La Audiencia Nacional decide extraditar a Marruecos al piloto de patera que ya cumplió su condena en España y cuenta con pareja y residencia

El hombre se ampara en que no puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos, pero el país vecino le reclama por otros dos traslados de migrantes

Rescate de una patera en Canarias.

Un hombre fue arrestado, juzgado y condenado en España por pilotar una patera. Reconstruyó su vida en este país y parecía haber cerrado ese capítulo, pero la justicia marroquí nunca dejó de seguir su pista: para las autoridades de Marruecos, él no solo fue el piloto de una embarcación, sino el responsable de una operación de paso clandestino que en el verano de 2018 trasladó a 27 personas a través del Estrecho.

Un ciudadano marroquí afincado en España se encuentra inmerso desde hace tres años en un proceso judicial que podría finalizar con su entrega a Marruecos, donde se le reclama como presunto organizador de tres travesías ilegales en patera que trasladaron a 27 personas, entre las que se cuentan seis menores, desde las costas marroquíes hacia el litoral de Almería y Cádiz.

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Durante el verano de 2018, tres embarcaciones de madera partieron en diferentes fechas desde puntos del litoral marroquí con destino hacia las costas españolas. A bordo viajaban 27 personas, de las cuales seis eran menores de edad. Las travesías, organizadas clandestinamente, terminaron con la interceptación de las pateras por la Marina española en aguas cercanas a las costas de Almería y Cádiz.

Personas guardan cola a las puertas del Consulado de Marruecos en Almería. (Europa Press)

1.400 euros por la travesía

El primer viaje salió el 21 de julio de 2018 desde la playa de Mehdia. El segundo, el 3 de agosto, desde el puerto de M’diq, en la provincia de Tetuán. La tercera travesía partió el 13 de agosto desde la playa de Mouley Hicham Bahraoui.

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De acuerdo con la investigación posterior realizada por la Policía Judicial de Tetuán, un mismo hombre estaba tras las tres operaciones: un ciudadano marroquí que reside en España y que fue identificado por tres de los inmigrantes como el organizador. Estos declararon haberle pagado 15.000 dírhams -alrededor de 1.400 euros- para que les facilitara el cruce hacia el otro lado del Estrecho. En la travesía del 3 de agosto, él mismo condujo la patera, aunque la Marina española interceptó tanto a él como a los pasajeros.

Una vez interceptado, el hombre quedó bajo la custodia de las autoridades españolas. En España se inició un proceso judicial por los sucesos ocurridos el 3 de agosto de 2018. En 2019, el Juzgado de lo Penal nº 5 de Málaga lo condenó por haber trasladado a diez personas sin documentación desde las costas marroquíes hasta la playa de Benamara, en Estepona. La sentencia confirmó que pilotó la embarcación, aunque no encontró pruebas que demostraran que hubiese recibido un pago por ello. Cumplida la condena, continuó residiendo en España, donde inició los trámites para regularizar su situación y reconstruyó su vida en pareja.

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Lo que la justicia española no juzgó fueron las otras dos travesías: las del 21 de julio y 13 de agosto de 2018. Las autoridades marroquíes sí investigaron el conjunto de los hechos y consideraron al hombre como el cerebro de toda la operación, más allá de ser solo piloto de una embarcación. Por ello, en 2022, la Fiscalía General del Rey ante el Tribunal de Apelación de Tetuán emitió una orden internacional de búsqueda y captura a través de Interpol.

Sede de la Audiencia Nacional en Madrid. (Diego Radamés/Europa Press)

Pareja y residencia

El 31 de marzo de 2023, agentes españoles detuvieron al hombre en territorio español amparados en dicha orden. Días después fue puesto en libertad provisional, aunque con la obligación de comparecer ante la justicia. En junio de ese año, el Consejo de Ministros dio luz verde para continuar el proceso de extradición ante los tribunales, dando inicio a la fase judicial del procedimiento en la Audiencia Nacional.

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Durante casi tres años de trámite, la defensa del reclamado expuso múltiples argumentos para evitar la extradición. Sostuvo que el hombre ya había sido juzgado en España por los mismos hechos, que llevaba varios años residiendo en el país con arraigo familiar comprobado y sin incumplir obligaciones procesales, y que en agosto de 2018 estaba en prisión, por lo que no pudo haber participado en la tercera travesía. También cuestionaron la validez judicial de la orden de captura internacional emitida por las autoridades marroquíes.

El 24 de marzo de 2026, ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se celebró la vista. El fiscal solicitó la entrega del requerido. La defensa insistió en su oposición. El detenido manifestó que no aceptaba ser extraditado por ser acusado de hechos que no cometió.

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Tres días después, el tribunal publicó su fallo. Los magistrados rechazaron cada uno de los argumentos presentados por la defensa. Sobre el arraigo en España, indicaron que tener pareja y residencia en el país es una circunstancia personal que no está contemplada en el tratado de extradición entre España y Marruecos como motivo para negar la entrega.

El Gobierno de España ha aprobado un proceso de regularización extraordinaria que beneficiará a medio millón de migrantes. En este vídeo te explicamos todos los detalles: quiénes pueden solicitarla, los requisitos de residencia y penales, y los plazos para presentar la solicitud.

Entre 10 y 15 años de cárcel

Respecto a la presunta imposibilidad de participar en la travesía del 13 de agosto por estar en prisión, el tribunal señaló que no existía ningún documento que lo confirmara, y además la propia sentencia española lo situaba en Marruecos organizando los traslados, lo que dificulta sostener que su residencia en España le hubiera impedido actuar desde el otro lado del Estrecho. En cuanto a las garantías del proceso marroquí, los magistrados no encontraron ninguna irregularidad que justifique negar la cooperación con las autoridades de Marruecos.

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El único argumento aceptado fue el de la doble condena. El tribunal reconoció que el hombre ya fue juzgado y condenado en España por los hechos del 3 de agosto de 2018, por lo que esa fecha queda excluida del alcance de la extradición. Nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos, y ese principio fue respetado.

Por lo demás, la Audiencia Nacional acordó entregar al hombre a Marruecos para que responda ante la justicia de ese país por su presunta responsabilidad como organizador de las travesías del 21 de julio y del 13 de agosto de 2018. En Marruecos, organizar la salida ilegal de ciudadanos del país puede conllevar penas de entre 10 y 15 años de prisión.

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