El juez del ‘caso Plus Ultra’ acusa a las hijas de Zapatero y a la secretaria del expresidente de estar implicadas en el lavado de las comisiones

El magistrado José Luis Calama ha tomado esta determinación a instancias de la Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular

Las hijas de Zapatero abandonan su oficina tras el registro del pasado mayo.

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha decidido imputar en el caso Plus Ultra a las hijas de José Luis Rodríguez Zapatero, Alba y Laura Rodríguez Espinosa. La misma resolución se aplica a la secretaria del ex presidente del Gobierno, Gertrudis Alcázar.

Calama acepta la petición presentada el martes por la Fiscalía Anticorrupción, que consideraba esencial llamar a declarar a las hijas y a la secretaria en calidad de investigadas. Esta solicitud ya había sido formulada previamente por la acusación popular. Las fechas de las comparecencias se fijarán en una resolución posterior.

El auto no especifica los delitos concretos que se imputan a las hijas y a la secretaria, aunque el padre y principal investigado está acusado fundamentalmente de tráfico de influencias y blanqueo.

En cuanto a las hijas, Calama señala que ambas figuran como administradoras formales de Whathefav, una sociedad calificada como «instrumental» por los investigadores, cuya función sería recibir los fondos entregados a Zapatero por sus gestiones para lograr el rescate de 53 millones a la aerolínea. Esta circunstancia «motiva, por sí sola, su citación como investigadas».

«La investigación atribuye a dicha sociedad un rol instrumental en la canalización, ocultación o facilitación de operaciones relevantes para los hechos que se investigan, y esta constatación objetiva coloca a sus administradoras dentro del grupo de personas potencialmente implicadas en la imputación, en tanto titulares de la representación orgánica y responsables de la dirección jurídica de la entidad», explica.

José Luis Rodríguez Zapatero, el miércoles, abandona la Audiencia Nacional tras prestar declaración.

El magistrado subraya que convocarlas a declarar como testigos «les impondría la obligación de decir la verdad y la prohibición de reservarse información, afectando de manera irreversible su derecho a no autoincriminarse ni a confesarse culpables». Por ello, la citación como investigadas «no solo es jurídicamente viable, sino necesaria para proteger sus derechos fundamentales y para garantizar la validez de las actuaciones».

Respecto a la secretaria del ex presidente, Gertrudis Alcázar, el magistrado indica que la actividad que se le atribuye en el auto de imputación de Zapatero justifica su imputación. Según los informes de la Udef, ella estaría ubicada en un tercer nivel dentro de la red, ejecutando las instrucciones del ex presidente.

«La investigación», señalaba aquel auto, «permite ubicar a María Gertrudis Alcázar Jiménez como un miembro operativo clave dentro de la red organizada. […] El análisis de los correos electrónicos intervenidos revela que cumple funciones de coordinación, elaboración y cobertura formal de la documentación que respalda las actuaciones de la red, recibiendo instrucciones directas para articular la apariencia documental de los pagos recibidos y emitidos por el entramado societario».

Desestimación de diligencias

En la misma resolución, el juez rechaza las demás diligencias solicitadas por la acusación popular unificada y la defensa de Zapatero.

El expresidente había solicitado que el juez extendiera la petición de cooperación a Estados Unidos para incluir determinada información y documentación relacionada con la incautación del teléfono de un empresario investigado, en cuyo dispositivo se encontraron mensajes comprometedores para el ex presidente.

El juez argumenta que solo cuando Estados Unidos responda a la solicitud de autorización para usar ese material en un posible juicio podrá valorarse la necesidad de aclarar más aspectos relacionados con dicho dispositivo móvil.

Calama también desestima peticiones de la acusación popular, como citar a declarar como investigados al exministro de Transportes José Luis Ábalos, a su asesor Koldo García y a un representante de la Sepi que contactó con la red.

Además, se rechaza la medida cautelar solicitada para imponer a Plus Ultra una fianza por el importe de la deuda impaga. El juez aclara que la investigación no se enfoca en el procedimiento administrativo de concesión de la ayuda pública a Plus Ultra ni en la regularidad general del funcionamiento del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, sino en conductas específicas que podrían haber influido en la concesión de dicha ayuda si constituían tráfico de influencias.

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