El fallo no se apoya en un único indicio concluyente, sino en el “valor combinado” de diversas pruebas circunstanciales: análisis de la localización de los dispositivos, recorridos policiales, modificaciones en documentos oficiales y datos aportados por aplicaciones de Apple

La Audiencia de Barcelona impuso una condena de 13 meses de prisión a un agente de los Mossos d’Esquadra, identificado como F.J.P.V., por haberse apropiado de un iPhone 12 Pro y unos auriculares Apple AirPods Pro que pertenecían a un ciudadano colombiano fallecido en la vía pública en Santa Coloma de Gramenet. El delito tuvo lugar durante una intervención policial en octubre de 2021, y la sentencia concluyó que el oficial abusó de su posición para quedarse con los objetos.
Además de la pena privativa de libertad, el juez ordenó la inhabilitación especial para ejercer como policía y para presentarse a cargos públicos durante el mismo período. La resolución también obliga al Departament d’Interior de la Generalitat de Catalunya a compensar a la viuda del fallecido con una suma de 850 euros, cantidad establecida por peritos en concepto de los bienes no restituidos.
Los hechos probados revelan que el agente estaba de servicio nocturno el 27 de octubre de 2021, cuando acudió junto a su compañero a la calle Pedró de Santa Coloma de Gramenet tras el fallecimiento de un ciudadano colombiano identificado como V.A.I.P. Al arribar al sitio, los agentes constataron que la víctima yacía sin vida en la vía pública.
En la escena también estaban presentes miembros de la Policía Local de Santa Coloma, el Servicio de Emergencias Médicas (SEM) y dos dotaciones de Mossos d’Esquadra del turno vespertino, quienes, al llegar el relevo nocturno, entregaron los efectos personales del fallecido, entre ellos una mochila negra que contenía un iPhone 12 Pro, auriculares inalámbricos Apple AirPods Pro, documentos personales, un anillo y un reloj, para su inclusión en el informe policial.
La desaparición del teléfono móvil
Alrededor de las 23:06 horas de esa misma jornada, los agentes del turno nocturno emprendieron el regreso a Mataró, transportando las pertenencias del difunto en el maletero del vehículo. En la comisaría, F.J.P.V. redactó un acta de custodia donde se registraron algunos efectos, entre ellos los auriculares, pero sin hacer referencia al teléfono móvil.
Ya en la madrugada del 28 de octubre, los agentes retornaron a la ABP de Santa Coloma de Gramenet para entregar la cadena de custodia, con el objetivo de que las pertenencias del fallecido fueran trasladadas a la Unidad de Investigación a primeras horas de la mañana. Ese mismo día, el jefe de dicha Unidad solicitó un informe sobre la custodia a los agentes, alegando que el registro no se había efectuado correctamente.
Ante dicha solicitud, y sin tener los objetos consigo, F.J.P.V. empleó una fotografía enviada por el jefe de unidad para elaborar una minuta policial, reemplazando en el documento la descripción “auriculares inalámbricos” por “auriculares blancos”.
Más adelante, el 2 de noviembre de 2021, la familia del difunto se presentó ante la Unidad de Investigación y advirtió la falta del iPhone 12 Pro y de los AirPods Pro. Mediante la aplicación Find My Phone, se confirmó que el móvil había dejado de emitir señal desde la comisaría de Mataró el 28 de octubre a las 00:32 horas, y que los auriculares tuvieron como última ubicación el área cercana al domicilio de F.J.P.V. en Mataró a las 07:48 horas del 29 de octubre, tras concluir su turno nocturno.
La investigación concluyó que el agente, con la intención de apropiarse del iPhone, se apoderó del dispositivo antes de que fuera formalmente registrado en la cadena de custodia, hecho corroborado por la geolocalización. También sustituyó los auriculares originales por otros que no correspondían, registrándolos en la minuta como “auriculares blancos”.
Una serie de pruebas indiciarias
Durante el juicio, la defensa del agente alegó que no manipuló ni sustrajo los objetos y que, al momento de la desaparición de la señal del iPhone, él se encontraba cumpliendo otro servicio en Granollers. Además, argumentó posibles fallos técnicos o negligencias en la cadena de custodia.
Sin embargo, el tribunal consideró que dicha versión no resultaba creíble ante la acumulación de indicios técnicos y testimoniales. Resaltaron que las irregularidades en la entrega y registro de los efectos fueron parte de una acción intencional. La sentencia indica que “la única conclusión lógica y plausible es que el acusado, aprovechando su condición de funcionario con acceso a los efectos personales del fallecido, y ante la presencia de los dispositivos, los hizo desaparecer”.
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La sentencia no se fundamenta en una prueba única contundente, sino en el “valor conjunto” de múltiples indicios: análisis de posicionamiento de los dispositivos, recorridos policiales, modificaciones en documentos oficiales y localizaciones proporcionadas por aplicaciones de Apple. Para el tribunal, al considerar todos estos indicios en su conjunto y no de forma aislada, se descartan otras explicaciones razonables.
El tribunal sostiene además que “la prueba indiciaria muchas veces ofrece certezas superiores a las proporcionadas por una multiplicidad de pruebas directas”. Afirma que no se violó la presunción de inocencia porque cada etapa del proceso está respaldada por documentos, registros electrónicos y testigos imparciales.

