La condena de 24 años impuesta equivale en realidad a 16 años y medio. Esta cantidad es fundamental para calcular otros posibles beneficios penitenciarios.
El Supremo impone una pena de 24 años a Ábalos, 19 a Koldo y 4 a Aldama por el 'caso mascarillas'
José Luis Ábalos ha recibido una sentencia firme por nueve delitos. Tras superar el impacto inicial, el exministro socialista comenzará a hacer sus cálculos sobre la duración real en prisión para anticipar cuándo podría recuperar la libertad. Esa fecha está muy lejos aún. La suma total de las penas alcanza 24 años y tres meses, que, aunque elevada, resulta menor al aplicar una disposición del Código Penal que limita el tiempo máximo efectivo a cumplir al triple de la condena más larga dictada por un delito individual. En su caso, la pena más alta es por pertenecer a una organización criminal, con cinco años y seis meses, lo que reduce la condena efectiva a 16 años y medio.
A partir de esta base realizará los demás cálculos. La vía más accesible para él serán los permisos ordinarios de salida, otorgados tras cumplir una cuarta parte de la pena. Eso se traduce en cuatro años, un mes y 15 días, es decir, hasta abril de 2029, considerando que comenzó a cumplir condena, aunque con carácter anticipado, desde noviembre pasado, cuando el Supremo le envió a prisión provisional ante la proximidad del juicio.
Sin embargo, las expectativas para alcanzar un beneficio mayor, como el tercer grado, son desfavorables para el reo. El hecho de que el delito principal supere los cinco años implica la aplicación automática del llamado periodo de seguridad, lo que significa que la semilibertad no será concedida hasta haber cumplido al menos la mitad de la condena, situación que no ocurrirá antes de febrero de 2034.
Ábalos, con 66 años, podría acogerse a una disposición del Reglamento Penitenciario que facilita «la libertad condicional de septuagenarios», similar a la prevista para enfermos graves con enfermedades incurables. Esta norma elimina la obligación de cumplir tres cuartas partes de la pena, pero mantiene otros requisitos, como haber obtenido previamente el tercer grado. Por tanto, aunque cumpla 70 años a finales de 2029, la libertad condicional no será viable hasta aproximadamente 2034, momento en que podría acceder al tercer grado.
Ni los permisos de salida ni la semilibertad están garantizados. Si Ábalos persiste en su postura expresada al final del juicio, sin reconocer su implicación delictiva, es probable que estos beneficios se retrasen. A pesar de que la condena sea firme, todavía podría colaborar con la Justicia, lo que aceleraría la concesión de beneficios penitenciarios. Un ejemplo similar es el de Francisco Correa, líder de Gürtel, quien tras recibir su primera sentencia intensificó su colaboración, que hasta entonces había sido irregular.
Las autoridades penitenciarias dispondrán también del artículo 100.2 del Reglamento, que permite otorgar semilibertad casi sin condiciones. Esta vía se ha utilizado, por ejemplo, para la excarcelación de miembros de ETA.
En todos estos procesos, el exministro dependerá del juez de Vigilancia Penitenciaria del centro penitenciario —probablemente en Madrid— y del Tribunal Supremo, que, en su función como tribunal sentenciador, autorizará decisiones claves como el paso al tercer grado o la libertad condicional.
La situación podría variar si recibe una nueva condena por la Audiencia Nacional, donde se investiga su presunta implicación en corrupción relacionada con obras públicas. En tal caso, la competencia pasaría a la Audiencia.
El sombrío panorama penitenciario se debe a que el Supremo ha dado por acreditados todos los hechos imputados por el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón. Esa circunstancia se refleja en que las penas coinciden casi íntegramente con las solicitadas por el Ministerio Público. El Alto Tribunal ha considerado probados estos hechos y su correspondiente tipificación delictiva.
LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL
Las condenas más severas —cinco años y medio para José Luis Ábalos y cinco para Koldo García— corresponden al delito que engloba todas las acciones: pertenencia a una organización criminal que formaron los tres acusados desde el momento en que Ábalos accedió al Ministerio de Transportes y estableció contacto con el empresario. «En el desarrollo de estas relaciones personales, rápidamente los acusados detectaron una oportunidad para obtener un beneficio económico común. […] Pactaron que, aprovechando el cargo que ostentaba José Luis Ábalos en el Gobierno de España y en el Partido Socialista, este facilitaría, a cambio de la correspondiente ganancia económica para todos, la contratación con la Administración Pública en todas las ocasiones posibles para empresas cuyos intereses promovía y captaba Víctor de Aldama».
UN SUELDO FIJO
El primer paso fue establecer un salario. El empresario acordó pagar 10.000 euros mensuales «para cubrir los gastos fijos de José Luis Ábalos, a los que se sumarían otras cantidades». Este soborno continuó durante 34 meses. Dos de estos pagos se efectuaron en República Dominicana. Además, Aldama ofreció al ministro un piso en la Castellana madrileña que Ábalos controló como garantía de que recibiría todas las comisiones pactadas.
ESTRENO CON MASCARILLAS
El primer negocio se produjo durante la pandemia, aprovechando la demanda urgente de material sanitario. Los condenados usaron la «influencia» de Ábalos para que la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama, lograra adjudicarse dos contratos de suministro de mascarillas para Puertos del Estado y Adif, organismos dependientes de Transportes.
El Supremo señala que, sobre una previsión de compra de 60 millones de euros, Ábalos y Koldo reclamaron dos millones y medio y medio millón, respectivamente. Estos importes constan en las previsiones de gastos anotadas por Aldama. Los hechos constituyen los delitos de cohecho y tráfico de influencias. Se descarta el uso de información privilegiada, dado que era público que el Gobierno buscaba material sanitario.
PISO Y TRABAJO SIN IR A TRABAJAR
En aquel momento, Ábalos mantenía una relación sentimental con Jésica Rodríguez. «Aprovechando su posición privilegiada como ministro», gestionó para que «fuera contratada en alguna empresa pública», además de que «no tuviera que cumplir ninguna función laboral a cambio». Fue contratada en Ineco y Tragsatec, lo que constituye un delito de tráfico de influencias para Ábalos. Que la mujer nunca acudiera a trabajar, con conocimiento del ministro, añade la figura de malversación.

Sumado a ello están las gestiones para que Aldama, además del salario mensual, cubriera «como gasto fijo» el alquiler de un piso de lujo en la Torre de Madrid donde residiera su pareja. Por este cohecho se pagaron 82.295 euros.
OTRA COLOCADA
No solo se facilitó puesto y vivienda para su pareja sentimental, sino que también mantuvo «una relación personal» intensa con una militante socialista conocida en un mitin en Gijón. También a Claudia Montes le gestionó un trabajo público en Logirail, entidad vinculada a Transportes. Además, cuando ella decidió no acudir a trabajar, Koldo intervino para que se eliminara el expediente abierto en su contra. Otro caso de tráfico de influencias.
VACACIONES GRATIS
A consecuencia de la crisis provocada por la pandemia, Aldama le solicitó al ministro que Transportes emitiera una nota de prensa anticipando la aprobación de un rescate para Air Europa, con el objetivo de tranquilizar a los acreedores. «Ábalos aceptó la petición y encargó la redacción de la nota», apunta el Supremo. La recompensa fueron diez días gratuitos en un chalé en Marbella. El Tribunal atribuye ese soborno a Aldama, sin establecer vínculo directo con la aerolínea.

CHALÉ A MEDIAS
El Supremo también analiza los hechos relacionados con Villafuel, una empresa que pretendía obtener una licencia para hidrocarburos sin cumplir los requisitos. El tribunal no constata tráfico de influencias para conseguir dicha autorización, principalmente porque Transportes no era el ministerio competente. Sin embargo, quedó demostrado en el juicio que los responsables de Villafuel adquirieron un chalé para Ábalos, destinado como pago por sus gestiones. El exministro disfrutó de la vivienda durante algunos meses, hasta que sus esfuerzos resultaron infructuosos y fue destituido. Perdió la propiedad, pero el cohecho quedó acreditado.

