Tribunal Supremo aclara cuánto debe durar realmente tu jornada laboral y el tiempo de descanso correspondiente

En España, el descanso diario debe ser de al menos 12 horas entre una jornada y la siguiente

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El Tribunal Supremo ha emitido una reciente resolución sobre cómo debe interpretarse el descanso semanal en la jornada laboral, y su fallo podría impactar directamente en la rutina de millones de trabajadores en España. La sentencia establece que el periodo mínimo de descanso que debe existir entre una semana laboral y la siguiente es de 48 horas, lo que podría generar ajustes en los horarios actuales de muchas empresas.

En relación con esto, el abogado laboralista Juanma Lorente ha explicado en uno de sus últimos vídeos en TikTok (@juanmalorentelaboralista) que el Tribunal Supremo ha modificado, mediante esta sentencia, el modo tradicional de calcular el descanso semanal al sumar dos periodos que antes se computaban por separado.

“Hasta ahora, el descanso semanal se establecía en un mínimo de 36 horas. Es decir, entre una semana y otra de trabajo debía transcurrir al menos un día y medio, salvo que el convenio colectivo estableciera condiciones más favorables”, comentó el abogado.

“Debe haber entre semana y semana de trabajo 48 horas de descanso”

El cambio fundamental está en que el descanso diario, que debe ser no inferior a 12 horas entre una jornada laboral y la siguiente, debe sumarse al descanso semanal de 36 horas. Lorente resume que “el Tribunal Supremo ha indicado que esto resulta insuficiente, por lo que debe existir más de un día y medio de descanso entre semanas de trabajo”.

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En la práctica, esto significa que el descanso real entre el cierre de una semana laboral y el inicio de la siguiente debe ser, como mínimo, de 48 horas. “El descanso diario entre jornadas es como mínimo de 12 horas. Por consiguiente, al sumar ese descanso diario con las 36 horas del descanso semanal, el Tribunal Supremo sostiene que debe haber, al menos, 48 horas entre una semana y otra de trabajo”, enfatiza Lorente.

Qué implica la sentencia para los trabajadores

La interpretación del Supremo implica que quienes hasta ahora gozaban de un día y medio de descanso semanal deberían comenzar a tener derecho a una extensión hasta alcanzar las 48 horas. “Estoy convencido de que muchos trabajadores no cuentan con este descanso entre semanas”, advierte Lorente.

Esta interpretación puede afectar sobre todo a quienes laboran en turnos partidos, jornadas extensas o sistemas de libranza que no contemplan este tiempo, o que no se ajustan al tradicional “horario de oficina”, que se limita al trabajo de lunes a viernes.

Por lo tanto, si un trabajador no dispone de este periodo de descanso entre semanas laborales, estaría recibiendo menos horas de descanso de las requeridas por la ley, según establece la sentencia. Esto podría dar pie a reclamos individuales o colectivos, así como a revisiones en ciertos convenios y acuerdos internos dentro de las empresas.

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