El Tribunal de Justicia de la UE revocó la resolución del Parlamento Europeo que retiraba la inmunidad a Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí.
En 2021, esa inmunidad fue suspendida tras un suplicatorio presentado por el Tribunal Supremo español, relacionado con hechos anteriores a su elección como eurodiputados.
Tras el referéndum ilegal y la declaración fallida de independencia de Cataluña en 2017, Puigdemont, Comín y Ponsatí optaron por exiliarse en Bélgica.
El Parlamento Europeo defendió que no existían indicios de persecución política y que los cargos imputados no estaban relacionados con sus funciones como eurodiputados.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) anuló este jueves el fallo del Parlamento Europeo que levantaba la inmunidad al líder de Junts, Carles Puigdemont, y a los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí.
En septiembre pasado, el abogado general del TJUE, Maciej Szpunar, ya había respaldado la decisión de la Eurocámara de retirar la inmunidad parlamentaria en 2021, en respuesta al suplicatorio enviado por el Tribunal Supremo.
Después del referéndum ilegal del 1-O y la fallida declaración de independencia catalana en octubre de 2017, Puigdemont, Ponsatí y Comín buscaron refugio en Bélgica.
Mientras la justicia belga gestionaba las euroórdenes emitidas por el juez Pablo Llarena contra ellos, los tres resultaron electos en los comicios europeos de 2019 por la lista de Junts per Catalunya.
En enero de 2020, el entonces presidente de la Eurocámara, David Sassoli, les reconoció como eurodiputados a raíz de una sentencia del TJUE sobre Oriol Junqueras, aunque ninguno de los tres había viajado a Madrid para jurar la Constitución.
En marzo de 2021, la Eurocámara aprobó, con una amplia mayoría de 400 votos a favor, 248 en contra y 45 abstenciones, el suplicatorio sobre Puigdemont presentado por el juez Llarena.
El informe señalaba que los hechos imputados —en ese momento sedición y malversación— correspondían a un período previo a su elección en la Eurocámara y carecían de relación con sus actividades como eurodiputados.
Además, el Parlamento Europeo afirmó no disponer de pruebas que indicaran la existencia de fumus persecutionis, es decir, una posible persecución política detrás del proceso judicial.
En el recurso inicial ante el Tribunal General de la UE (TGUE), Puigdemont argumentó que el Supremo no tenía competencia para solicitar el suplicatorio. También acusó al Parlamento Europeo de no haber tratado el caso con imparcialidad y equidad ni de justificar suficientemente su decisión.
El Tribunal General rechazó todos los planteamientos del expresidente catalán, y el TJUE ha mantenido esta postura en la actualidad.
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