Virginia López, abogada, explica el error común del 90% de los empleados al solicitar la conciliación familiar

La vía seleccionada y la manera de comunicarla pueden resultar determinantes ante una negativa empresarial

Una madre junto a su

“Lo primero que debe quedar claro es que la conciliación familiar no representa un favor otorgado por la empresa, sino un derecho garantizado por el Estatuto de los Trabajadores”. Así resume la abogada laboralista Virginia López (@tuabogadalaboralista) una de las ideas clave de su último vídeo en TikTok, donde examina los errores más habituales que cometen los empleados al solicitar ajustes en su jornada laboral por motivos familiares o personales.

La jurista señala que muchas de estas peticiones se plantean como si dependieran de la buena disposición de la empresa, cuando en realidad forman parte de derechos laborales amparados por la normativa vigente. Además, recuerda que dichos mecanismos pueden activarse ante necesidades familiares importantes, tales como el cuidado de hijos, la atención a familiares dependientes o situaciones médicas que requieran presencia directa.

Adaptar horario, reducir jornada o pedir excedencia

La abogada destaca que existen varias modalidades legales para ejercer este derecho, y no todas suponen dejar de trabajar o renunciar al empleo. “Existen tres opciones principales”, apunta.

La primera es la adaptación de jornada, que permite solicitar cambios en el horario, modificaciones en los turnos o incluso teletrabajo, siempre que sea compatible con las funciones del puesto. Esta opción se extiende en empresas donde ciertas tareas pueden realizarse a distancia o con flexibilidad en la organización.

La segunda alternativa es la reducción de jornada, que implica una disminución proporcional del salario, pero ofrece una protección reforzada frente a determinadas decisiones empresariales. “Produce una reducción proporcional del salario, pero proporciona una protección jurídica especialmente sólida frente a decisiones de la empresa”, afirma.

La tercera vía es la excedencia, destinada a situaciones en las que el cuidado de hijos o familiares requiere dedicación completa. “No significa perder el empleo, sino que es una suspensión del contrato con salvaguardas legales”, destaca.

Así son las empresas que redujeron la jornada laboral a cuatro días: “Funciona tanto la productividad como la conciliación, vivimos mejor”.

La empresa está obligada a negociar

Virginia López insiste en que muchas tensiones surgen cuando la empresa responde de manera tajante a la solicitud. Expresiones como “esto aquí no se permite” o “o lo tomas o lo dejas”, asegura, continúan siendo comunes, aunque carecen de suficiente respaldo jurídico.

“La empresa no puede negarse y quedarse tranquila. La solicitud debe abrir un proceso de negociación“, explica. En caso de rechazo, añade, la empresa debe justificarlo con motivos organizativos o productivos reales y verificables.

Recuerda que una negativa sin argumentos sólidos carece de fundamento legal. La normativa obliga a iniciar un diálogo y valorar si la petición es razonable dentro de la estructura laboral.

El error más frecuente: hacerlo solo de palabra

La abogada identifica como principal error realizar estas peticiones verbalmente. “Las palabras se las lleva el viento. Y en un juicio, simplemente no cuentan”, señala. Por eso recomienda presentar cualquier solicitud por escrito, con una explicación clara, concreta y bien fundamentada. “Una petición mal formulada puede debilitar la posición desde el principio. En derecho laboral, la forma es tan importante como el contenido”, destaca.

También enfatiza que ejercer este derecho no puede ser motivo de sanciones ni despidos. “Si despiden a alguien por pedir conciliación, ese despido podría ser declarado nulo”, subraya, lo que conllevaría la obligación de readmitir al trabajador y pagar los salarios correspondientes.

En un contexto donde numerosas familias aún luchan por equilibrar horarios laborales extensos con responsabilidades de cuidado, la especialista sostiene que conciliar no debe ser una excepción, sino una opción real protegida por la ley.

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