La Justicia ratifica la multa de 64 millones de euros a Airbnb por irregularidades en sus anuncios según Consumo

El ministro impuso esta sanción a Airbnb por promocionar viviendas sin licencia turística, por utilizar una licencia incorrecta o por incurrir en publicidad engañosa al no ofrecer datos verídicos sobre la naturaleza legal de los anfitriones

Turistas entrando en un Airbnb

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid negó la petición de medidas cautelares presentada por Airbnb para paralizar la multa que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 dictó en diciembre de 2025 contra esta plataforma digital de alquiler de alojamientos turísticos por infracciones relacionadas con la publicación de anuncios de este tipo de inmuebles.

De este modo, se confirma que la plataforma deberá abonar la sanción de 64.055.311 euros impuesta por el ministerio dirigido por Pablo Bustinduy.

El conflicto surgió cuando el Ministerio de Consumo detectó un total de 65.122 anuncios irregulares en Airbnb, los cuales fueron retirados en julio de 2025 tras la intervención del departamento. Estas publicaciones incumplían diversas normativas de protección al consumidor, lo que culminó en la imposición de varias sanciones firmadas por el ministro.

Anuncios de alojamientos sin licencia

Entre las irregularidades más destacadas se hallan prácticas comerciales desleales dirigidas a consumidores, tipificadas como infracción en la letra M del artículo 47.1 del TRLGDCU. En este contexto, se constató que se publicaban anuncios de alojamientos turísticos sin licencia, lo cual contraviene las exigencias de la mayoría de las normativas autonómicas, que demandan indicar el número de registro en la publicidad.

Además, se detectaron anuncios con números de licencia o registro que no coincidían con la numeración oficial del registro, junto con publicaciones que carecían de información veraz acerca de la naturaleza jurídica de los anfitriones, constituyendo así publicidad engañosa.

Por estas razones, el Ministerio de Consumo impuso una sanción por infracción grave por un total de 63.980.311 euros, lo que representa seis veces el beneficio ilícito obtenido por Airbnb debido a las prácticas sancionadas durante el tiempo en que los anuncios estuvieron activos desde el apercibimiento emitido por el Ministerio hasta su retirada por la plataforma.

Airbnb no atendió los requerimientos de Consumo

El expediente también incluye otras infracciones. Primero, el incumplimiento del régimen y obligaciones de los contratos a distancia, según la letra T del artículo 47.1 del TRLGDCU, debido a que se omitió información sobre la naturaleza jurídica del anfitrión de los alojamientos turísticos publicados en la plataforma. Esta falta fue considerada leve y sancionada con una multa de 10.000 euros.

En segundo lugar, se detectó obstrucción o negativa a proporcionar datos o a facilitar las funciones de información, vigilancia o inspección, conforme a la letra I del artículo 47.1 del TRLGDCU, ya que la plataforma no respondió a los requerimientos de Consumo durante la instrucción del expediente. Esta conducta también fue calificada como infracción leve y penalizada con 10.000 euros.

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Finalmente, el Ministerio constató el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones establecidas mediante órdenes o medidas provisionales dictadas por el órgano instructor para prevenir riesgos o daños a consumidores durante la tramitación del expediente. Dicha infracción, contemplada en la letra O del artículo 47.1 del TRLGDCU, fue calificada como grave y sancionada con 55.000 euros.

Airbnb impugnó la sanción ante la justicia, lo que implicó la suspensión temporal del pago de la multa. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazó la solicitud de medidas cautelares presentada por la empresa, que buscaba suspender el pago hasta la resolución definitiva del proceso. Tras esta decisión, la compañía aún tiene la opción de presentar un recurso de reposición ante el mismo tribunal.

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