Los contribuyentes que se encuentren en esta situación deberán consignar esta deducción en el apartado de deducciones autonómicas, dentro del Anexo B de la declaración

La campaña de la Renta 2026 incluye múltiples deducciones autonómicas que pueden representar un ahorro fiscal significativo, especialmente para los contribuyentes jóvenes. En la Comunidad Valenciana, una de las deducciones más importantes es la destinada a quienes han adquirido su primera vivienda habitual antes de los 35 años. No obstante, para aprovechar esta ventaja de forma correcta, es imprescindible conocer los requisitos que se deben cumplir y, sobre todo, identificar la casilla específica que debe completarse en la declaración.
Concretamente, quienes se encuentren en esta situación deberán anotar esta deducción en el apartado de deducciones autonómicas, ubicado en el Anexo B de la declaración, señalando la casilla [1083], que corresponde a “Primera adquisición de vivienda habitual por menores de 35 años en la Comunidad Valenciana”. En ese espacio se ingresan los datos necesarios para que el sistema calcule automáticamente la cantidad aplicable.
La deducción contempla un 5% sobre las sumas pagadas durante el periodo fiscal para la compra de la vivienda habitual, excluyendo los intereses. Esto abarca no solo la adquisición directa, sino también situaciones como la construcción o ampliación del inmueble, siempre que se respete la normativa estatal del IRPF relativa a la vivienda habitual.
Uno de los criterios fundamentales es que sea la primera vivienda del contribuyente, es decir, que no se haya sido propietario previamente de ninguna otra vivienda habitual. Además, la edad debe ser igual o inferior a 35 años al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, en este caso, al cierre de 2025.
La campaña de la declaración de la Renta para el ejercicio de 2025 comenzará el próximo 8 de abril.
Otros requisitos para obtener la deducción en la Renta 2026
Un aspecto adicional relevante es el método de pago empleado. Para que la deducción pueda aplicarse, los pagos deben haberse realizado a través de medios que permitan su trazabilidad, como transferencias bancarias, tarjetas o cheques nominativos. Los pagos en efectivo quedan excluidos, por lo que no darán derecho a este beneficio fiscal.
También es esencial considerar los límites de renta. Solo podrán acceder a esta deducción quienes no superen una base liquidable general y del ahorro conjunta de 30.000 euros en tributación individual, o de 47.000 euros en tributación conjunta. Estas cifras corresponden a las casillas [0500] y [0510] de la declaración, que conviene revisar antes de aplicar la deducción.
Además, el beneficio fiscal completo se aplicará únicamente a quienes tengan una base inferior a 27.000 euros (o 44.000 en conjunta). A partir de estos límites y hasta los máximos mencionados, la deducción se reduce gradualmente conforme a una fórmula establecida por la normativa autonómica, lo que puede influir en el monto final.

Compatible con otras deducciones autonómicas
Otro requisito, menos difundido pero igualmente importante, es la verificación del patrimonio. El contribuyente debe demostrar que su patrimonio se incrementó al menos en el monto invertido en la vivienda durante el ejercicio fiscal. Esto impide que se apliquen deducciones sin una inversión efectiva y real en la adquisición del inmueble.
En cuanto a la aplicación práctica, una vez introducidos los datos en la casilla [1083], el programa de la Agencia Tributaria trasladará de forma automática esta información al apartado correspondiente del Anexo B. Esto agiliza el proceso, aunque no exime de la obligación de comprobar que todos los datos son correctos y que se cumplen los requisitos establecidos.
Cabe destacar que esta deducción es compatible con otras ventajas fiscales autonómicas, tales como las destinadas a personas con discapacidad o a quienes obtienen rentas derivadas del alquiler bajo ciertos supuestos. Esto permite optimizar el ahorro fiscal cuando se cumplen diversas condiciones simultáneamente.

