La trabajadora acudió a una solución legal en la Asociación Ayuda al Endeudamiento. Los abogados detallan a ‘Infobae’ que la sinceridad fue fundamental para obtener la exoneración

La vida de una camarera brasileña quedó marcada por una deuda que no contrajo voluntariamente. Durante meses, en Granada, mientras trabajaba atendiendo mesas, su expareja aprovechó su ausencia del hogar para pedir créditos y préstamos utilizando sus tarjetas y datos bancarios sin su consentimiento. Cuando esta deuda alcanzó los 30.500 euros, la situación se volvió insostenible y la joven cayó en un callejón económico y emocional.
“Tras la ruptura, el panorama fue devastador: él desapareció, dejándola con una carga de 30.447 euros en deudas, sin vivienda y con su familia al otro lado del océano Atlántico. La sensación de soledad en un país extranjero, sumada al acoso telefónico de los acreedores, la llevó a una profunda depresión. Durante mucho tiempo, el temor la llevó a ignorar las llamadas y desechar las notificaciones postales sin abrirlas, paralizada por una insolvencia que la mantenía atrapada en la exclusión social y al borde del colapso emocional”, explica la defensa de la trabajadora, según pudo saber Infobae.
Afortunadamente, esta parte de su historia tiene un desenlace positivo. La Justicia, a través de un auto fechado el 13 de febrero de 2026, le ha concedido la exoneración total de esa deuda pendiente, brindándole la oportunidad de comenzar de nuevo sin la carga de deudas que no contrajo. La resolución judicial emitida por la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid ha extinguido todos los créditos incluidos en el listado presentado por la afectada. Entre ellos figuran los adeudos con entidades como Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, El Corte Inglés, Ferratum Bank, ING Bank y otras financieras.
Los créditos alimentarios deben ser saldados
El tribunal anula la obligación de pago respecto a las sumas reclamadas, que comprendían importes de 14.443 euros, 5.022 euros, 2.700 euros y otros montos derivados de préstamos y líneas de crédito. Esta decisión judicial representa un alivio significativo para la afectada, quien ya no tendrá que enfrentar el acoso de los acreedores ni las amenazas de embargos o ejecuciones. El fallo especifica que la exoneración no abarca los créditos por alimentos, deudas públicas que superen los límites legales, responsabilidades civiles fuera del contrato y otros conceptos protegidos por la ley. La cancelación incluye el levantamiento inmediato de embargos y la posibilidad de que la mujer acredite judicialmente su nueva situación financiera en cualquier procedimiento en curso.
La historia de esta camarera comenzó mucho antes del auto judicial. Como suele pasar, su vida se centraba en su rutina y en la confianza depositada en su pareja. Dedicada a su trabajo y a sostener su economía familiar, jamás imaginó que su expareja se aprovecharía de su ausencia para usar sus tarjetas bancarias y solicitar una serie de créditos y préstamos a su nombre. Cuando la mujer descubrió la magnitud del problema, la deuda ya era impagable y comenzaron a llegar las amenazas de embargo. La imposibilidad de afrontar la situación la llevó a recurrir a la Ley Concursal.

El proceso judicial comenzó con la presentación de la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho el 19 de noviembre de 2025, bajo la representación del procurador Marco Antonio López de Rodas Gregorio. El tribunal aprobó el concurso voluntario bajo la modalidad de “concurso sin masa” y notificó a todos los acreedores, quienes no presentaron objeciones. Una vez cumplidos todos los requisitos legales y verificada la documentación entregada, el 13 de febrero de 2026 se emitió el auto de exoneración, declarando extinguida la totalidad de la deuda concursal y concluyendo el proceso por insuficiencia de masa.
El fallo establece que contra esta resolución solo se puede interponer un recurso de reposición ante el mismo tribunal en un plazo de cinco días. Por otro lado, la conclusión del concurso es definitiva y no admite apelación. La sentencia abre una esperanza para quienes se encuentran en casos similares, a la vez que fija límites precisos respecto a los créditos y obligaciones que no pueden ser perdonados mediante el procedimiento concursal.
La honestidad, factor decisivo
La trabajadora encontró una salida legal en la Asociación Ayuda al Endeudamiento. Desde esta asociación explican a Infobae que, a pesar de su difícil situación, “ella nunca dejó de esforzarse: logró un empleo fijo-discontinuo y demostró su buena fe al mantener al corriente el único préstamo que solicitó voluntariamente para un viaje urgente a Brasil”. Según mencionan, la honestidad fue fundamental para que el Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid dictara en febrero una sentencia que le abrió un nuevo capítulo, aplicando la Ley de Segunda Oportunidad para borrar por completo ese pasado económico que la asfixiaba.
“Es conmovedor ver la transformación de esta mujer. Ha pasado del bloqueo emocional a un alivio total. Con esta sentencia, el juzgado no solo elimina cifras de una pantalla, sino que le restituyen el derecho a tener una cuenta bancaria, a alquilar una vivienda digna y a que su salario finalmente sea para ella íntegramente. Nadie debería cargar con una deuda que no eligió, y casos como este demuestran que la ley está diseñada para proteger a los más vulnerables”, afirma José Domínguez, abogado de la entidad y responsable del caso.

