El tribunal aclara que la plaza es ilegal, pero su demolición afectaría a los residentes

El Ayuntamiento de Almoguera, en Guadalajara, continuará con la plaza de toros. La Audiencia Provincial local ha reducido la condena de prisión que inicialmente impuso un juzgado de lo Penal al exalcalde Luis Padrino Martínez, quien levantó esta construcción taurina en un terreno reforestado. Fue sentenciado a 36 meses de cárcel y a una multa de 8.640 euros por delitos de prevaricación urbanística y vulneración de la ordenación territorial.
Actualmente, la Audiencia disminuye la pena a 15 meses de prisión (lo que evita su encarcelamiento) y a 4.344 euros de multa. Los jueces consideraron la atenuante de retrasos indebidos en el proceso, que se prolongó por más de siete años. La resolución confirma que la plaza de toros fue edificada de manera ilegal, pero no ordena su derribo.
El caso se remonta a casi el final, en 2018, cuando un habitante denunció la construcción de la plaza de toros, luego de que en 2003 Padrino cambiara el plan urbanístico para reclasificar un terreno de 70.000 metros cuadrados, originalmente destinado a unas 35 viviendas protegidas. Era suelo rústico que había sido reforestado. Para levantar la plaza, el Ayuntamiento encabezado por Padrino taló pinos plantados 16 años antes y utilizó explosiones con barrenos.
Nueve años más tarde, en septiembre de 2012, se inauguró la plaza con un costo de 556.000 euros. Tras la denuncia de 2018, la investigación y el juicio, Padrino fue condenado en diciembre de 2023 a tres años de prisión, multa e inhabilitación, además de la demolición de la plaza, que debería ser sufragada por todos los condenados de forma solidaria (junto a Padrino, se juzgó a la exinterventora municipal y a la exarquitecta). También se ordenó restaurar la parcela a su estado original.

Por supuesto, Padrino apeló. Uno de los puntos clave en esta última sentencia es que la Audiencia Provincial de Guadalajara anuló la orden de demolición que pesaba sobre los tres condenados. La ponente, Elena Mayor Rodrigo, presidenta del tribunal, justificó en su fallo que “en esta situación concreta existen motivos excepcionales que justifican mantener la obra ilegalmente promovida”. A pesar de reconocer que “la construcción se hizo en suelo no urbanizable y es no autorizable según la normativa vigente en el momento”, la obra, aunque incumplió la regulación fundamental para los usos del suelo rústico, es pública, propiedad del Ayuntamiento y utilizada por los vecinos, quienes sufrirían una pérdida al prohibírseles el acceso a unas instalaciones aprobadas por todo el Pleno.
Luis Padrino ha sido un alcalde peculiar y muy longevo en la política local. Accedió a la Alcaldía de esta pequeña población manchega (1.400 habitantes) en junio de 2001. Fue regidor durante años bajo las siglas del PSOE (elecciones de 1991, 1995, 1999, 2003 y 2007), hasta que en 2007 los socialistas lo expulsaron tras revelarse una grabación en Intereconomía donde actuaba como intermediario para la recalificación de una finca de 300 hectáreas vinculada a un empresario imputado en el ‘Caso Malaya’. Mantuvo la Alcaldía como independiente en 2011, luego en la lista del PP en 2015, y nuevamente como independiente en los comicios de 2019. En 2023 volvió a postularse con ‘Hablamos Almoguera’, logrando tres concejales. Ese año apoyó una moción de censura para otorgar el cargo al actual alcalde, Antonio Barona (PSOE). Tras el acuerdo, renunció a su acta de concejal.
¿Y la Junta?
Fernando Jabonero, licenciado en Ciencias Físicas, exconcejal del PSOE en Pastrana (otro municipio de Guadalajara) y cofundador de la plataforma ‘Stop Corrupción’, presentó una petición ante el Gobierno regional de Castilla-La Mancha para que se ordene la demolición de la plaza. Según él, el Ayuntamiento de Almoguera “no ha abierto expediente de disciplina urbanística, ni ha anulado los actos que permitieron la obra, ni ha mandatado el derribo, a pesar de tratarse de una infracción urbanística grave e irresoluble”.
Jabonero cuestiona por qué la Junta no participó en el proceso penal, considerando que los árboles talados estaban en un monte consorciado, es decir, aunque el terreno es municipal, la gestión y la copropiedad del vuelo forestal (la masa arbórea) corresponde a la Junta. “Es indudable que el Ejecutivo autonómico tiene un interés patrimonial y que sus autoridades y funcionarios están obligados a defenderlo”.
El nuevo urbanismo del siglo XXI: así convivirá el polígono industrial más extenso de Madrid con el mayor cementerio y yacimiento prehistórico de España.
Infobae intentó, sin éxito, contactar con el actual alcalde de Almoguera. En cuanto a las otras dos acusadas, la exinterventora municipal y la exarquitecta honorífica, la Audiencia Provincial las absolvió del delito contra la ordenación del territorio por el que previamente se les había condenado a un año y seis meses de prisión, además de una multa correspondiente a 12 meses a razón de 12 euros diarios, y a la inhabilitación para cargos relacionados con la construcción por dos años.
Según el tribunal, “no incurrieron en ese delito, sino en uno distinto, específico, de prevaricación urbanística”, motivo por el que fueron sentenciadas a nueve meses y un día de cárcel, seis meses y un día de multa a razón de 12 euros al día, y a una inhabilitación para cualquier cargo público por tres años, seis meses y un día.

