España y México encabezan solicitud conjunta de 14 naciones para eliminar veto de EEUU y Rusia en la ONU sobre Irán y Ucrania

Pedro Sánchez y Claudia Sheinbaum

España junto con México y otros 12 países encabezan una iniciativa para impedir que los miembros permanentes de la ONU voten en conflictos en los que están involucrados, como Ucrania o Irán.

La propuesta demanda la aplicación rigurosa del artículo 27.3 de la Carta de la ONU, que establece la obligación de abstenerse de votar a los Estados directamente implicados en un conflicto.

De aprobarse, Rusia no podría utilizar el veto en resoluciones relacionadas con Ucrania, y Estados Unidos estaría impedido de hacerlo en temas vinculados a su intervención junto a Israel en Irán.

La coalición persigue fortalecer el principio de que ningún país debe actuar como juez en su propio conflicto, cuestionando la tradicional prerrogativa de veto de las grandes potencias.

España y México respaldan una carta que pone en entredicho uno de los fundamentos del poder de las grandes potencias en la ONU: su facultad para vetar resoluciones relacionadas con sus propias guerras.

Esta carta, firmada también por otros doce Estados, propone una resolución en la Asamblea General que promueve el cumplimiento efectivo del artículo 27.3 de la Carta.

Dicho artículo establece que el Estado involucrado en un conflicto debe abstenerse de votar en el Consejo de Seguridad.

La coalición apunta a bloquear que los cinco miembros permanentes continúen usando esta prerrogativa en asuntos donde tengan un interés directo.

La iniciativa surge en medio de la escalada del enfrentamiento entre Estados Unidos e Israel contra Irán, y del estancamiento de la guerra en Ucrania debido a los vetos de Moscú en el Consejo.

«Esta carta forma parte de un esfuerzo diplomático para garantizar el cumplimiento efectivo de esta norma”, explicó a EL ESPAÑOL uno de sus firmantes.

En realidad, la propuesta no implica una reforma drástica del sistema, sino la «simple aplicación” de una cláusula vigente desde hace casi 80 años en la Carta de San Francisco y que rara vez se ha respetado.

“Se trata de acatar la Carta, algo que siempre debió cumplirse”, enfatiza la fuente, subrayando que el objetivo es operacionalizar una obligación jurídica existente, no cambiar las reglas.

No obstante, el impacto político es considerable y constituye un desafío para Washington precisamente en este momento.

El efecto político sería de gran alcance: si la Asamblea General respalda esta interpretación estricta, Rusia no podría votar resoluciones sobre Ucrania, ni Estados Unidos ni sus aliados podrían hacerlo respecto a operaciones como la alianza con Israel en territorio iraní.

Tampoco China, otro miembro permanente, podría votar sobre asuntos en los que esté directa o indirectamente implicada, como podría ser la invasión de Ucrania, tras la firma de su “amistad eterna” con Moscú.

La misiva recuerda que los líderes mundiales ya se comprometieron en el Pacto del Futuro, posterior a la ofensiva de Vladímir Putin contra Kiev, a “implementar y respetar plenamente” todas las disposiciones de la Carta relacionadas con la toma de decisiones en el Consejo.

Este documento actúa ahora como base política: «La introducción enfatiza el cumplimiento de la Carta, no es una iniciativa pasajera”, comenta uno de los promotores.

Para los firmantes, el objetivo no se limita a limitar el veto, sino a fortalecer el principio de que nadie puede ser juez y parte en un mismo asunto.

Según la misma fuente, el artículo 27.3 resulta “especialmente significativo cuando los miembros permanentes emplean su veto en temas donde tienen interés directo”.

Fragmento de la carta firmada.

A la vez, los promotores cuidan la presentación para no mostrar esta acción como una revuelta de potencias medianas contra los miembros permanentes.

Destacan que la resolución propuesta sólo establece dos supuestos mínimos —uso ilegal de la fuerza y disputas territoriales— sin excluir que el artículo 27.3 pueda aplicarse en futuros escenarios.

