Un hombre remitió correos electrónicos con el objetivo de fomentar la discriminación en empresas situadas en el Valle de Baztan

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra impuso una condena de dos años de cárcel y una multa de 720 euros por un delito de odio a un residente de una localidad del Valle de Baztan que, entre 2020 y 2023, envió correos electrónicos a varias empresas instándolas a no contratar a personas inmigrantes.
El acusado admitió los hechos al inicio del juicio celebrado el pasado 16. Según se detalla en la sentencia, emitida tras un acuerdo entre fiscalía y defensa, «con la intención firme de fomentar activamente la discriminación y exclusión de extranjeros, incluyendo en su percepción a los inmigrantes nacionalizados españoles, redactó un escrito que envió por correo electrónico a diversas entidades, instándolas a contratar únicamente a nacionales y a reemplazar a los inmigrantes de su plantilla por ciudadanos españoles, especificando que no deberían emplear a personas ‘marroquís'».
En muchos casos, con el propósito de fomentar dicho prejuicio y traducirlo en la ausencia de contratación, el acusado respondía con ese correo electrónico a las ofertas de empleo publicadas en internet por las entidades correspondientes.
La resolución judicial indica que los correos enviados por el procesado tenían la intención de propagar el sentimiento de rechazo hacia los inmigrantes, anunciando la elaboración de un listado con las empresas que contaban con un exceso de trabajadores extranjeros, «para que el público tuviera conocimiento de ello, vinculando de forma indirecta esa información con el consumo».
La reiterada remisión de estos correos electrónicos por parte del acusado tuvo un impacto visible y relevante en redes sociales, provocando comentarios críticos debido al contenido discriminatorio. Asimismo, fue rechazado por terceras personas que denunciaron su carácter discriminatorio.
Para reparar el daño causado a los destinatarios del mensaje, «y como medio para restaurar la convivencia social y las normas democráticas», señala la sentencia, el procesado envió posteriormente otro correo.
El mensaje decía: «Por este medio, quiero disculparme porque considero que el contenido del anterior ha alimentado un clima de odio y prejuicio hacia la comunidad inmigrante, generando un daño considerable y un sentimiento de inseguridad y rechazo hacia estas personas. Comunico que asumiré mi responsabilidad en los hechos imputados en la causa penal abierta en mi contra, pues esto también refleja mi compromiso de fomentar un entorno de respeto, tolerancia y convivencia, valores propios de nuestro Estado social y democrático de derecho».
Los hechos juzgados constituyen un delito cometido en el contexto del ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas garantizados por la Constitución, con la concurrencia de la atenuante muy cualificada de reparación del daño.
Según lo acordado por las partes, la Audiencia Provincial decidió suspender la pena de prisión bajo la condición de que el condenado no cometa delitos durante dos años y participe en un programa formativo sobre igualdad.

