Un tribunal militar impuso una condena al mando debido a las humillaciones ocurridas entre los años 2020 y 2021

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de un año de prisión para un sargento del Ejército de Tierra que, mediante comentarios «objetivamente ofensivos y vejatorios», humilló a una soldado delante de sus compañeros, provocando en ella «humillación y vergüenza pública» y afectando su «dignidad, fama y estima».
La gravedad «indiscutible» de los comentarios con «clara connotación sexual», que fueron «objetivamente» humillantes y hostiles, llevó a un tribunal militar a imponer el pasado octubre esta sanción al sargento, pena que ahora ha sido ratificada en su totalidad por la Sala de lo Militar del Supremo.
El suceso tuvo lugar entre los años 2020 y 2021, tras un episodio que la víctima no «consideró en absoluto gracioso»: varios compañeros intercambiaron un «sticker» o emoticono basado en una fotografía tomada a la soldado masticando el almuerzo.
No quedó demostrado quién fue el autor, aunque la soldado observó al sargento tomar fotos a la tropa con el móvil; el asunto terminó en manos del capitán, quien ordenó a todos eliminar esa imagen.
Meses después, según estableció la sentencia de primera instancia, tras la finalización de un ejercicio de tiro y cuando solo faltaba la soldado para subir al camión, el sargento le dijo en voz alta y delante de otros: «sube al camión que tus compañeros te van a hacer un bukake».
Una expresión que implica una «cosificación evidente» y «en la que claramente no se prioriza la dignidad de la mujer, sino más bien lo contrario», según enfatizó la sentencia de instancia, ahora confirmada, al condenar al sargento por injurias.
Meses más tarde, en abril de 2021, en relación con un corte de pelo, el sargento comentó, también ante otros efectivos, que «si se había vuelto lesbiana y si ahora usaba penes de goma».
En su defensa, el acusado argumentó que aquel corte de pelo le generó incertidumbre sobre si era o no reglamentario. «No es verdad», le indicó el tribunal que lo juzgó, que condenó con firmeza esa expresión, mediante la cual el sargento puso en duda sin motivo la orientación sexual de la víctima de manera innecesaria.
La sentencia consideró estas observaciones «adecuadas y necesarias» respecto a unos comentarios de «carácter objetivamente ultrajante», que constituyeron injurias graves contra la víctima.
Por eso, en su reciente fallo, los magistrados del alto tribunal avalán la condena a un año de prisión por dos delitos de abuso de autoridad, en su modalidad de injurias a un subordinado, con suspensión de empleo durante ese periodo, y desestiman el recurso presentado por el sargento.

