Conflicto en la Abogacía: el Consejo General responde a la eliminación unilateral de requisitos de colegiación en Madrid

Salvador González, presidente del Consejo General de la Abogacía, junto a la decana de Barcelona, Cristina Vallejo, el pasado 16 de diciembre./

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) manifiesta su rechazo a la decisión del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) de eliminar los certificados oficiales para la colegiación y reemplazarlos por una declaración responsable.

El CGAE advierte que, sin el certificado obligatorio, los nuevos abogados colegiados en Madrid quedarán excluidos del Censo Oficial de Letrados, a pesar de haber sido admitidos por el ICAM.

Este enfrentamiento entre el CGAE y el ICAM se suma a otras disputas, como las relacionadas con la gestión presupuestaria y el pago por servicios redundantes, que terminaron en una demanda judicial y el cese del decano madrileño como vicepresidente del Consejo.

Por su parte, el ICAM justifica la supresión de los certificados como una medida para facilitar el acceso a la colegiación y evitar gastos innecesarios, que pueden superar los 100 euros por solicitud.

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) informó al Colegio de Madrid que no aceptará ningún procedimiento de primera colegiación distinto al establecido en el Estatuto General de la Abogacía.

Dicha normativa establece que para inscribirse como abogado es necesario demostrar la ausencia de sanciones disciplinarias con expulsión y que no se está sujeto a causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para ejercer como letrado.

El encargo de emitir esos certificados corresponde al CGAE según el Estatuto.

A pesar de la claridad de esta norma, el Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) decidió unilateralmente eliminar la obligatoriedad de dichos certificados, sustituyéndolos por una ‘declaración responsable’ donde el aspirante asegura cumplir los requisitos.

Además, el ICAM solicita al CGAE que realice una «comprobación adecuada» de las declaraciones responsables presentadas.

El ICAM es la entidad colegial más numerosa en España. Solo entre el 1 de enero —fecha en que se eliminó la exigencia de certificados por parte del CGAE— y el pasado día 21, se registraron 180 solicitudes de incorporación.

El Colegio de la Abogacía de Madrid fundamenta su decisión en el deseo de «eliminar pagos innecesarios y favorecer la accesibilidad a la colegiación». La expedición de certificados tiene un coste de 165,95 euros para los nuevos colegiados ejercientes y 101,58 euros para los no ejercientes.

Respuesta del CGAE

La Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía Española ha señalado al ICAM que solo aceptará el proceso de colegiación contemplado en el Estatuto, el cual requiere el certificado mencionado y no una simple declaración responsable.

Según un comunicado emitido este miércoles, el CGAE indicó que los abogados que no soliciten y obtengan el certificado «no podrán figurar en el Censo Oficial de Letrados«, independientemente de que un Colegio haya otorgado la colegiación. La incorporación a la profesión depende de cada Colegio, pero la gestión del censo corresponde al Consejo General.

Estas resoluciones también han sido comunicadas al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, a los 83 Colegios de la Abogacía y a los decanos de las Facultades de Derecho.

«El Consejo busca asegurar así la plena seguridad jurídica en un trámite tan trascendental y de interés público como la colegiación», señala el comunicado.

Este conflicto representa la última etapa en una serie de discrepancias entre el CGAE y el Colegio de Madrid, encabezado por Eugenio Ribón.

El pasado septiembre, el ICAM presentó una propuesta para modificar los presupuestos del CGAE debido a su desacuerdo con el modelo de financiación y administración actual.

Ribón propuso reducir ciertos rubros, como dietas y sueldos directivos, propuesta que fue rechazada. El CGAE considera que esta propuesta del ICAM no contempla la realidad de otros Colegios diferentes al de Madrid ni los costes asociados a las funciones del Consejo.

Simultáneamente, el ICAM ha suspendido el pago al Consejo General de las cuotas que, afirma, corresponden a servicios duplicados ya prestados por el Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid.

La Junta de Ribón argumenta que «esos servicios redundantes carecían de justificación y representaban un perjuicio económico directo para los colegiados madrileños».

El ICAM no discute la necesidad de que los Colegios realicen una contribución trimestral al presupuesto del CGAE; sin embargo, sostiene que el importe debe ajustarse según la interpretación del Tribunal Supremo, que reconoce que existen consejos autonómicos que cumplen funciones similares a los consejos generales.

En consecuencia, el CGAE ha interpuesto una demanda contra el ICAM ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo para reclamar esos pagos.

Además, en la sesión plenaria del CGAE celebrada el 23 de enero en Cuenca, a la que no asistió Ribón, se acordó destituir al decano del ICAM como vicepresidente del Consejo, eligiendo en su lugar a Cristina Vallejo, decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona.

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