La Justicia confirma que la Legión debe eliminar el nombre ‘Franco’ de una de sus unidades debido a su vinculación con el alzamiento de 1936.

Francisco Franco.

La Audiencia Nacional avala que una unidad de la Legión deje de denominarse Comandante Franco, en cumplimiento con la Ley de Memoria Democrática.

El tribunal sostiene que la figura de Franco representa el símbolo del levantamiento de 1936 y del régimen franquista, por lo que su nombramiento implica una exaltación al dictador.

Se rechaza el recurso presentado por la Fundación Francisco Franco contra el cambio de nombre y se le impone el pago de las costas judiciales.

La Audiencia descarta plantear una cuestión de inconstitucionalidad respecto a la ley, al no detectarse dudas fundadas sobre su constitucionalidad.

La Audiencia Nacional ha respaldado que una de las unidades que forman parte de la Legión suspenda el uso de la denominación Comandante Franco.

De este modo, la Justicia da la razón al Ministerio de Defensa que, en 2023, aplicando la Ley de Memoria Democrática, cambió el nombre a Bandera de España.

En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional indica que no puede ignorarse que «la persona que encabezó el alzamiento de 1936 y el régimen político posterior es un símbolo representativo de esos momentos históricos en su totalidad«.

Por ello, «no se deben excluir sus experiencias militares anteriores al 18 de julio de 1936» al aplicar la Ley de Memoria, «ya que también esos méritos y vivencias militares previas le otorgaron la posición y formación necesarias para liderar el conflicto civil».

Estos argumentos, compartidos por la Justicia, coinciden con los defendidos por Defensa cuando la Fundación Francisco Franco interpuso un recurso frente a la modificación del nombre de dicha unidad militar.

El tribunal rechaza las alegaciones de esta entidad, que el Gobierno busca ilegalizar y ya ha iniciado los procedimientos correspondientes, condenándola además a cubrir las costas judiciales hasta un máximo de 1.500 euros.

La Audiencia Nacional subraya que, según lo defendido por la Administración, «el mero acto de enaltecer al máximo dirigente del régimen anterior [franquismo] contraviene los principios y objetivos» de la Ley de Memoria Democrática.

En su recurso, la Fundación Francisco Franco argumentaba que esta ley no tiene como propósito «borrar todo lo vinculado» al dictador, sino eliminar los elementos generadores de división entre españoles.

De igual modo, la organización recordó que Francisco Franco lideró esta bandera (unidad dentro de los tercios, que son subdivisiones de la Legión) previa a la Guerra Civil, y que fue nombrada en su honor tras el denominado Socorro de Melilla, una acción militar en la ciudad autónoma en 1921 tras el Desastre del Annual. Además, Franco fue uno de los fundadores de la Legión.

No obstante, la Audiencia Nacional, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, determina que dicha denominación supone una exaltación de la figura del dictador.

«Es suficiente que la denominación asignada a una calle produzca objetivamente tal efecto de exaltación«, se compara, para que la Ley de Memoria Democrática intervenga en contra.

«Nombrar una calle por alguien que participó de forma activa y significativa en la sublevación militar de 1936 y en la Guerra Civil, y que ostentó posiciones clave en el régimen político que emergió, constituye un acto de exaltación», declaró el Supremo en 2022; jurisprudencia recogida y aplicada ahora por la Audiencia Nacional.

De igual forma, la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima la solicitud de la Fundación Francisco Franco para plantear una cuestión de inconstitucionalidad que permitiera al Tribunal Constitucional revisar el artículo de la Ley de Memoria Democrática que enumera los «símbolos y elementos» considerados elogiosos con la dictadura.

La Audiencia Nacional concluye que, para aceptar tal petición, deberían existir «dudas razonables, desde el punto de vista jurídico», sobre la constitucionalidad de la norma, lo que no se da en esta situación.

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