Red Nacional de Consumidores de Nicaragua:

—ERVING SANCHEZ RIZO— Managua

La reforma fiscal, por la cual declaró su satisfacción el ejecutivo, provocará un aumento enorme en la ya pesada carga tributaria que soporta la población, al descansar lo medular de su proyecto, en un listado de productos al que se le eliminan todas las exoneraciones.

Un análisis realizado por el economista Adolfo Acevedo Vogl revela que el peso de la reforma, en un 76 por ciento, no está en la modificación del proyecto realizado por los diputados en el caso de la canasta básica, o en otros como en el del sector de la industria turística, por lo tanto eso no le preocupa al gobierno.

Acevedo recuerda que el gobierno pretende recaudar, producto de la reforma tributaria, unos mil millones de córdobas en forma anualizada a lo largo del año fiscal, de los cuales 760 millones corresponden a la eliminaciones de exenciones o exoneraciones, no discrecionales.

¿CUAL ES EL ALCANCE REAL DE LA REFORMA?

De acuerdo al economista, el listado de productos cuyas exoneraciones o exenciones son levantadas, es desconocido en la práctica hasta por algunos diputados, lo que podría llevar a pensar que realmente no se conoce tampoco el alcance de lo que se ha aprobado.

¿Cómo quedan los listados taxativos de ítems que estaban bajo tasa cero o bajo operaciones exentas del IGV? ¿Qué ítems pasarán a estar gravados total o parcialmente y cuales permanecerán igual?

El economista señala que la misión del Fondo Monetario Internacional (FMI), que llegó a negociar la reforma tributaria con el gobierno, recomendó eliminar una gran parte de los ítems (listado de productos) bajo «tasa cero» del Impuesto General al Valor.

En el caso de los ítems bajo tasa cero, esta «recomendación» aparentemente se cumplió en medida importante, excepto respecto de la canasta básica. Los ítems no especificados en la reforma al artículo dejan de gozar de «tasa cero».

En ese sentido las listas de productos que ya no están tipificados como tasa «tasa cero», según esta Ley, pasan a pagar el IGV, o se el 15 por ciento, total o parcialmente, pero algunos de ellos por mandato constitucional continúan gozando de exenciones.

¿MANIOBRA JURIDICA ENCUBIERTA?

Para Acevedo, auxiliado de abogados, existe un caso especial que es objeto de una maniobra jurídica no muy evidente, sutil y encubierta, para eliminar una lista de productos de su actual condición de «no pagarán el impuesto y por tanto la tasa será del 0%».

Este caso está relacionado con: a) las importaciones y enajenaciones de medicamentos, vacunas y sueros de consumo humano, órtesis y prótesis, así como los insumos y materias primas necesarias para la elaboración de estos productos.

b) con las importaciones y enajenaciones de libros, folletos, revistas, materiales escolares y científicos, diarios y otras publicaciones periódicas.

La maniobra para sacarle más dinero a la gente y saltarse el mandato constitucional que libera de impuestos las listas de productos mencionados, en este caso específico del IGV, es trasladar inconstitucionalmente las enajenaciones de los rubros mencionados de tasa cero a operaciones exentas.

IMPUESTO LLEGARA DE TODAS FORMAS AL CONSUMIDOR FINAL

Pero Acevedo se pregunta, ¿en qué consiste el problema?. La dificultad estriba en que en el régimen de «operaciones exentas», a diferencia de la tasa del 0%, no se exime del pago del IGV el valor agregado de las partes o de los insumos que se usaron para la elaboración del producto final.

Es decir que el pago del IGV se realiza en la compra de insumos en todas las etapas anteriores a que el producto llegue al consumidor final, al que el impuesto se le traslada plenamente, aumentando por lo tanto de precio el producto final, que es el que le llega al consumidor.

Señala que incluso no hay derecho de acreditación del pago del impuesto por parte del productor en los pasos anteriores a que el producto llegue al consumidor final, como en el caso de la tasa cero, por lo tanto el IGV correspondiente a los insumos adquiridos se traslada íntegramente al consumidor.

Del hecho de estar completamente libre de impuestos, bajo régimen de «tasa cero», estos rubros pasarán a subir de precio, efecto provocado por el traslado al consumidor, del IGV correspondiente a la compra de insumos.

El grueso de la reforma (76% de la misma) impactará, por tanto, por la eliminación de las exenciones y exoneraciones de ley (no las discrecionales) sobre las importaciones de un extenso listado de rubros, que reducirán el nivel adquisitivo de la población nicaragüense.

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