Un tribunal rechaza la solicitud de pensión de 3.000 € mensuales de un padre a su hijo futbolista profesional debido al abandono parental durante la infancia

La sentencia determina que el desinterés del padre lo priva del derecho a recibir alimentos, a pesar del éxito del hijo, quien jugó en equipos españoles y europeos y fue criado por sus abuelos

Un futbolista con un balón

La Audiencia Provincial de A Coruña ha ratificado la resolución judicial que negó la demanda de Teodosio, quien reclamaba a su hijo Patricio una pensión de alimentos por 3.000 euros al mes. El tribunal determinó que el padre, actualmente receptor de una pensión no contributiva, no tiene derecho a percibir apoyo económico del hijo, exfutbolista profesional, debido a un prolongado historial de abandono y desatención parental.

El fallo, emitido por la magistrada María-Josefa Ruiz Tovar junto a los jueces Rafael-Jesús Fernández-Porto García y César González Castro, confirma el veredicto de primera instancia del Juzgado de A Coruña, que ya había rechazado la demanda en junio de 2025. El proceso evidencia una relación familiar caracterizada por el abandono y la ausencia de convivencia entre padre e hijo desde la infancia.

Una niñez sin la presencia de los padres y bajo el cuidado de los abuelos

El conflicto se origina con la separación de Teodosio y Cristina a principios de los años noventa. Su hijo Patricio quedó a cargo de sus abuelos paternos, quienes se encargaron totalmente de su crianza, manutención y educación, según indica la sentencia. Durante años, ni la madre ni el padre tuvieron participación activa en la vida del menor, cuya escolarización y actividades deportivas fueron organizadas íntegramente por los abuelos y una prima.

El tribunal señala que Patricio desarrolló su trayectoria futbolística desde la adolescencia, inicialmente en clubes locales y luego en equipos nacionales y europeos. La resolución precisa que, durante todo ese tiempo, no existió un vínculo relevante entre padre e hijo, ni se demostró aporte económico ni emocional por parte de Teodosio.

Paloma Zabalgo, abogada y presidenta del ICAM de la Sección de Familia y Sucesiones

Exposiciones de las partes y fundamentos legales

En su demanda, Teodosio argumentó que carecía de recursos suficientes para subsistir tras cumplir una condena y solicitó al juzgado que su hijo, quien entonces era futbolista profesional, le pagara una pensión mensual.

La defensa de Patricio sostuvo que su padre nunca asumió responsabilidades parentales y que la demanda carecía de base, invocando la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre causas de extinción de la obligación alimentaria en situaciones de abandono.

El tribunal valoró tanto la documentación presentada como los testimonios, que confirmaron la total desvinculación de Teodosio respecto a la vida de su hijo. Entre los testigos figuraron familiares, amigos de la infancia y entrenadores, quienes ratificaron la ausencia de la figura paterna durante la niñez y juventud de Patricio.

El abandono paternal y la doctrina relativa a la pensión alimenticia

La sentencia destaca que el abandono parental no se limita a una simple negación de alimentos, sino que implica una ininterrumpida e intencionada falta de atención. El tribunal gallego aplicó el artículo 263.2ª de la Ley de Derecho Civil de Galicia, que considera como causa de desheredación el maltrato físico o injuria grave, incluyendo los daños psicológicos derivados del abandono afectivo.

La resolución judicial cita varias sentencias del Tribunal Supremo que han interpretado de manera restrictiva la obligación de proporcionar alimentos entre familiares cuando existe un historial comprobado de negligencia. Según consta en la sentencia, “la prueba aportada evidenció el abandono o falta de atención por parte de Teodosio, quien dejó a su hijo completamente desatendido, obligando a los abuelos paternos a asumir en exclusiva la crianza del menor.”

La Audiencia Provincial de A Coruña impuso las costas del proceso a Teodosio y le informó sobre la posibilidad de apelar la decisión ante el Tribunal Supremo o, si alegase cuestiones del Derecho Civil de Galicia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Sin embargo, el tribunal recordó que el demandante está exento del depósito judicial al tener reconocida la asistencia jurídica gratuita.

Criterio sobre las obligaciones alimentarias en Galicia

La resolución de la Audiencia de A Coruña consolida la línea jurisprudencial que restringe la obligación de los hijos de prestar alimentos a los padres cuando se prueba un abandono previo y una ruptura de la relación familiar.

El tribunal considera que la falta de apoyo y la ausencia paterna a lo largo de la vida del hijo constituyen una causa legítima para denegar la pensión reclamada, conforme a la interpretación del Derecho Civil gallego.

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