El Tribunal Supremo inicia el juicio a Ábalos con un tribunal compuesto por siete jueces, incluyendo al exfiscal general Melgar y al progresista Hernández

Ábalos, el pasado 27 de noviembre a su llegada al Supremo antes de ingresar en prisión.

El Tribunal Supremo ha constituido un tribunal integrado por siete jueces para juzgar a José Luis Ábalos, entre ellos Julián Sánchez Melgar y Javier Hernández.

Ábalos enfrentará juicio por supuestos delitos de corrupción vinculados a contratos de mascarillas durante la pandemia y por la contratación irregular de personas cercanas.

La Fiscalía Anticorrupción pide una condena de 24 años de prisión para Ábalos, mientras que el PP lleva esta solicitud hasta 30 años.

También están implicados en el juicio Koldo García Izaguirre y Víctor de Aldama, y se investigan posibles delitos como malversación, cohecho, tráfico de influencias y prevaricación.

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha anunciado la formación del tribunal encargado de juzgar por presuntos delitos de corrupción a José Luis Ábalos, exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE, otrora mano derecha del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

El tribunal estará conformado por siete magistrados. A los cinco que aprobaron la apertura de la causa en noviembre de 2024 se suman Julián Sánchez Melgar, quien fue fiscal general del Estado desde diciembre de 2017 hasta junio de 2018 bajo el Gobierno de Mariano Rajoy, así como el magistrado progresista Javier Hernández.

El juicio será presidido por el presidente de la Sala Penal, Andrés Martínez Arrieta, que ya integraba el tribunal que inició el procedimiento para Ábalos y fue el ponente de aquella resolución. Arrieta mantiene la ponencia, lo que implica que será el encargado de proponer la sentencia tras la vista oral.

Los demás magistrados de la Sala de Admisión, que ahora también formarán parte del tribunal de enjuiciamiento, son Manuel Marchena, Andrés Palomo, Ana Ferrer y Eduardo Porres.

Ábalos, que permanece en prisión preventiva desde el 27 de noviembre por un «riesgo extremo» de fuga, comparecerá en el banquillo junto a su antiguo asistente Koldo García Izaguirre y al empresario Víctor de Aldama, cuya declaración sustenta los hechos delictivos que la Fiscalía Anticorrupción atribuye y para los que pide 24 años de prisión para el exministro.

Por su parte, el PP, liderando las acusaciones populares personadas, eleva la solicitud de condena para el exdirigente socialista hasta 30 años de prisión.

Las acusaciones imputan a Ábalos supuestos delitos de integración en organización criminal, cohecho continuado, uso de información privilegiada, tráfico de influencias, malversación de recursos públicos; falsedad en documento oficial y prevaricación.

El proceso judicial se centrará en la adjudicación por parte del Ministerio de Transportes de contratos para mascarillas anti-Covid a la empresa Soluciones de Gestión SL, para la cual Aldama actuaba como intermediario, a cambio de pagos económicos.

También se investigan las contrataciones irregulares de la examante de Ábalos, Jesica Rodríguez, y de Claudia Montes en organismos dependientes del Ministerio. La primera ha reconocido que no asistió ni un solo día a sus puestos de trabajo.

Además, el juicio abordará las gestiones realizadas en varios Ministerios por Ábalos y García para favorecer intereses de Aldama en empresas vinculadas a este, como Air Europa o Villafuel.

El magistrado instructor, Leopoldo Puente, dio por concluida la investigación el 3 de noviembre, con una resolución que fundamentó los indicios suficientes para juzgar a los tres acusados. Esta decisión —como todas las dictadas por dicho instructor, cuya labor ha sido respaldada por la Sala de Apelación— fue ratificada el 10 de diciembre.

Puente ordenó el inicio del juicio oral al día siguiente, en una resolución definitiva que también llevó a que la Mesa del Congreso suspendiera a José Luis Ábalos en sus funciones, aunque conserva su escaño parlamentario.

El caso, tramitado con rapidez considerando su complejidad, solo espera la resolución de algunos recursos de apelación, como aquellos presentados contra la prisión preventiva de Ábalos y García o contra la negativa a que un Jurado popular sea el órgano encargado del juicio.

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