Exdirector de Seguridad de Adif absuelto y maquinista del Alvia condenado tras accidente mortal en Angrois con 80 fallecidos y 143 heridos

El tribunal determina que Francisco Garzón, el maquinista, cometió una imprudencia grave al no reducir la velocidad antes de la curva de A Grandeira; mientras que libera de responsabilidad penal a Andrés Cortabitarte, exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif

03-12-2018 Accidente del Alvia en

El 24 de julio de 2013, un tren Alvia descarriló en Angrois, cercano a Santiago de Compostela, al tomar una curva a una velocidad excesiva. Este accidente ocasionó 80 fallecidos y 143 heridos. Desde el inicio, el propio maquinista admitió que se distrajo en un tramo peligroso, cuyo riesgo había sido advertido previamente por otros conductores sin que se actualizaran las señales. La reducción de la velocidad requerida para la curva de A Grandeira, de 200 a 80 kilómetros por hora, no contaba con el respaldo del Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario (ERTMS), por lo que toda la responsabilidad recaía en el conductor del tren.

Inicialmente, tanto el maquinista como el exdirector de seguridad fueron considerados responsables

La sentencia emitida en julio de 2024 por el Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela atribuyó el descarrilamiento a dos causas: la desatención del maquinista mientras respondía una llamada del interventor, y la falta de medidas adicionales de seguridad en el tramo crítico.

Por estos motivos, el tribunal declaró culpables a Francisco Garzón, maquinista, y a Andrés Cortabitarte, exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif, condenándolos a dos años y medio de prisión por 79 delitos de homicidio – uno de los fallecidos murió posteriormente debido a una enfermedad grave agravada por el accidente – y 143 de lesiones por imprudencia grave. No obstante, 52 víctimas, una asociación de afectados, Fiscalía, Adif, Renfe, dos aseguradoras y los condenados mismos presentaron recurso contra la sentencia.

Tras el siniestro, la mayoría de las víctimas recibieron compensaciones adelantadas por aseguradoras, mientras el proceso judicial se extendía durante años. El juicio se celebró en otoño de 2022, después de una instrucción que acumuló un sumario extenso y múltiples imputaciones y desimputaciones relacionadas con Adif y Renfe. Al final, solo el maquinista y el responsable de seguridad fueron juzgados.

Las víctimas, a través de plataformas y asociaciones, destacaron la cadena de decisiones que permitió la puesta en marcha de la línea y las condiciones de seguridad vigentes. La Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF) asumió la parte técnica, aunque fue criticada por incluir personal vinculado a las empresas implicadas.

Condena al maquinista y libre absolución para el exdirector de Seguridad

La Audiencia Provincial de A Coruña emitió la sentencia definitiva respecto al accidente del Alvia, confirmando la condena al maquinista y sentenciándolo a dos años y seis meses de prisión como responsable de 79 delitos de homicidio y 143 de lesiones, todos por imprudencia grave. Por otro lado, la sala absuelve al exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif, revocando parcialmente el fallo previo.

El tribunal aprueba los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal, Adif, su aseguradora y el exdirectivo, confirmando la responsabilidad civil de Renfe y del maquinista. La aseguradora QBE tendrá que pagar más de 22 millones de euros en indemnizaciones, distribuidos en cerca de 12 millones para familiares de los fallecidos y unos 10 millones para los heridos. Además, el fallo incorpora la actualización del baremo de tráfico de 2015, ampliando el número de familiares indemnizables y aumentando las cuantías reconocidas en la mayoría de los casos.

La sala explica que el maquinista actuó con imprudencia grave al “mantener una llamada absolutamente innecesaria” mientras conducía a 200 km/h, lo cual le llevó a no cumplir con la obligación de reducir la velocidad a 80 km/h en el tramo donde ocurrió el descarrilamiento. El tribunal enfatiza que “no atendió la documentación en cabina ni prestó atención a la vía, desoyendo de forma reiterada múltiples señales visuales y acústicas”.

El maquinista del tren Alvia

El texto añade que, durante la llamada, el conductor presionó varias veces el pedal de hombre muerto, lo que impidió la activación del freno de emergencia. La Audiencia Provincial descarta que existiera una falta de formación o deficiencias en la señalización y sostiene que la desconexión del ERTMS no influyó en el accidente, dado que dicho sistema no estaba operativo en el tramo donde ocurrió el siniestro.

Respecto a la absolución del exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif, la sala concluye que no se pudo demostrar responsabilidad penal, ya que no se probó que hubiera omitido una acción concreta que debía tomar, ni que su función lo configurara como garante exclusivo del riesgo. Además, se considera que las decisiones adoptadas estaban en conformidad con los estándares técnicos nacionales y europeos vigentes entonces.

El fallo rechaza la atenuante de dilaciones indebidas, recordando que la duración del juicio se explicó por la tramitación de diligencias y recursos solicitados por las partes. Tampoco acepta la atenuante de confesión ni de reparación del daño, señalando que “los únicos pagos recibidos por las víctimas como consignaciones efectuadas por la aseguradora no representaron esfuerzo alguno para el acusado”.

La sentencia, que consta de 268 páginas, es firme y no admite recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Incluye un voto particular de una magistrada, quien disiente de la absolución del exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif. Según ella, “existía la obligación de evaluar correctamente el riesgo y no se cumplió”, resaltando que el acusado “ocupaba una posición de garante” respecto a la seguridad del tramo. También argumenta que la ubicación de la curva representaba un peligro conocido que carecía de protección técnica adecuada.

Esta resolución llega trece años tras el accidente, después de un extenso proceso judicial e investigativo que movilizó a víctimas, familiares y organismos públicos; y cinco días después del primer accidente de la Alta Velocidad en España. El fallo finaliza una de las causas más complejas y mediáticas en la reciente historia ferroviaria española.

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