El Ministerio de Trabajo comenzó en julio pasado una investigación para verificar que el modelo de contratación de la plataforma cumpla con los parámetros establecidos por la “Ley Rider”

La Inspección de Trabajo ha exigido a Uber Eats el abono de 110 millones de euros en cotizaciones sociales pendientes, tras identificar 60.000 altas de repartidores como falsos autónomos en la plataforma, según informa Europa Press. Este proceso forma parte de una investigación iniciada en julio del año anterior para comprobar si el sistema de contratación de la empresa se ajustaba a la normativa vigente sobre reconocimiento de la relación laboral.
Fuentes del Ministerio de Trabajo, encabezado por Yolanda Díaz, señalan que la intervención tenía como objetivo asegurar que las plataformas de reparto cumplan con la denominada Ley Rider de 2021, la cual obliga a reconocer como trabajadores asalariados a quienes laboran bajo dependencia y dirección empresarial. El procedimiento reveló que Uber Eats mantenía a decenas de miles de repartidores bajo un modelo irregular, negándoles derechos laborales y la correspondiente cotización a la Seguridad Social.
En enero, Uber Eats anunció su intención de cesar la operación con repartidores autónomos en España, comprometiéndose a acatar la Ley Rider y modificando su esquema para que los repartidores se incorporen como empleados de flotas colaboradoras.
Las plataformas se ajustan a la Ley Rider
De esta forma, la plataforma siguió el ejemplo de otras compañías del sector, como Just Eat y Glovo, que en años recientes ajustaron su método de contratación para cumplir con la regulación. Desde 2025, más de 7.000 repartidores pasaron a formar parte de flotas colaboradoras bajo régimen laboral, dejando atrás la modalidad de autónomos, opción que Uber Eats permitió durante un periodo intermedio entre 2021 y 2022.

La Ley Rider entró en vigor en agosto de 2021, fruto de un acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo, los sindicatos CCOO y UGT, y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme. Esta norma establece la presunción de laboralidad para todas las personas que prestan servicios de reparto mediante plataformas digitales, obligando a las empresas a contratarlas como asalariadas y no en calidad de autónomas.
El marco legal surgió tras la sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2020, que determinó que los repartidores de estas plataformas deben ser considerados trabajadores por cuenta ajena. Asimismo, la normativa busca dar respuesta a la necesidad de regularizar la situación de miles de repartidores que, hasta ese momento, ejercían su actividad en condiciones precarias y sin los derechos laborales propios de los trabajadores asalariados.
Del modelo híbrido a contratar exclusivamente asalariados
Desde 2022, Uber Eats permitía a sus repartidores seleccionar entre trabajar como autónomos o incorporarse como empleados en flotas colaboradoras. La medida de dejar de operar con repartidores independientes y ofrecer únicamente la contratación asalariada a través de dichas flotas, según indican fuentes de la empresa, obedece a la intención de “promover un modelo sostenible a largo plazo” y evitar sanciones económicas o la apertura de nuevos procesos penales.
Con este nuevo esquema, los repartidores que utilizaban la aplicación como autónomos solo podrán continuar si se integran como asalariados en alguna de las flotas colaboradoras vinculadas a la plataforma.

