha tenido acceso, supera ampliamente la estimación utilizada por el Ejecutivo para elaborar la memoria del real decreto que aprobó la regularización extraordinaria.
Además, este dato guarda estrecha relación con el contenido de un informe de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional, adelantado por este medio.
El documento calculaba que el proceso extraordinario alcanzaría a 1.250.000 ciudadanos extranjeros, cifra muy cercana tanto a los registros del Ministerio de Sanidad como a los 1.174.978 solicitantes que finalmente reconoció el propio Gobierno tras cerrar el periodo de solicitudes.
El origen de este registro sanitario se remonta al Real Decreto-ley 7/2018, con el cual el Ejecutivo restauró el acceso universal al Sistema Nacional de Salud para personas extranjeras que se encontraban en España sin autorización de residencia.
Un año después, una resolución de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud estableció el procedimiento administrativo para materializar ese derecho y definió el sistema de identificación de estos beneficiarios.
Desde entonces, las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) asignan a cada solicitante un Código de Identificación Personal Autonómico (CIPA).
Tras verificar los requisitos, comunican el alta al Ministerio de Sanidad, que genera el correspondiente Código de Identificación Personal del Sistema Nacional de Salud (CIP-SNS) e incorpora a la persona a la Base de Datos de Población Protegida.
Fue esta base la que permitió a Sanidad responder en marzo a la pregunta parlamentaria planteada por Vox. La cuestión fue presentada por los diputados Rocío de Meer, Tomás Fernández y David García.
«En cuanto a la nacionalidad extracomunitaria, de las 1.224.576 personas beneficiarias de esta prestación sanitaria, los datos provienen de las comunidades autónomas y se recogen en la Base de Datos de Población Protegida del Sistema Nacional de Salud (BDPPSNS), en el Título 85 ANE Prestación asistencial a personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes, cifra proporcionada a fecha de 31 de diciembre de 2024», se detalla en la respuesta parlamentaria.
No obstante, es importante aclarar un aspecto metodológico. La Base de Datos de Población Protegida del Sistema Nacional de Salud no constituye un censo oficial de toda la inmigración irregular en España, sino un registro administrativo de extranjeros que han solicitado o tienen reconocido el derecho a asistencia sanitaria pública en esa categoría.
Esto implica que puede haber extranjeros sin autorización de residencia que nunca hayan solicitado la tarjeta sanitaria o que recientemente hayan llegado y aún no estén registrados.
Asimismo, la base podría incluir expedientes pendientes de actualización relacionados con personas que ya regularizaron su situación, o incidencias propias de cualquier registro administrativo.
En todo caso, esta es la fuente estadística más completa de la que dispone el Estado para este colectivo.
Una cifra sin justificación
Entonces, ¿cómo fue posible que el Gobierno calculase solo medio millón de beneficiarios para la regularización masiva?
La realidad es que la memoria del real decreto apenas detalla el origen de esta cifra sobre la que se calcularon tanto la carga administrativa como los recursos humanos necesarios para gestionar el proceso.
Incluso, el Consejo de Estado llamó la atención sobre esta falta de explicación. Este órgano consultivo, liderado por Carmen Calvo, advirtió que el documento no especificaba las bases ni la metodología para estimar tanto el número de solicitantes como de beneficiarios previstos.
Además, el informe señalaba varios «agujeros» en la norma. «Las previsiones de la reglamentación propuesta […], aplican para cumplir con el requisito general de la Ley Orgánica de Extranjería una técnica (la declaración responsable) que resulta inadecuada para un proceso masivo de tramitación […], abriendo la puerta a prácticas poco rigurosas e incluso irregulares«, apuntaba el texto de 84 páginas.
Las dudas sobre la base y el alcance de la norma no se limitan al Consejo de Estado. El Tribunal Supremo (TS) ha iniciado ya un procedimiento previo para decidir si formula una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), debido a inquietudes sobre la compatibilidad de la norma con el Derecho comunitario.
El alto tribunal busca determinar si una regularización de estas dimensiones, que ha afectado finalmente a más de 1,17 millones de personas, podría entrar en conflicto con el nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo y con el Reglamento europeo sobre retorno de nacionales de terceros países.
Ante estas dudas, el Gobierno asegura que el proceso cuenta con pleno respaldo jurídico. El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, expresó este miércoles su «completa tranquilidad» frente a la posibilidad de que el TS recurra al TJUE.
También recordó que la Comisión Europea ya manifestó en enero pasado que la regularización de extranjeros es competencia de los Estados miembros y que España tiene «pleno derecho» para aprobar una norma de estas características.
Por último, subrayó que una cuestión prejudicial eventual no paralizaría el proceso de regularización ni la tramitación de expedientes, sino solo el procedimiento judicial en el que pudiera plantearse la consulta, y defendió que el real decreto ha superado «todos los controles» jurídicos exigidos durante su elaboración.

