Además, la magistrada hacía «comentarios de índole sexual» repetidamente a uno de los funcionarios, con expresiones como «¿a ti se te levanta?» o «tiene un buen polvo».

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una multa de 2.000 euros impuesta a una jueza de Nules (Castellón), quien en varias ocasiones menospreció a algunos compañeros, llamándolos «gilipollas», «vagos», «retrasado», «cara polla» o «frígida», y dirigió comentarios sexuales hacia un funcionario del juzgado, preguntándole: «¿A ti se te levanta?».
En la sentencia, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechazan el recurso presentado por la jueza frente a una resolución del Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que previamente había desestimado otro recurso de la acusada contra un acuerdo adoptado por la Comisión Disciplinaria del CGPJ, donde se establecía la sanción.
De acuerdo con los hechos probados por la Comisión Disciplinaria, la magistrada, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de Nules desde octubre de 2020 hasta noviembre de 2022, se dirigió «de manera desconsiderada» en diversas ocasiones a varios integrantes de su oficina judicial.
Así, en conversaciones privadas con otros compañeros, se refería «de forma reiterada» a algunos de ellos con apelativos como «la frígida», «ama de casa aburrida», «cara polla» o «trol». En una ocasión, convocó a varios trabajadores a su despacho, los calificó de «vagos» y usó expresiones tales como «aquí van a rodar cabezas», «yo no soy vuestra amiga» o «no quiero réplicas», según señala el alto tribunal.
«NO SIRVE NI PARA LIMPIAR LA MIERDA DE MI CULO»
De manera específica, se dirigió a la letrada de la Administración de Justicia con comentarios como: «La directora tiene la piel muy fina», «no sirve ni para limpiar la mierda de mi culo», «me río con mis amigos jueces de ella» o «no tiene ni idea de tramitar», según consta en el relato.
La magistrada emitía «comentarios de carácter sexual» reiterados hacia uno de los funcionarios, con frases como «¿a ti se te levanta?» o «tiene un buen polvo». Incluso, le regaló un jersey y le preguntó: «¿Cuándo te lo vas a poner?», «¿se lo has dicho a (nombre de su novia)?», «esa chica no te conviene» o «es muy celosa», según se recoge en la sentencia.
Además, destaca que «humilló públicamente ante sus compañeros» al mismo funcionario, diciéndole «no vales nada».
«INÚTIL», «INEPTO», «INCOMPETENTE»
En otra ocasión, «con tono amenazante», la magistrada llamó «inútil», «inepto» e «incompetente» a un compañero, a quien también le espetó «no sirves para nada» y «desde que te vi te calé», expresiones escuchadas «por todos los presentes, tanto funcionarios como público en esas dependencias», añade. A otro funcionario le gritó «eres un gilipollas y el decano otro gilipollas».
Asimismo, la jueza llegó a amenazar a un funcionario ausente en ese momento con frases como «le voy a dar una hostia» o «lo voy a hundir». También, durante una guardia, manifestó a un detenido que se acogió a su derecho a no declarar su deseo de que fuera condenado, según consta.
La magistrada argumentó «falta de motivación probatoria y fáctica» en la resolución de la Comisión Disciplinaria, y su defensa indicó que se trataba de una «valoración conjunta» genérica de la prueba, sin especificar si esta era directa o indiciaria, entre otras razones.
SUFICIENTE MOTIVACIÓN
Ahora, el Supremo concluye que la resolución del CGPJ «posee la motivación suficiente, y esta no desaparece por evaluar conjuntamente la prueba practicada que confirma los hechos imputados y declarados probados».
«Una cosa es la falta de motivación y otra muy distinta es que el destinatario de la resolución administrativa disienta o no acepte las argumentaciones expuestas en ella como base de lo acordado o decidido, que es lo que realmente ocurre en este caso», argumenta.
Sobre las fuentes probatorias, el alto tribunal subraya que un total de ocho funcionarios del juzgado reportaron a las autoridades el comportamiento y la actitud de la magistrada.
Los magistrados también avalan la determinación de la Comisión Disciplinaria de fijar en 2.000 euros la sanción, señalando que dicha resolución justifica «de forma extensa y adecuada» la misma.

