HONORABLES DIPUTADOS
HONORABLE COMISION DE INFRAESTRUCTURA
ASAMBLEA NACIONAL
MANAGUA NICARAGUA.
Los pobladores del Municipio de Jinotega nos dirigimos a Ustedes de forma urgente para pedirles su apoyo a nuestra decisión de evitar la privatización de la Cuenca del Lago de Apanás , la Planta hidroeléctrica denominada HIDROGESA, el agua potable y la Empresa de Acueducto o Aguadora en nuestro municipio.
Los Jinoteganos hace unos días recibimos la insólita noticia que el Poder Ejecutivo impulsa procesos para privatizar la empresa estatal denominada HIDROGESA con lo que incluye la privatización del Lago de Apanás y su cuenca hídrica, así como la planta generadora de energía eléctrica denominada CENTROAMÉRICA, y la privatización o entrega a una empresa privada en concesión del agua potable en la Ciudad de Jinotega .
Ante tal situación, el Honorable Consejo Municipal de Jinotega, los Honorables Diputados RUBI ZELEDÓN VALENZUELA, LEONIDAS CENTENO RIVERA, Y RAMÓN VILLAGRA, quienes representan al Departamento de Jinotega ante la Asamblea Nacional, promovieron junto con la Red Organizaciones de la Sociedad Civil en Jinotega un Foro para conocer la opinión de la población respecto a la iniciativa del Ejecutivo de Privatizar tanto el Lago de Apanás, como las Planta Centroamérica y el agua potable de la ciudad de Jinotega.
En este Foro realizado el día martes seis de agosto, participamos representantes de la Comunidad Indígena de Jinotega, Miembros de los Consejos Municipales de Jinotega, Darío y Sébaco, funcionarios de Instituciones de gobierno en el departamento, propietarios de terrenos donde se ubican los ríos afluentes del Lago de Apanás, productores agrícolas y pecuarios , cooperativa de pescadores, representantes de la Cámara de Comercio, Organismos No Gubernamentales, Red de Defensa de los Consumidores, Comerciantes, Dirigentes Sindicales, Profesionales y pobladores.-
El Foro resolvió por unanimidad su desacuerdo y oposición a la Privatización de tales recursos naturales y económicos estratégicos para la nación y el Municipio de Jinotega.
Además de fundamentar la resolución, propuso que nos dirigiéramos a Ustedes con el fin de aunar esfuerzos para evitar la privatización de esos recursos.
De los fundamentos expuestos en el Foro reproducimos los siguientes:
1. Que el recurso agua constituye un elemento vital para los pobladores de los Municipios de Jinotega, Sébaco, San Isidro, y Darío, tanto por consumo humanos, que es el interés que debe de privar, como para su uso en la producción agrícola. Que entregarlos a empresas privadas constituye una amenaza a la vida de los jinoteganos por la inseguridad jurídica que ellos significa.
2. Que las fuentes de agua son de todas las personas porque son patrimonio nacional y del dominio público.
3. Que entregar a empresas privadas esos bienes y recursos sólo significa su explotación con fines de lucro en perjuicio de los derechos que como seres humanos nos asisten por mandato constitucional, tales como el derecho a la vida, a la seguridad, al acceso al servicio público del agua potable, y de vivir en un medio ambiente sano, y el derecho a acceder a un mejor calidad de vida.
4. Que el Lago de Apanás es un humedal de importancia internacional, de conformidad con la Convención RAMSAR, y Decreto de la Asamblea Nacional del 18 de Febrero de 1997, y que a propuesta del Gobierno de Nicaragua este lago se designa como el sitio 1137 en la Lista de Humedales de importancia internacional.
5. Que el Lago de Apanás constituye ahora un elemento esencial del ecosistema no tan solo local o nacional sino también internacional y que privatizarlos significa someterlo a los vaivenes de los intereses empresariales y las fluctuaciones bursátiles.
6. Que la privatización de esos recursos naturales y bienes estratégicos impiden que el Estado de Nicaragua cumpla con el principio del Estado Social de Derecho que exige que la función estatal sea en beneficio de los intereses de la nación conforme el arto. 30 CN.
7. Que el Lago de Apanás y su cuenca figura como eje central en los Planes estratégicos de desarrollo del Municipio de Jinotega.
8. Que el Lago de Apanás es parte de la identidad del Municipio de Jinotega.
9. Que las fuentes de agua potable del Municipio de Jinotega y el acueducto recién instalado en esta ciudad con ayuda internacional son patrimonio del Municipio de Jinotega y constituye un paso para mejorar el nivel de vida de los pobladores de esta ciudad.
10. Que la privatización del Lago de Apanás y la Planta Centro América ponen en peligro la existencia misma del lago y su cuenca pues sería sometido a sobreexplotación, y afectaría la biodiversidad existente en la zona.
