Las solicitudes telemáticas estarán disponibles desde este jueves 16 de abril, al igual que la reserva de cita previa. La atención presencial comenzará el próximo lunes 20.

Entre 500.000 y un millón de personas que residen en España en situación irregular podrán presentar su solicitud para regularizar su estatus administrativo a partir de mañana. Así lo establece el Real Decreto que aprueba la regularización extraordinaria, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La normativa, además de incluir dos figuras excepcionales que podrán solicitarse hasta el 30 de junio de 2026 por parte de solicitantes de protección internacional o personas en situación irregular, introduce diversos cambios en el Reglamento de Extranjería. Las solicitudes telemáticas podrán enviarse desde este jueves 16 de abril, junto con la posibilidad de reservar cita previa, indispensable para la presentación presencial de las solicitudes, que estará operativa a partir del próximo lunes 20.
Entre las novedades destacadas se encuentra la habilitación provisional para trabajar y residir bajo los nuevos tipos de arraigo, así como el arraigo sociolaboral, desde el momento de la comunicación del inicio del trámite. Esta medida se incorpora «para facilitar el comienzo de la relación laboral y evitar que los retrasos en la resolución del procedimiento repercutan en la conservación de la oferta de empleo».
En esta misma dirección, el decreto flexibiliza las prórrogas y modificaciones de autorizaciones previas. Por ejemplo, para modificar un permiso otorgado por arraigo ya no será necesario demostrar la búsqueda activa de trabajo cuando existan «circunstancias justificadas que impidan el acceso al empleo», como «enfermedad o discapacidad o haber alcanzado la edad legal de jubilación».
A los estudiantes extranjeros se les extenderá la validez de su permiso para evitar vacíos legales, siempre que realicen la solicitud en un plazo de cinco meses: dos antes del vencimiento de la autorización y tres después.
Quienes tengan una autorización de protección internacional por motivos humanitarios podrán acceder al régimen general para la modificación de autorizaciones, lo que facilitará cambiar su estatus administrativo a otro tipo de residencia si cumplen los requisitos. Esta modificación es especialmente relevante tras el anuncio del Gobierno sobre la finalización de las concesiones de protección temporal por razones humanitarias para ciudadanos provenientes de Venezuela.
El apoyo institucional y la simplificación administrativa son ejes fundamentales del texto, dada la «urgencia» con la que el Gobierno pretende ejecutar este procedimiento extraordinario. Para agilizar el trámite de las solicitudes, el decreto autoriza a la red de oficinas de Correos a «informar, asistir y gestionar» la presentación telemática de solicitudes. Esta función incluye la remisión electrónica de las peticiones de autorización y, en su caso, la documentación adicional o correcciones necesarias. Por otro lado, funcionarios de Tragsa y Tragsatec desempeñan labores de apoyo técnico y manejo documental.
Es requisito no tener antecedentes penales para optar a la regularización de inmigrantes
«Perspectiva de la infancia»
El Gobierno integra la «perspectiva de la infancia» como un enfoque desde el cual se formula el texto, con el objetivo de fortalecer la protección de los menores. Sus solicitudes se presentarán y resolverán simultáneamente con las de sus padres y, en caso de resolverse favorablemente, tendrán una validez de cinco años.
Para obtener sus autorizaciones de residencia, se flexibilizan los requisitos: ya no será necesario que los menores hayan vivido en España durante los dos años previos a la solicitud; bastará con los cinco meses anteriores a la misma. Tampoco se exigirá que sus progenitores acrediten disponer de medios económicos ni de alojamiento, requisitos habituales para la reagrupación familiar.
De igual manera, se amplía el listado de familiares que pueden solicitar la residencia si ya se encuentran en España. A partir de ahora, podrán hacerlo también los hijos mayores de 18 años y los ascendientes directos.