Detalles del artículo 27.3

El artículo 27.3 de la Carta indica que, en asuntos no procedimentales, las decisiones del Consejo requieren nueve votos afirmativos, “incluyendo los de los miembros permanentes”.

Seguidamente aclara que, para decisiones tomadas bajo el Capítulo VI —solución pacífica de controversias— y el artículo 52, “una parte en la controversia debe abstenerse de votar”.

En la práctica, esta obligación de abstenerse apenas se ha aplicado rigurosamente.

Los miembros permanentes han votado y vetado resoluciones sobre conflictos donde estaban claramente involucrados, desde las guerras árabe-israelíes hasta Crimea, Siria o Gaza. La carta de los 14 busca transformar esta cláusula frecuentemente ignorada en una norma operativa respaldada por la Asamblea.

Para ello, la resolución propuesta insta a los Estados Miembros a reconocer al menos dos categorías que definen cuándo un país es “parte en la disputa”.

Estas categorías incluyen la amenaza o uso de fuerza contra la integridad territorial o independencia política de otro Estado, incumpliendo el artículo 2.4, y la existencia de una disputa territorial entre dos Estados.

Cuando un miembro del Consejo incurra en uno de estos casos y el órgano esté analizando ese conflicto, debería abstenerse de votar.

Además, se invita al Consejo a informar a la Asamblea sobre cómo cumple esta obligación, abriendo así la posibilidad de un control político sobre sus acciones.

De Ucrania a Irán y Gaza

El momento de la iniciativa no es casualidad.

Aparece justo al cumplirse un mes desde el conflicto abierto entre Estados Unidos e Israel contra Irán, tras ataques cruzados que incrementaron la tensión regional.

En esta situación, Israel no es miembro del Consejo, pero su principal defensor, Washington, sí lo es y utiliza el veto para proteger a su aliado.

En el caso de Ucrania, Rusia ha bloqueado sistemáticamente cualquier resolución que cuestione su invasión, paralizando la función del órgano encargado de mantener la paz y seguridad global.

China, aunque sin emitir vetos, se ha abstenido o empleado maniobras diplomáticas para impedir resoluciones que pudieran interpretarse como una alineación con Occidente.

Los 14 países no promovieron esta misma iniciativa en 2022, cuando comenzó la invasión rusa a Ucrania.

El contexto político era distinto y muchas capitales aún dudaban de la magnitud de la ruptura con Moscú. Hoy, con la guerra estancada y un nuevo foco crítico en Irán, los firmantes consideran que existe mayor margen para cuestionar abiertamente la impunidad del veto.

En la práctica, la aplicación estricta del 27.3 afectaría a Rusia en Ucrania, a Estados Unidos en casos relacionados a su campaña junto con Israel en Irán, e incluso a China si se avanzara en debates sobre sus disputas en el mar de China Meridional o Taiwán.

Se trata, por lo tanto, de un mensaje dirigido a los tres principales rivales estratégicos del siglo XXI.

Quiénes conforman los 14

Las firmas de España y México acompañan a las de Austria, Bulgaria, Cabo Verde, Estonia, Kuwait, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Eslovenia, Suecia, Suiza y Timor-Leste.

Es una coalición diversa conformada por europeos favorables al multilateralismo, pequeños estados muy activos en reformas del Consejo y países del Sur Global con reconocimiento en derecho internacional.

Fragmento de la carta firmada.

Todos coinciden en un interés común: reducir la brecha entre el texto de la Carta y la práctica actual del Consejo, que está dominada por el veto y la política de bloques.

Para países pequeños como Liechtenstein o Luxemburgo, o potencias medianas como España o México, fortalecer las reglas es una forma de equilibrar su peso frente a la capacidad militar o económica de los grandes actores.

La carta presenta esta propuesta como un paso “simple” para corregir la falta de cumplimiento del artículo 27.3.

Sin embargo, su efecto acumulado se sumaría a otras iniciativas recientes, como la resolución promovida por Liechtenstein que obliga a convocar la Asamblea cada vez que se utiliza un veto.

El objetivo es ir atrapando al Consejo en una red de obligaciones políticas y jurídicas.

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