11. Que la privatización de los recursos y bienes estatales antes referidos significa que muchos jinoteganos no tendrán acceso al agua potable y a los servicios de energía eléctrica, debido a la elevación de los costos de la venta del servicio.
12. Que las tierras que la dictadura somocista mandó a inundar para conformar el Lago de Apanás son propiedad de la Comunidad Indígena de Jinotega. Dichas tierras no fueron expropiadas, ni pagadas, y durante 40 años el Estado de Nicaragua no ha pagado el canon de arrendamiento sobre DIEZ MIL MANZANAS DE TERRENO. La privatización del Lago de Apanás constituye una continuidad en los agravios contra los derechos de esa comunidad indígena.
13. Que las tierras de la Comunidad Indígena de Jinotega rodean al Lago de Apanás y en ella viven miles de indígenas que continuarán siendo afectados en sus derechos con la privatización y los alejará todavía más lograr el rescate de su identidad y de la reivindicación de sus derechos patrimoniales.
14. Las Fuentes de agua que administra la empresa de agua potable en Jinotega están ubicados en tierras de la Comunidad Indígena, la afectación administrativa sobre tales recursos hídricos ya constituye una lesión a esos derechos indígenas, y serían agravados todavía más con la entrega de esos recursos y bienes a empresas privadas.
15. Que el proceso de privatización se está llevando en el marco de principios estrictamente mercantiles y administrativos aislados de los intereses de la nación, sin el cumplimiento de las leyes nacionales que exigen velar por el interés nacional y la protección del medio ambiente y los recursos naturales, y colocando obstáculos para el desarrollo nacional.
16. Que la privatización de esos bienes, empresas y recursos naturales colocan en desventaja competitiva a la nación y al municipio de Jinotega, y constituye un nuevo obstáculo para el desarrollo del municipio y un retroceso par salir del subdesarrollo y el estancamiento económico.
17. Que hasta el día de hoy ni Hidrogesa ni ninguna otra empresa han solicitado el Estudio de Impacto Ambiental que la ley 217 exige para el otorgamiento de concesiones y permisos de operaciones de empresas hidroeléctricas, lo cual demuestra que la privatización de esa empresa persigue únicamente fines mercantiles en detrimento del medio ambiente y menosprecio de los interés de la nación.
18. Que el Lago de Apanás representa uno de los caudales turísticos más fuertes del Departamento de Jinotega y eje de desarrollo económico y comercial, que puesto en manos de empresas privadas impedirá el desarrollo de las fuerzas locales sometiendo cada día más en el atraso económico al departamento.
19. Que la autonomía municipal se ve lesionada gravemente por la privatización del Lago de Apanás por parte del Ejecutivo impidiéndole que efectivamente incida en el desarrollo integral del municipio. Ninguna de la entidades estatales involucradas en esos procesos de privatización han dado parte ni esperado que el Municipio se pronuncie u opine a como lo establece la Ley de Municipios y leyes especiales.
EN CUANTO A LA FUNDAMENTACION LEGAL EL FORO MANIFESTÓ:
a) Que el actual proceso de privatización lesiona el Principio constitucional de Autonomía Municipal impidiendo al Municipio asumir su papel rector del desarrollo integral en la localidad.
b) Que no consultar con el Municipio significa incumplir, por la entidades del ejecutivo que impulsan la privatización en este caso, el principio de la democracia participativa, y participación ciudadana. Tal actitud de parte del ejecutivo constituye una violación al Principio de Soberanía Nacional que constitucionalmente nos corresponde también a los jinoteganos y que se ejercita mediante la consulta a nuestros representantes en la Asamblea Nacional y en El Gobierno Municipal, y como ya hemos dicho no existe ningún proceso de consulta con ellos ni con los jinoteganos en general.
c) Que el actual proceso de privatización del lago de Apanás, de su cuenca hídrica, de la Planta Centro América , de las fuentes de agua potable y empresa aguadora de Jinotega lesiona el principio fundamental de la soberanía y autodeterminación, al imponer el Ejecutivo a los jinoteganos por vía administrativa un destino y un sistema de propiedad y manejo de recursos naturales, empresas y bienes de interés estratégico para el Municipio de Jinotega que no hemos propuesto ni aceptado.
d) El proceso de privatización de las aguas en el Municipio de Jinotega, su concesión a empresas privadas, así como la privatización de la planta Centro América generadora de Energía Hidroeléctrica constituye un acto de exclusión de miles de jinoteganos al acceso al consumo de agua potable y energía eléctrica, y a actividades económicas tradicionales como la pesca, la agricultura, y el comercio. En fin esa privatización no asegura el desarrollo humano en nuestro municipio ni nos protege de la exclusión, incumpliendo así el ejecutivo un principio constitucional arto.4 Cn.
e) La privatización del Lago de Apanás y de las fuentes de agua potable que abastecen a Jinotega mediante el sistema de acueducto que administra la empresa de acueductos significa una violación a los derechos de las Comunidades Indígenas, y una violación reiterada al principio constitucional de respeto al pluralismo étnico y al derecho a la propiedad comunal y al uso de sus recursos naturales que establecen la Constitución en artos. 5 y 180.
