Esta deducción podrá aplicarse en la Declaración de la Renta de los beneficiarios
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Un número creciente de familias conviven bajo el mismo techo con miembros mayores de su propio hogar, ya sean padres, madres o abuelos. En España, cerca del 4,5% de los hogares albergan a una persona mayor que precisa cuidados constantes, según cifras del Imserso. Esta situación impacta cada vez a más personas que asumen el cuidado de sus mayores.
Esta figura, cada vez más extendida, dispone de escasas ayudas reconocidas en el ámbito fiscal. No obstante, existe una deducción en el IRPF que es desconocida para muchas familias y podría suponer un alivio económico significativo, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.
Con este fin, el abogado laboralista Sebastián Ramírez, conocido en redes sociales por clarificar dudas fiscales, ha publicado un vídeo donde detalla quiénes pueden beneficiarse de esta ayuda y cuáles son los criterios necesarios para acceder a ella.
Deducción de hasta 2.559 euros por persona mayor
La Hacienda permite deducir hasta 2.559 euros por cada persona mayor de 65 años que resida en el mismo domicilio. Esta ayuda, conocida como deducción por ascendiente a cargo, existe desde hace años aunque suele pasar desapercibida dentro de la normativa fiscal que regula las declaraciones de la renta.
Este beneficio fiscal no se otorga únicamente por la relación familiar o la edad del mayor, sino, fundamentalmente, por la convivencia efectiva y la responsabilidad económica real que asume el contribuyente. Por ello, está orientado a quienes comparten residencia con familiares de edad avanzada. Además, el importe máximo se alcanza cuando la persona mayor supera los 75 años, un dato relevante para optimizar la declaración.

El importe de esta deducción no es fijo, ya que varía entre los 1.150 y los 2.559 euros anuales, según la edad del ascendiente y el contexto familiar, recuerda el abogado. Puede reclamarse a partir de los 65 años, aumentando la cantidad cuando la persona cumple más de 75.
Otro punto a subrayar es que, si en el domicilio residen dos personas mayores que cumplen los requisitos, por ejemplo, ambos abuelos, la deducción puede aplicarse individualmente para cada uno, multiplicando así el beneficio fiscal para la familia.
Condiciones necesarias
Para solicitar esta deducción no basta con compartir el domicilio, se requieren unos requisitos imprescindibles. El principal es que la persona mayor tenga 65 años o más, salvo que presente una discapacidad igual o superior al 33%, en cuyo caso no se considera la edad. Asimismo, la convivencia debe ser efectiva y continuada, acreditada al menos durante seis meses al año.
Además, los ingresos del mayor no deben exceder los 8.000 euros anuales, y si realiza declaración de la renta, las rentas sujetas a gravamen no pueden superar los 1.800 euros. Igualmente, si conviven varias personas que se hacen cargo económicamente, la deducción debe dividirse entre ellas y reflejarse adecuadamente en cada declaración.
Cuánto tarda Hacienda en devolver la declaración de la Renta.
Para las personas con discapacidad reconocida entre el 33% y el 64%, la deducción puede alcanzar los 3.000 euros anuales, y para quienes tengan una discapacidad igual o superior al 65%, puede ser de hasta 9.000 euros. En ambos casos, Hacienda puede solicitar la documentación pertinente para verificar vínculos, convivencia o límites económicos.
El trámite para esta deducción es sencillo, ya que no exige gestiones previas ni la presentación de solicitudes específicas. Se debe incluir en la declaración de la renta correspondiente siempre que se cumplan los requisitos durante el año fiscal.
