Sánchez no percibe las sombras en la conducta de su esposa que sí detecta el Ministerio Público, el cual reconoce cuestionamientos éticos pero descarta que los hechos constituyan un delito.

Se trata de 40 páginas de razonamientos para evitar llevar a juicio a Begoña Gómez y su asesora en La Moncloa y, finalmente, un párrafo que reconoce que, aunque no justifica la vía penal, lo investigado sí pertenece al ámbito ético y políticamente cuestionable.
«Existen determinadas cuestiones», expone el fiscal del caso Begoña, «que pueden no ser éticas ni deseables en un Estado democrático y en una Administración transparente, por lo que es necesario evitar situaciones que generen riesgo o dudas sobre la integridad de los funcionarios públicos y la desviación de poder».
«Es un asunto de carácter político o de establecer una regulación adecuada sobre las incompatibilidades y el papel que deben desempeñar el cónyuge o familiares de cargos públicos», añade el representante del Ministerio Público, antes de reafirmar que, pese a ello, «no existe delito» en los hechos indagados.
El fiscal concluye de manera similar dos escritos presentados esta semana con objetivos y destinatarios distintos: uno dirigido al juez Juan Carlos Peinado, para informarle de su oposición a la apertura de juicio oral contra la esposa del presidente del Gobierno; otro dirigido al tribunal de la Audiencia Provincial que revisa esas decisiones, solicitando que revoque la resolución del instructor de llevar el caso ante un jurado. Lo que decida la Sección 23 determinará si la esposa del presidente del Gobierno debe sentarse en el banquillo por presuntos delitos de corrupción.
«Aunque pueda existir mayor o menor afinidad con el Gobierno de turno, ciertas cuestiones como seguridad, viajes, acompañamientos, personal auxiliar asistente, facultativos y gastos ligados al presupuesto público serán inevitables; otros pueden variar en ajuste o lujo, ser discutidos o aceptados; pero no parece que deban derivarse a la vía penal», recalca José Manuel Baldomero.
Desde el inicio del procedimiento hace dos años, el fiscal ha solicitado su archivo. En ningún momento ha encontrado indicios de delito, si bien las dudas sobre la situación ambigua que ocupa la esposa del presidente y su asistente ya se manifestaban en informes previos. En los documentos más recientes y en el de octubre pasado, que rechazaba el primer intento de Peinado de llevar el caso a un jurado, el fiscal afirmaba que «la simple relación conyugal de Gómez» no puede tomarse como una presunción de conductas sospechosas, aunque añadía matices: «Más allá de consideraciones éticas o estéticas, conveniencia o inconveniencia de ciertas actuaciones».
Las referencias del Ministerio Público a la situación de Begoña Gómez y su asesora probablemente han despertado interés en La Moncloa, donde esta investigación es uno de los asuntos que más inquietud genera. Desde el principio, la línea ha sido presentar el caso como una operación contra el presidente del Gobierno para desestabilizarlo. «Se trata de una operación de acoso y derribo por tierra, mar y aire, para intentar hacerme desfallecer política y personalmente atacando a mi esposa», manifestó Sánchez en su carta a la ciudadanía en abril de 2024, cuando se supo que el juez investigaba a su mujer. «Soy consciente de que denuncian a Begoña no por ilegalidades, ellos saben que no hay caso, sino por ser mi esposa«.
En los dos últimos años, en varias entrevistas se ha cuestionado directamente a Sánchez si existía algo cuestionable o reprochable en la actividad de su esposa. «Lo hizo todo bien», afirmó en La Sexta. «Aquí no hay caso, hay fango. Estamos ante un bulo enorme cuyo único propósito es dañar a mi esposa y por extensión a mí». En La Ser le preguntaron: «¿No hay nada en la actividad profesional de su mujer que se pueda reprochar, aunque no suponga delito?». La respuesta fue: «No hay nada, absolutamente nada».
No obstante, esas dudas sí han surgido entre algunos socios del PSOE. El PNV planteó ese asunto en el Congreso en julio de 2024, cuando su entonces portavoz, Aitor Esteban, señaló que, desde su perspectiva, «probablemente no habrá caso penal, pero existen límites más allá de lo legal. Es cuestión de sentido común. Hay conductas que no deberían realizarse. Y eso debe mencionarse. Cuando ocurren estas situaciones, deben tratarse con la gravedad que merecen… Negar estos hechos y no abordar el aspecto ético me parece un error por parte de todos«.
Además, otros partidos como el Partido Popular y ERC apoyaron la regulación del rol del cónyuge del presidente o presidenta del Gobierno porque así «se evitarían ciertas situaciones», argumentó Gabriel Rufián, portavoz de los republicanos.
Desde el Ejecutivo se ha rechazado impulsar esta regulación, alegando la complejidad del asunto y, entre otros motivos, que Begoña Gómez no es funcionaria ni empleada pública y que los familiares de altos cargos ya están sometidos a controles. Defienden que todas las parejas de los presidentes del Gobierno han contado con una persona que les ha asistido en aspectos logísticos y operativos.
Sánchez y sus ministros han repetido constantemente: «No hay nada». «Estamos totalmente tranquilos porque no existe caso. Más temprano que tarde, la verdad prevalecerá y restablecerá la realidad», es el mensaje reiterado por fuentes gubernamentales. «Esta es una persecución indudable, injustificada, inhumana y cruel contra el presidente del Gobierno y su familia», han llegado a afirmar miembros del Ejecutivo.
Aunque el supuesto blanco directo de esta persecución sea la esposa del presidente, también ha alcanzado a su asistente en La Moncloa, Cristina Álvarez, persona seleccionada por Gómez en 2018 como colaboradora. En relación con ella, el fiscal opina que las tareas particulares realizadas para la esposa de Sánchez no son suficientes para encuadrar el caso en el ámbito penal. «Las labores adicionales que haya podido desempeñar en esta situación peculiar y relación no deben considerarse delictivas, debido a la insignificancia de la actuación (considerando la naturaleza de las gestiones y el tiempo probablemente empleado), y la ausencia de perjuicio para las arcas públicas».
Asimismo, el fiscal solicita que para pedir el archivo se considere que todo lo que correspondía cumplir como empleada pública fue realizado. «Ha cumplido con las funciones inherentes al puesto para el que fue designada, aunque carecen de una regulación explícita desarrollada, pero han sido desempeñadas sin objeciones«.

