Autonomía de las monjas y la dificultad para acceder a una pensión propia

Las congregaciones religiosas asumen los trámites y el sustento, pero solo una parte del colectivo accede a la cobertura de la Seguridad Social

Imagen de un grupo de

Consideradas trabajadoras autónomas por el Estado desde hace más de cuarenta años, las monjas en España están integradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), aunque su realidad presenta varios matices. Son las congregaciones religiosas las encargadas de su manutención y de los trámites administrativos, mientras que el acceso a una pensión de jubilación depende casi exclusivamente de su cotización a la Seguridad Social.

Se estima que unas 10.000 religiosas forman parte del RETA, según datos de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE). Esta cantidad contrasta con los 33.000 religiosos registrados en España, lo que significa que solo un tercio de quienes podrían optar a una pensión mínima están afiliadas y cotizando, reflejando una situación de notable desprotección para aquellas que llegan a la edad de jubilación sin este respaldo.

La regulación que vincula a las monjas con la Seguridad Social data del 21 de enero de 1982, cuando se integraron oficialmente en el RETA. La cobertura aplica a personas mayores de edad que pertenecen a monasterios, órdenes, congregaciones, institutos o sociedades de vida común con derecho pontificio, siempre que estén inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia.

Este esquema, según Antonio García, secretario general técnico de UATAE en entrevista con Artículo14, surge por la necesidad administrativa de ubicarlas en un régimen específico, aunque “no ejercen una actividad por cuenta propia, era necesario encuadrarlas en algún sistema de la Seguridad Social y se optó por este porque es más sencillo”.

Derechos sociales

El derecho a recibir una pensión de jubilación para estas religiosas depende fundamentalmente de la base de cotización que elijan. La mayoría opta por la base mínima, una práctica habitual también entre autónomos hasta la reciente reforma del RETA, buscando reducir el importe de sus pagos mensuales. De acuerdo con García, “la mayoría cotiza por la mínima o cercana a ella”, lo cual supone una pensión estimada cercana a los 825 euros mensuales al alcanzar la jubilación.

La tramitación, incluyendo las altas y la selección de la base de cotización, suele ser gestionada directamente por las congregaciones. Frecuentemente, debido al voto de pobreza, las religiosas no poseen cuentas bancarias personales, por lo que su sustento y protección durante la vejez dependen íntegramente de la organización religiosa a la que pertenecen.

Sor Marta, monja y youtuber

La situación se torna aún más vulnerable para aquellas que, al llegar a los 65 años, no cuentan con cobertura por parte de la Seguridad Social debido a que no están inscritas en el sistema o su cotización ha sido insuficiente. Se calcula que existe un alto número de monjas en esta condición, pero serán las propias congregaciones las responsables finales de su cuidado.

La inclusión de las religiosas en el RETA excluye a quienes desarrollan una actividad profesional diferente para una entidad externa a la comunidad. Por ejemplo, si una hermana trabaja como profesora en un colegio o como sanitaria en un centro médico, su afiliación es como asalariada y cotiza bajo el régimen general, en igualdad con cualquier otro empleado. De la misma manera, monjas que gestionan servicios propios, como una panadería administrada por la congregación, son consideradas autónomas en todos los efectos.

Diferencias legales y económicas

En términos económicos, la monja benedictina Sor Marta, conocida en redes sociales como ‘la monja influencer’ y vinculada al monasterio de Santa Cruz de Sahagún en León, ha ofrecido datos para aclarar ciertos mitos persistentes. En un video publicado en su cuenta de TikTok, afirma: “No recibimos salario de ningún lado. Ni del Estado, ni de la X de la Iglesia, ni del Obispado ni de nada”.

Explica que, en su caso, los ingresos de la comunidad se generan a través de actividades propias, como la venta de dulces, un museo o productos cosméticos. En contraste, los sacerdotes perciben un salario financiado por el Obispado, que se encarga de su manutención y bienestar, según sus propias palabras.

Las monjas excomulgadas de Belorado denuncian el envenenamiento de sus perros en Asturias. (Instagram: @tehagoluz)

Desde un punto de vista legal y fiscal, el estatus de autónomas implica la obligación de efectuar pagos mensuales y declaraciones trimestrales de impuestos, al igual que cualquier trabajador por cuenta propia. Habitualmente, un gestor ayuda a las comunidades religiosas en estas gestiones, aunque existen dudas sobre la equiparación con otros autónomos, debido a la naturaleza particular de su actividad.

Sor Marta ha señalado repetidamente el desconocimiento social respecto a este régimen, tanto en su canal de TikTok como en una entrevista reciente en el podcast Doble de Drama. Destaca: “Hay un desconocimiento generalizado sobre este tema y muchas personas piensan equivocadamente que el Estado o la Iglesia pagan un sueldo a las religiosas”. Esta percepción dista significativamente de la realidad legal y económica a la que se enfrentan las monjas bajo el modelo vigente de gestión.

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