El Ejecutivo impone sanción de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por cargos ilegales a arrendatarios

El Ministerio de Consumo detecta cobros indebidos a los arrendatarios, seguros obligatorios ilegales y restricciones al derecho de desistimiento en los contratos de arrendamiento

Consumo inicia un expediente sancionador contra una segunda inmobiliaria por prácticas abusivas.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una sanción de 3.600.902 euros a la inmobiliaria Alquiler Seguro debido a una serie de irregularidades que incluyen cobros injustificados a los inquilinos, según informó Facua este viernes. La Secretaría General de Consumo y Juego del departamento dirigido por Pablo Bustinduy rechazó las trece alegaciones presentadas por la empresa frente a la denuncia interpuesta por asociaciones de consumidores, según comunicó esta entidad al organismo público.

Entre las prácticas investigadas figura la obligación para los inquilinos de abonar un supuesto servicio de atención que, conforme al Ministerio, ocultaba un traslado de costes que deberían asumir los propietarios tras prohibirse otro tipo de comisiones de agencia. Otro aspecto sancionado se relaciona con la contratación forzosa de un seguro del hogar que, conforme a la legislación vigente, corresponde al arrendador y no al inquilino.

El proceso también comprobó que la inmobiliaria condicionaba el alquiler a la realización de un estudio de solvencia económica como requisito obligatorio y ejercía una limitación irregular del derecho de desistimiento, restringiendo la posibilidad de los arrendatarios para resolver el contrato anticipadamente. Además, la compañía trasladaba a los inquilinos el coste total derivado de posibles reclamaciones judiciales o extrajudiciales, una carga que la normativa no contempla para ellos.

Hasta siete multas por diversas infracciones

La resolución establece la existencia de siete conductas infractoras: seis consideradas muy graves y una grave, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que regula la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y sus leyes complementarias. La sanción económica total corresponde a una multa de un millón de euros, otra de 990.900 euros, tres de 500.000 euros cada una, una más de 100.001 euros y finalmente, una sanción de 10.001 euros por la infracción grave.

Fachada de una oficina de

En marzo de este año, el Ministerio de Consumo anunció el inicio de un expediente sancionador contra una “gran agencia inmobiliaria” por posibles abusos a inquilinos en la gestión de alquileres a nivel nacional, sin revelar inicialmente la identidad de la empresa en cuestión. Posteriormente, Facua identificó a Alquiler Seguro como la firma investigada, contra la cual se presentó una denuncia en noviembre de 2023. La causa fue el cobro de honorarios a los arrendatarios, práctica expresamente prohibida por la legislación vigente tras la aprobación de la nueva normativa de vivienda. En octubre, Consumo propuso la sanción millonaria que ahora se confirma como la primera para una inmobiliaria.

Facua, que actuó como denunciante principal, indicó que la inmobiliaria solicitaba a los inquilinos un pago equivalente a un mes de alquiler más el 21% de IVA, justificándolo como un “servicio de atención al inquilino”. Entre los servicios incluidos figuraban la gestión del cambio de titularidad de suministros energéticos, asesoría jurídica sobre el contrato de alquiler y la resolución de siniestros e incidencias, tareas que generalmente corresponden al arrendador.

Alquiler Seguro podría recurrir la resolución

Frente a la sanción impuesta, la inmobiliaria tiene la posibilidad de presentar un recurso de alzada ante el ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, antes de que se dé por concluida la vía administrativa.

Alquiler Seguro ya manifestó su desacuerdo con la sanción cuando fue propuesta por el Ministerio de Consumo en octubre pasado, defendiendo la transparencia y legalidad de sus servicios. En ese momento, la empresa destacó la existencia de tres sentencias favorables, incluida una reciente del Juzgado de Primera Instancia 104 de Madrid, que rechazaron la devolución de importes relacionados con el llamado servicio de atención al inquilino, asegurando además que este servicio no fue impuesto.

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