Juanma Lorente, abogado, detalla las diferencias clave entre finiquito e indemnización y destaca: “Este pago es obligatorio”

El experto despeja dudas en sus redes sociales acerca de los derechos laborales al dejar definitivamente tu empleo

Por Antonio Duro

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Las transformaciones en el ámbito laboral suelen traer aparejadas incertidumbres sobre los derechos y deberes de trabajadores y empleadores al terminar una relación laboral. Juanma Lorente, abogado especialista en Derecho Laboral, explicó a través de su cuenta de TikTok una duda común cuando se deja un empleo: ¿en qué se diferencia el finiquito de la indemnización y qué debe exigir cualquier persona que finaliza su actividad profesional?

En sus redes, Lorente subrayó la relevancia de identificar la distinción entre dos términos esenciales en las relaciones laborales: el finiquito y la indemnización. Según explica, al concluir cualquier vínculo laboral, “todo trabajador tiene derecho al finiquito”. Esta obligación se cumple tanto si la baja es voluntaria, mediante excedencia, o si el despido proviene de la empresa.

El abogado aclaró que el finiquito no debe confundirse con la indemnización. “Atención, el finiquito no constituye la indemnización”. Mientras que esta última depende de las circunstancias concretas de la finalización del contrato, como en los casos de despido improcedente, por causas objetivas o colectivos, el finiquito representa el balance de las sumas pendientes entre empleador y empleado hasta la última jornada contractual.

Diferencias fundamentales entre finiquito e indemnización

El experto ejemplifica para clarificar la diferencia: “Si te vas el 15 de junio, te deben pagar sin excepción desde el 1 hasta el 15 de junio”. Esta precisión aclare las dudas frecuentes al calcular lo que corresponde al terminar el empleo, distinguiendo claramente el pago por los días trabajados, que siempre es obligatorio, de las posibles compensaciones por despido o finalización.

Mientras que el finiquito se basa en derechos ya adquiridos pero aún no saldados, la indemnización constituye una prestación que puede existir o no, destinada a proteger al trabajador frente a una ruptura unilateral del contrato no causada por él. La indemnización se refiere concretamente a los pagos por despido. Lorente insiste en que la diferencia clave con el derecho al finiquito radica en que éste último es independiente de la causa de la terminación y “siempre debe ser abonado”.

El componente imprescindible del finiquito

El finiquito abarca más que el pago de días laborados pendientes. Juanma Lorente recordó que este derecho también comprende la compensación por conceptos no usados aún por el empleado, tales como las vacaciones no disfrutadas hasta la fecha en que se presenta la baja. La forma de cálculo puede variar según el convenio y la antigüedad, pero el abogado puntualiza que estos derechos son innegables. Ningún trabajador debería dejar su puesto sin recibir la correspondiente remuneración tanto por los días laborados como por los descansos pendientes.

“No se debe partir sin exigirlo”, enfatizó, resumiendo la obligación del empleador de cumplir con la liquidación íntegra de estos elementos antes de finalizar la relación laboral. Para quienes optan por una baja voluntaria, excedencia o sufren despido, la recomendación se mantiene firme: exigir y garantizar que todas las cantidades devengadas aparezcan reflejadas en el recibo final.

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