El sector conservador denuncia que, una vez más, el Constitucional interviene indebidamente en las competencias del Tribunal Supremo.

El Tribunal Constitucional autorizó ayer los ‘dedazos’ en la cúpula del Ministerio Fiscal. Esta decisión se produjo con división entre la mayoría progresista y la minoría conservadora, al aceptar los recursos de amparo presentados por el fiscal Eduardo Esteban, quien ascenderá a la máxima categoría en la carrera, aunque no ocupará el puesto de fiscal de Sala de Menores.
El fallo del Pleno ha generado controversia, pues la anulación de los nombramientos de Esteban como fiscal de Sala de Menores por parte del Tribunal Supremo evidenció la parcial política de nombramientos de la ex fiscal general del Estado Dolores Delgado, basada más en relaciones asociativas, ideológicas y amistades personales que en el mérito y la competencia.
La sentencia del Constitucional, elaborada por el magistrado Ramón Sáez, corrige al Supremo al considerar que «distorsionó el régimen legal del nombramiento discrecional y otorgó un trato desigual al recurrente en amparo en el acceso al cargo, debido a su menor especialización en menores en comparación con otros candidatos». Esta postura fue apoyada por la vicepresidenta Inmaculada Montalbán y los magistrados María Luisa Balaguer, María Luisa Segoviano, Laura Díez y Juan Carlos Campos, además del ponente.
Durante la deliberación, anunciaron voto particular los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías.
En un voto conjunto, al que tuvo acceso EL MUNDO, Arnaldo, Espejel y Macías reprochan la nueva usurpación de competencias del TC frente al Alto Tribunal. «La sentencia del Tribunal Constitucional asume una función impropia al revisar un criterio razonable de interpretación de la legalidad ordinaria ejercido por el Tribunal Supremo (…) El TC sobrepasa los límites del análisis que le corresponde», afirman estos magistrados.
«Efecto desalentador»
Asimismo, en el voto particular se afirma que el fallo sobre la plaza de fiscal de Sala de Menores «generará sin duda un efecto negativo en el control jurisdiccional sobre los nombramientos discrecionales realizados por el Gobierno y las administraciones públicas, representando así un lamentable retroceso en la lucha contra las inmunidades del poder público».
Igualmente, estos magistrados critican que «el recurso de amparo constitucional, concebido como un mecanismo extraordinario para proteger a los ciudadanos frente a abusos de los poderes públicos, se convierte en este caso en una especie de contra-amparo, donde el TC, bajo el pretexto de proteger al recurrente (a quien el TS no ha vulnerado su derecho al acceso a cargos públicos en condiciones de igualdad), más bien respalda una decisión del poder ejecutivo que carece de base en los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad que deben regir cualquier nombramiento público, incluso los de carácter discrecional».
Arnaldo, Macías y Espejel señalan que existía un marco legal y una normativa interna, «que todos los aspirantes debían conocer de antemano, que establecía la importancia del mérito derivado de la especialización en materia de menores para ocupar la plaza del Fiscal de Sala, responsable precisamente de la coordinación y supervisión de la actividad del Ministerio Fiscal en protección y reforma de menores».
Eduardo Esteban carecía de experiencia amplia en Menores frente al otro candidato a la plaza, el fiscal de Sala José Miguel de la Rosa, reconocido experto en esta área. «En otras palabras, no parece sencillo dirigir, coordinar, organizar o supervisar aquello que no se domina», añade el voto particular.
«Afinidad ideológica»
De igual forma, en este voto se defiende que el Tribunal Supremo «debe fiscalizar el uso de la discrecionalidad». Además, indican que «la propuesta de nombramiento presentada por la fiscal general del Estado [en referencia a Dolores Delgado], y respaldada por el Gobierno, ahora avalada por la sentencia en cuestión, sostiene que los conocimientos en materia de menores son totalmente prescindibles para ocupar la plaza de Fiscal de Sala Coordinador de Menores. Este es, sin duda, un argumento construido a propósito para lograr designar en ese cargo no a un fiscal con la más alta cualificación y aptitud, sino a alguien cercano por supuestas razones de afinidad ideológica».
El magistrado Ricardo Enríquez también presentará un voto particular, habiendo expresado ayer en el Pleno su desacuerdo con el fallo mayoritario, al considerar que la corte de garantías se ha sustituido nuevamente por un tribunal ordinario, asumiendo funciones que corresponden a la Sala Tercera.

