Noel Hernández Ramos
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El Instituto Nicaragüense de Energía (INE) dio la espalda a los habitantes de Corn Island al rechazar el recurso de apelación que la Red de Defensa de los Consumidores introdujo contra un incremento por el orden del 75% en la tarifa de la electricidad, a solicitud de la empresa Emeci-Cipalsa de este municipio.
El Consejo de Dirección del INE decidió, en sesión ordinaria número 23, del pasado 11 de julio, no dar lugar al Recurso de Apelación interpuesto por los consumidores, porque los fundamentos que lo sustentaron carecieron de validez, con lo cual quedó agotada la vía administrativa.
Rafael Mairena, representante de los consumidores de Corn Island, manifestó que ante la negativa del ente regulador de la energía los habitantes de la isla introducirán un recurso de amparo ante la Corte Suprema de Justicia.
Indicó que el recurso de amparo será introducido a más tardar el próximo miércoles, para ver si los magistrados “toman conciencia” y valoran bien el caso, porque lo consideran una exageración, comparada con el alza del 8.32 por ciento que se aprobó para la población del Norte, Centro y Pacífico del país.
“Realmente las tarifas que están cobrando son exageradas, si las comparamos con las que teníamos, el aumento que nos impusieron fue de un 75 por ciento”, expresó Mairena.
Explicó que los ciudadanos de Corn Island introdujeron el recurso el pasado primero de junio, con la esperanza de que el INE reflexionara sobre el impacto que tendría el alza sobre la población.
“INE no nos apoya, está a favor de la empresa Cipalsa, porque él vino y le avisó a la empresa sobre esta resolución desde el 11 de junio y a nosotros hasta ahora nos dio una respuesta (viernes dos de agosto)”, señaló.
Según Mairena, el impacto del aumento tarifario ya se está sintiendo en Corn Island, y se verá aún más a partir del cinco de agosto, cuando la empresa Cipalsa quiera cobrar los recibos y la gente no tenga para pagarlos.
Las autoridades de INE informaron en su resolución que el recurso de amparo no ha lugar, ya que para la aprobación del nuevo pliego tarifario se basaron en los argumentos jurídicos, técnicos y financieros alegados por la empresa concesionaria del servicio de Corn Island.
El INE “en momento alguno ha adoptado posiciones que impliquen trato desigual y mucho menos discriminación hacia los consumidores y clientes de determinada empresa”, expresan en su resolución.
