Fracaso en el intento de iniciar un proceso público en España contra Julio Iglesias por agresión sexual

Posado de Julio Iglesias en su casa de Punta Cana (República Dominicana)

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha decidido archivar la denuncia contra Julio Iglesias por presunta trata y agresión sexual, presentada por dos antiguas empleadas.

Las denunciantes, apoyadas por Women’s Link Worldwide, acusaban a Iglesias de ejercer control sobre sus vidas y de cometer delitos en sus propiedades en Bahamas y República Dominicana.

La Fiscalía concluyó que España no tiene jurisdicción, dado que los hechos ocurrieron fuera del país y no existe un vínculo territorial ni personal con España.

La resolución que determina archivar la denuncia se fundamenta en que la legislación española permite investigar delitos ocurridos fuera solo si hay conexión con España, condición que en este caso no se cumple.

La investigación para intentar llevar a Julio Iglesias (82 años), el cantante español más reconocido internacionalmente, a un proceso penal como presunto tratante de personas con fines sexuales y explotación laboral duró 18 días.

Marta Durántez, fiscal adjunta de la Audiencia Nacional y quien logró la condena de Luis Rubiales por un beso no consentido a la futbolista Jenni Hermoso, ha archivado la denuncia presentada el 5 de enero por dos ex empleadas de Iglesias, la dominicana M. A. F. y la venezolana S. A., bajo la asesoría de Women’s Link Worldwide.

Esta ONG se define como «feminista, antirracista, anticapacitista y anticolonial» y se centra en «desmantelar barreras estructurales para lograr justicia y derechos para niñas, mujeres y personas de género diverso».

Durante estos días, la imagen de Iglesias apareció constantemente en programas de televisión y radio, donde se mencionó su fama de mujeriego, su fortuna millonaria y su orientación política.

Además, su rostro fue frecuente en las portadas de diarios españoles y de otros países, puesto que es probablemente el español vivo con mayor alcance internacional.

Las denunciantes entregaron sus testimonios, manteniendo su anonimato y rostro oculto, a los medios eldiario.es y al canal latinoamericano Univisión.

Más allá de la supuesta agresión sexual, ambas imputaban al intérprete de Soy Un Truhán, Soy Un Señor un estricto control sobre sus vidas privadas durante su estancia en las propiedades de Bahamas y República Dominicana, entre enero y octubre de 2021, hace casi cinco años.

Como era previsible, esta información generó un gran impacto en América Latina, una de las regiones donde Julio Iglesias goza de mayor fama.

En lugar de acudir directamente a los Juzgados Centrales de Instrucción, Women’s Link ideó una táctica para que la Fiscalía de la Audiencia Nacional asuma la denuncia de las ex empleadas, divulgada el 13 de enero por los mencionados medios. Iglesias nunca tuvo acceso a dicha denuncia.

Esta estrategia resultó ineficaz. La denuncia fue un claro caso de forum shopping. Women’s Link eligió la jurisdicción española con la intención de aprovechar un marco legal más favorable para las denunciantes, sin haber informado previamente a las autoridades competentes en las jurisdicciones donde supuestamente tuvieron lugar los hechos: las residencias de Julio Iglesias en República Dominicana y Bahamas.

«Los hechos deben ser perseguidos por los Estados con competencia directa, pues es allí donde se cometieron y donde se encuentran las pruebas», señaló Durántez en el decreto que archiva las investigaciones preprocesales abiertas.

Esta postura ha sido reiterada por el Tribunal Supremo y la propia Audiencia Nacional: España no debe investigar hechos extraterritoriales cuando otro Estado tiene una competencia clara y efectiva para hacerlo, siempre y cuando no existan razones para omitir las acciones penales en el lugar de los hechos.

La Fiscalía española, encabezada por la jurista progresista experta en violencia contra las mujeres Teresa Peramato, tomó declaración a las denunciantes vía videoconferencia el miércoles y jueves pasados. Obtuvo un dato crucial: ninguna de ellas viajó con Iglesias a su residencia en España. Por tanto, el principio penal de territorialidad no puede aplicarse.

Tampoco avanzó la interpretación particular del principio de extraterritorialidad que defendía la ONG que acompaña a las denunciantes. Más allá de la discutible tipificación del delito de trata de seres humanos, la Fiscalía no detectó vínculo personal ni territorial con España, requisito indispensable para que la jurisdicción española pueda actuar de forma subsidiaria.

La normativa española no autoriza a sus tribunales a ejercer jurisdicción universal sin elementos de conexión territorial o personal con España.

En este caso, ni las denunciantes son españolas, ni residen en España, ni los hechos ocurrieron en territorio español, ni las autoridades de los lugares donde presuntamente sucedieron se han negado a cumplir con su investigación.

La ley española no contempla la competencia automática de los tribunales nacionales solo por el hecho de que el acusado sea español.

Además, el delito de trata acusado (al que se asociarían, por conexidad, los presuntos abusos y agresiones sexuales) requiere «siempre» que «la persona a quien se impute la comisión del delito se encuentre en España», situación que no se da en el caso de Julio Iglesias.

Al negar la jurisdicción española (como sostuvo el abogado de Iglesias, José Antonio Choclán), la Fiscalía evita pronunciarse sobre el fondo de la denuncia y remite a S. A. y M. A. F. a los tribunales de los países donde, según ellas, ocurrieron los hechos.

La resolución de la fiscal Durántez no impide que las denunciantes puedan acudir ahora directamente a la justicia, pero es poco probable que los Juzgados Centrales de Instrucción reconozcan la jurisdicción española que el Ministerio Público ha rechazado.

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