Los especialistas han sido citados para declarar el próximo 11 de diciembre.

El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha decidido convocar para el 11 de diciembre a los cuatro peritos del Servicio de Criminalística de la Guardia Civil que entregaron informes periciales relacionados con los archivos de audio incautados al exasesor del exministro José Luis Ábalos, Koldo García.
Asimismo, el juez del Alto Tribunal llamará ese mismo día a los dos peritos responsables de un informe pericial presentado por el exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, en el que se objetan tanto la metodología como las conclusiones de los informes de la Guardia Civil.
La defensa de Santos Cerdán ha mantenido de forma constante que los audios que motivaron su imputación y encarcelamiento fueron alterados.
Puente sostiene en su auto, notificado este lunes, que resulta necesario convocar a los expertos que elaboraron dichos informes para aclarar, complementar o precisar el contenido de sus pericias, facilitando así la evaluación, aunque sea en términos únicamente indicativos, de estos aspectos.
«Es fundamental para este proceso conocer, en la medida de lo técnicamente posible, si las conversaciones contenidas en los archivos de audio objeto de las pericias descritas en los antecedentes de esta resolución fueron grabadas directamente en los dispositivos donde fueron encontrados, o si podrían derivar de otros archivos de audio posteriormente volcados en esos mismos dispositivos; así como determinar si dichos archivos son auténticos, es decir, si puede descartarse de forma razonable que hayan sido manipulados, cortados o editados (lo cual fue objeto de las pericias inicialmente encargadas al Servicio de Criminalística de la Guardia Civil). Debido a las discrepancias existentes entre los distintos informes aportados al caso sobre estas cuestiones, procede llamar a los especialistas que emitieron esos informes para que comparezcan ante el Tribunal y puedan aclarar, complementar o precisar los resultados de sus pericias, permitiendo así valorar, aunque solo sea en términos indicativos propios de la fase procesal actual, los puntos mencionados», establece la resolución.

