El Documento Nacional de Identidad es público, oficial, personal e intransferible; existe una obligación tácita de llevarlo siempre encima; y debe renovarse antes de que caduque, requisito que Junts pretende facilitar con esta iniciativa

Aunque no es necesario que sea en formato físico, el DNI debe estar siempre disponible para ser mostrado. Puede presentarse la versión digital o algún otro documento, como el pasaporte, que permita la identificación si se requiere. La ley no establece la obligación de llevarlo constantemente, pero en la práctica —según el Real Decreto 255/2025, que indica que “todas las personas obligadas a obtener el DNI también deben exhibirlo cuando se les solicite”— existe una obligación indirecta.
El Documento Nacional de Identidad es público, oficial, personal y no transferible, por lo tanto, es obligatorio mantenerlo vigente para evitar que expire. Así lo especifica el Ministerio del Interior: “Su titular está obligado a conservarlo, custodiarlo y mantenerlo en vigor con la diligencia adecuada”.
Para que siga vigente, es necesario renovarlo, y la periodicidad depende de la edad de cada titular. En menores de cinco años, la renovación debe realizarse cada dos años; para quienes tienen entre cinco y treinta años, la validez es de cinco años; para personas de 30 a 70 años, el período es de diez años; y una vez superados los setenta años, la vigencia supera los diez años.

El DNI se renovaría automáticamente excepto cuando sea necesario modificar los datos
La solicitud de renovación del DNI puede iniciarse durante los últimos seis meses de su validez. El trámite resulta simple y, salvo que haya habido cambios en el domicilio o circunstancias desde la última renovación, únicamente debe acudir el titular del documento, pagar la tasa correspondiente (o presentar el comprobante de pago telemático) y llevar el DNI vigente junto con una fotografía reciente. En adelante, el proceso podría ser aún más sencillo: Junts ha presentado una proposición de ley en el Senado para simplificar y racionalizar los trámites ciudadanos, proponiendo que la renovación del DNI se realice automáticamente tres meses antes del vencimiento, preferiblemente por medios digitales, y que la presencia física del titular solo se requiera para la toma de foto o huellas dactilares.
Este proyecto de Junts, según la información de Europa Press, modifica un artículo del decreto regulador del DNI para establecer que la renovación se efectúe de manera automática, con notificación previa al titular. Además, se contempla la obligación de renovar el DNI ante cualquier modificación de los datos registrados, “en cuyo caso será imprescindible aportar la documentación que certifique dicha variación”.
Más allá de la renovación del DNI, Junts añade un apartado en el Reglamento Hipotecario y la Ley Hipotecaria que asegura que las notas simples sean válidas para trámites administrativos, accesibles en formato digital, reutilizables sin necesidad de nueva emisión ni coste adicional, garantizando su autenticidad e integridad mediante sello electrónico y código de verificación.