f) Que la Comunidad Indígena de Jinotega ha sido afectada en su integridad con diversos procesos de privatización de sus bienes comunales y su recursos naturales, tanto con la creación del Lago de Apanás en los años 60, como ahora por la ocupación de otra parte de sus tierras para aprovecharse de las fuentes de agua, sin que nunca se haya consultado con ellos y sus autoridades. La privatización de esos bienes constituye ahora una forma de propiciar la desintegración de la Comunidad Indígena de Jinotega ,mejor dicho que propician la desaparición del Pueblo Indígena de Jinotega.
g) La privatización del Lago de Apanás y de las fuentes de agua potable de Jinotega evidencian el desconocimiento que manifiesta el ejecutivo a las leyes nacionales y convenciones internacionales que establecen el respeto a los Derechos Indígenas y de las Etnias, arto. 5 CN.
h) Que la venta o privatización o entrega en concesión de esos recursos naturales, empresa y bienes no permite a Jinotega que suprima el atraso y la dependencia heredados, ni asegurará a los Jinoteganos mejorar las condiciones de vida y garantizar una distribución cada vez más justa de la riqueza. Que el ejecutivo en con el proceso de privatización aquí mencionado no cumple con el arto. 98 Cn.
i) Que el proceso de privatización aquí mencionado es la evidencia que el Ejecutivo no asegura el desarrollo integral del país, ni garantiza los intereses sociales, y sectoriales en el Municipio de Jinotega, ni garantiza la democracia económica y social para los jinoteganos. El Ejecutivo incumple el mandato que leda el arto. 99 CN.
j) Los interés nacionales peligran al privatizar las Planta Centro América, El Lago de Apanás y las empresas de acueductos como el dela ciudad de Jinotega, y la empresa Hidrogesa.
k) La privatización de los bienes y recursos naturales ante indicados permiten que sean objeto de monopolio por una empresa cuyo único y consustancial propósito es el lucro y la ganancia en detrimento de los fines sociales y humanitarios , lo cual constituye un acaparamiento de un bien fundamental para la vida como lo es el agua; y un acaparamiento de un bien ahora importante en la vida humana como es la energía eléctrica. El Ejecutivo incumple otro mandato constitucional cuando impulsa esa privatización, arto. 105 CN.
l) Que los intereses del Pueblo de Jinotega, de la Comunidad Indígena de Jinotega, y de los nicaragüenses no son considerados en este proceso de privatización, incumpliendo el Ejecutivo de esa forma con el mandato que le impone el arto. 131 CN párrafo primero.
m) Que normas constitucionales, leyes ordinarias, convenciones y tratados internacionales ratificados por Nicaragua impiden ahora al Gobierno de Nicaragua privatizar y entregar a empresas privadas el patrimonio de la Nación, en particular los bienes y recursos como el agua y empresa hidroeléctricas.
Por todo lo anterior y en defensa de los derechos de los Jinoteganos, del Pueblo Indígena de Jinotega, y de la Nación es que pedimos a Vosotros Honorables Diputados que tomen acciones para impedir la privatización de bienes y recursos patrimonio de la Nación Nicaragüense como lo son: EMPRESA HIDROGESA, LA PLANTA HIDROELETRICA CENTRO AMERICA, EL LAGO DE APANÁS, Y LAS FUENTES DE AGUA POTABLE Y EMPRESA DE ACUEDUCTOS DE LA CIUDAD DE JINOTEGA.
Pedimos a Vosotros Honorables Diputados que apruebes de forma urgente una Ley que ordene o mande de inmediato al Ejecutivo la suspensión de los procedimientos de privatización de los bienes y recursos arriba señalados.
Pedimos que Vosotros Honorables Diputados que aprueben una Ley que proteja el Recurso natural AGUA y lo garantice parar el uso de los nicaragüenses y lo proteja para su uso en el futuro, garantizando que se cumpla y respeten los principios de soberanía nacional, autodeterminación y autonomía municipal sobre los mero intereses mercantiles y de lucro.
Pedimos que apruebes un Ley que reafirme los derechos de la Comunidad Indígena de Jinotega a la propiedad comunal.
Pedimos que la Comisión de Infraestructura reciba a una Delegación de Jinoteganos y de la Comunidad Indígena de Jinotega la cual expondrá de forma detallada los fundamentos de nuestra posición de rechazo a la privatización de los bienes y recursos ante referidos.
Pedimos que soliciten al MIFIC e INE, que informen sobre el procedimiento administrativo que se ha seguido en este caso, y que informe por qué se ha seguido un procedimiento administrativo y no legislativo como lo establece la Ley.
Dado en la ciudad de Jinotega a los doce días del mes de agosto del 2002.
Nombre y apellido Organismo Firma
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