La corte de garantías concede plenos poderes al fiscal para las promociones en la cúpula del Ministerio Público

El Pleno del Tribunal Constitucional ha aceptado este jueves los dos recursos de amparo presentados por el fiscal Eduardo Esteban frente a las sentencias del Tribunal Supremo que invalidaron su designación como fiscal de Sala de Menores, recurso interpuesto por la Asociación de Fiscales y por el fiscal de Sala José Miguel de la Rosa, competidor por el mismo puesto.
El tribunal, conformado por magistrados tanto progresistas como conservadores, revoca las dos sentencias al considerar que vulneraron el derecho fundamental del recurrente en amparo a acceder en igualdad de condiciones a funciones públicas bajo los requisitos legales, interpretado como derecho a la carrera profesional. Cuatro magistrados conservadores que participaron en la deliberación anunciaron la presentación de votos particulares.
El caso de Esteban resultó especialmente emblemático dentro de la Fiscalía, ya que puso de manifiesto la parcial política de nombramientos ejercida por Dolores Delgado en su etapa como fiscal general del Estado, fundamentada en afinidades personales y asociativas más que en méritos profesionales.
Durante su mandato, la ex fiscal general y ex ministra de Justicia de Pedro Sánchez recibió críticas severas por parte de la Carrera Fiscal debido a sus designaciones, que frecuentemente favorecieron a miembros de la Unión Progresista de Fiscales, la asociación a la que ella pertenece.
En abril de 2022, el Supremo anuló por primera vez el nombramiento de Esteban como fiscal de Sala de Menores, argumentando la ausencia de justificación adecuada en la designación y la gran diferencia entre su currículum y el del otro candidato, el fiscal de Sala José Miguel de la Rosa. No obstante, Delgado reiteró el nombramiento de Eduardo Esteban, ignorando que el Alto Tribunal había determinado que se trataba de una plaza especializada y que los expedientes de los aspirantes no eran comparables; entre otros motivos, porque De la Rosa ya ostentaba la máxima categoría fiscal al solicitar esa plaza discrecional y contaba con una extensa trayectoria en materia de Menores.
La Sala Tercera, en un hecho sin precedentes en la historia de la Fiscalía, anuló por segunda vez el nombramiento de Esteban como fiscal de Sala de Menores. En sus sentencias, los magistrados señalaron que, aunque el fiscal general del Estado puede «legítimamente considerar a ciertas personas más valiosas y adecuadas que otras (…) convertir este inevitable sesgo en un criterio explícito, objetivo y legítimo de preferencia no se ajusta a Derecho».
Ahora el TC, en dos sentencias firmadas por el magistrado Ramón Sáez, sostiene que el Supremo rechazó sin justificación suficiente la validez de los criterios presentados por la fiscal general del Estado, sin explicar qué impide considerar conjuntamente otros criterios distintos a la especialización y si los señalados por la autoridad que realizó la designación cumplían con la ley. En consecuencia, la mayoría progresista del tribunal sostiene que la resolución de la Sala Tercera desvirtuó el régimen legal del nombramiento discrecional y aplicó un trato desigual al recurrente en amparo en el acceso al cargo debido a su menor especialización en menores en comparación con otros candidatos, criterio que las sentencias impugnadas convirtieron en único y decisivo para resolver el concurso.
Además, la sentencia señala que «las plazas de fiscales de sala, es decir, de la categoría primera dentro de la carrera fiscal, están integradas específicamente en la estructura orgánica de la Fiscalía General del Estado, bajo la dirección inmediata del fiscal general, y no están vinculadas al desempeño de funciones forenses ante órganos jurisdiccionales concretos, especialmente ante el Tribunal Supremo». Asimismo, añade que el ejercicio de las «amplias funciones» que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) confiere al «fiscal general del Estado siempre ha requerido la configuración de órganos centrales directamente dependientes de él y también dirigidos por un fiscal de sala».
Han anunciado la emisión de voto particular los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías. En este recurso de amparo, se abstuvieron el presidente Cándido Conde-Pumpido y el magistrado César Tolosa.

