El salario mínimo subirá un 3,1% con efecto retroactivo y beneficiará a 2,5 millones de trabajadores

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, rubricará el próximo lunes junto a los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo, y de UGT, Pepe Álvarez, el acuerdo para el aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026, que se elevará un 3,1%, situándose en 1.221 euros mensuales en catorce pagas.
La ceremonia oficial tendrá lugar en el Ministerio de Trabajo a las 11:30 horas y contará con la asistencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una muestra del apoyo del Ejecutivo a una medida que impacta directamente a casi 2,5 millones de trabajadores en todo el territorio nacional.
Con esta actualización, el salario mínimo para 2026 alcanzará 17.094 euros brutos anuales y un valor general diario de 40,70 euros brutos. Este aumento implica un incremento mensual de 37 euros respecto a la cifra vigente en 2025 —que se encontraba en 1.184 euros mensuales—, lo que representa 518 euros adicionales al año.
La subida tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026 y se mantendrá hasta el 31 de diciembre del mismo año. Tras la firma del acuerdo, el Real Decreto que formaliza el incremento será, previsiblemente, aprobado en el Consejo de Ministros del martes, salvo modificaciones de última hora.
La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha defendido este miércoles una elevación del salario mínimo interprofesional (SMI) de 50 euros mensuales para 2025, lo que elevará esta renta mínima hasta 1.184 euros mensuales en 14 pagas.
Sexto acuerdo consecutivo sin la patronal
El pacto se cierra de nuevo únicamente con las principales organizaciones sindicales, sin contar con el apoyo de la patronal. Es el sexto año consecutivo en que el Ministerio de Trabajo acuerda el alza del SMI exclusivamente con CCOO y UGT, en un contexto marcado por desacuerdos con las organizaciones empresariales sobre el ritmo y el monto de los incrementos.
Desde el departamento que dirige Díaz subrayan que la medida consolida la trayectoria de revalorización del salario mínimo iniciada en los últimos años, con el fin de asegurar un nivel retributivo adecuado y proteger el poder adquisitivo de los trabajadores con menores ingresos.
Condiciones específicas para temporeros y empleadas del hogar
El nuevo SMI también fija cantidades concretas para ciertos colectivos. En el caso de los trabajadores eventuales y temporeros, el salario mínimo por jornada legal de actividad quedará establecido en 57,82 euros. Por otro lado, las empleadas del hogar no podrán percibir menos de 9,55 euros por hora efectivamente trabajada.
Como en años anteriores, la actualización del salario mínimo no modificará la estructura ni el importe de los salarios profesionales que ya superen el SMI en cómputo anual. Esto significa que los trabajadores cuyos ingresos totales excedan el nuevo mínimo no tendrán automáticamente alteradas sus condiciones salariales por esta medida.
No obstante, deberán revisarse los salarios estipulados en contratos o acuerdos privados que, en su total anual, resulten inferiores al SMI establecido para 2026. En dichos casos, las empresas estarán obligadas a ajustar los importes para garantizar que ningún trabajador gane por debajo del nuevo mínimo legal, conforme a las normas vigentes de absorción y compensación.
Cambios en las reglas para evitar que la subida se diluya
Precisamente en materia de absorción y compensación se anticipan modificaciones. El Gobierno y los sindicatos han acordado reformar estas normativas para impedir que los incrementos del SMI se reduzcan mediante la absorción de complementos salariales, tales como pluses o incentivos que puedan formar parte del salario de los trabajadores.
Sin embargo, esta reforma no se incluirá en el mismo Real Decreto que aprobará el aumento del salario mínimo. Según fuentes del Ministerio de Trabajo, se tramitará en una normativa separada que coincidirá con la transposición a la legislación española de la directiva europea sobre salarios mínimos adecuados.

