Un experto en derecho laboral detalla cómo prevenir y manejar este error que puede afectar tus años de cotización

No completar un simple trámite administrativo puede influir directamente en el cálculo futuro de la pensión de jubilación

Una mujer de unos 60 años trabaja frente al ordenador en su casa.

Un despido colectivo próximo a la jubilación puede afectar directamente a la pensión futura si no se gestiona a tiempo un trámite específico. Así lo advierte en TikTok el abogado laboralista Eneko Martínez, conocido en redes como @todosobretrabajo, al alertar que ciertos trabajadores mayores de 55 años afectados por un ERE podrían perder parte de su cotización si nadie solicita el convenio especial con la Seguridad Social.

En uno de sus videos recientes, el especialista señala: “Pueden eliminarte años de cotización sin que nadie te lo comunique”. Explica que muchos creen que al finalizar la relación laboral mediante un expediente de regulación de empleo la cobertura se mantiene de forma automática, pero esto no siempre es cierto.

Martínez enfoca su advertencia en el convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social, un recurso establecido para evitar interrupciones en la cotización de trabajadores mayores despedidos en procesos colectivos. “La empresa debería tramitar este convenio especial con la Seguridad Social, pero si ni ella ni el trabajador lo gestionan, no habrá quien lo haga por ti”, afirma en el video.

La normativa prevé que, en despidos colectivos que afectan a personas de 55 años o más que no sean mutualistas, la responsabilidad inicial de solicitar ese convenio recae en la empresa durante la tramitación del ERE o, a lo sumo, hasta la notificación individual del despido. Si la empresa no realiza esta solicitud, el trabajador puede solicitarlo por sí mismo, contando con un plazo de seis meses naturales desde la fecha de finalización del contrato.

Este convenio posibilita continuar cotizando durante los años posteriores al despido, minimizando el impacto que una salida anticipada del mercado laboral puede suponer para la pensión futura. En casos de despidos colectivos por motivos económicos, la empresa debe cubrir dichas cotizaciones hasta que el trabajador cumpla 61 años, a menos que encuentre otro empleo estable previamente.

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El Supremo aclara que la Seguridad Social no inicia procedimientos de oficio

La advertencia del abogado coincide con el criterio establecido por el Tribunal Supremo en una sentencia fechada el 25 de febrero de 2026, citada también en la descripción del video. El tribunal superior concluye que la Tesorería General de la Seguridad Social no está obligada a iniciar de oficio este convenio si ni la empresa ni el trabajador lo solicitan dentro del plazo estipulado.

La resolución examina el caso de una trabajadora despedida en un ERE cuyo convenio especial no se formalizó. Tras varios recursos, el Supremo determina que la Tesorería solo debe suscribir el convenio cuando reciba la solicitud formal, pero no tiene que promoverlo por iniciativa propia.

Qué es necesario verificar tras un despido colectivo

El primer consejo es comprobar si la empresa ha incluido expresamente la petición del convenio especial en la documentación entregada al notificar el despido. Si no aparece, es conveniente acercarse cuanto antes a la Tesorería General de la Seguridad Social o consultar con un asesor laboral para confirmar si el período de seis meses aún está vigente.

Martínez resume la relevancia de este trámite con estas palabras: “Si te vas en un ERE con más de cincuenta y cinco años, o lo solicitas o pierdes ese dinero para siempre”.

En la práctica, no aprovechar este plazo puede suponer años sin cotización reconocida en el tramo final de la vida laboral y una disminución posterior del importe de la jubilación.

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