Nueva regulación laboral exige a las empresas evaluar la salud mental de los empleados: un cambio significativo

El anteproyecto refuerza las responsabilidades empresariales y extiende la prevención de riesgos a la salud mental, el impacto climático y la digitalización

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.(Adrián Irago - Europa Press)

Este martes, el Gobierno presenta ante el Consejo de Ministros un anteproyecto para modificar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, vigente desde 1995, con la finalidad de adecuarla a las nuevas circunstancias del mercado laboral. La iniciativa incorpora novedades significativas: amplía la definición de riesgo laboral al incluir la salud mental, la digitalización y el impacto del cambio climático, además de fortalecer las obligaciones de las empresas para crear entornos laborales más seguros.

La ley actual fue implementada en un escenario muy diferente, caracterizado por una menor digitalización y por modelos laborales más estables. Transcurridas tres décadas y ante la profunda transformación del empleo, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, califica esta reforma como “un cambio radical” frente a una normativa previa “caduca”.

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Por primera vez, los riesgos psicosociales (vinculados a la salud mental) adquieren un papel central y las empresas deben revisarlos obligatoriamente. Desde su implementación, las organizaciones deberán incluir en sus evaluaciones factores como el estrés laboral, la carga de trabajo, la fatiga mental, la distribución de los tiempos laborales o la exposición a situaciones de acoso. Estas valoraciones deberán actualizarse cuando cambien las condiciones laborales.

Asimismo, se intensifica la perspectiva de género y edad en la evaluación de riesgos, de modo que las condiciones laborales serán analizadas considerando las diferencias relacionadas con el sexo y la edad de los trabajadores, para ajustar mejor las medidas preventivas. Para Díaz, esto representa un avance relevante respecto a la ley de 1995, que “fue concebida para hombres”, afirmó la ministra.

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Riesgos climáticos y desconexión digital

Además, esta reforma incorpora otros factores como el cambio climático, que se reconoce como un elemento de riesgo, exigiendo a las empresas medidas y modificaciones organizativas cuando sea necesario para hacer frente a condiciones como el calor extremo. Entre estas acciones se cuentan la adaptación de los horarios, la redistribución de tareas, la implementación de pausas adicionales y la provisión de equipos de protección e hidratación, especialmente en trabajos al aire libre.

Dos trabajadores de la construcción con cascos y chalecos de seguridad conversan en una obra. Se ve una rueda de camión grande y un edificio a medio construir

La digitalización también toma protagonismo: la hiperconectividad, el agotamiento tecnológico y la dificultad para desconectarse del trabajo se incorporan como aspectos relevantes en la prevención. Como consecuencia, el anteproyecto indica que las empresas deberán asegurar que los trabajadores no estén obligados a responder comunicaciones laborales fuera de su horario habitual, a través de políticas internas claras que regulen el uso de correos electrónicos, mensajes y llamadas fuera de la jornada laboral.

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Cambios en los servicios de prevención

En términos organizativos, la reforma introduce modificaciones adicionales en la estructura preventiva. El empresario solo podrá asumir directamente la prevención en empresas con un máximo de 10 trabajadores, reduciendo el límite actual de 25. En las demás situaciones, será obligatorio organizar la actividad preventiva mediante servicios especializados.

También se establece que las empresas deberán contar con un servicio de prevención propio cuando tengan más de 300 trabajadores, bajando el umbral desde los 500 anteriores. En el sector de la construcción, la exigencia es más estricta y obliga a contar con ese servicio a partir de 150 empleados, en lugar de los 250 actuales.

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La nueva legislación reforzará además la función de los servicios de prevención externos, sujetos a mayor control y supervisión, y ampliará la vigilancia sobre la gestión preventiva en empresas que trabajan con autónomos, un colectivo que, según la vicepresidenta, permanecía “huérfano de protección”, para mejorar la coordinación en seguridad y salud laboral. De igual forma, se introduce la figura del agente territorial de prevención, encargado de brindar apoyo técnico a empresas, especialmente a las pymes, para facilitar la implementación de la normativa y detectar posibles incumplimientos en materia preventiva.

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