La Mesa del Congreso ha bloqueado la reducción del IVA al 4% en alimentos básicos y su supresión en otros, medida que el Senado aprobó previamente con una enmienda presentada por el PP.
El Ejecutivo argumenta que este veto es necesario dado que la rebaja implicaría un menor ingreso de 3.780 millones de euros en el presupuesto.
Desde el PP defienden que el Congreso carece de facultades para bloquear esta medida, sosteniendo que ya forma parte del texto legal, mientras que el Gobierno respalda su decisión en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
La Mesa del Congreso afirma que la Constitución faculta al Ejecutivo para vetar enmiendas que reduzcan ingresos, incluso en el caso de presupuestos prorrogados.
La Mesa del Congreso aprobó tarde el martes el veto del Gobierno a la disminución del IVA al 4% en ciertos alimentos básicos y su eliminación en otros, después de que el Senado lo aceptara mediante una enmienda del PP. Los populares introdujeron esta medida en la Ley de servicios de atención a la clientela gracias a su mayoría absoluta durante el trámite en la Cámara Alta.
Desde el partido de Alberto Núñez Feijóo sostienen que el órgano rector del Congreso no dispone de “competencias” para avalar esta decisión. Además, señalan que el Gobierno carece de fundamentos legales para vetarla, “porque ya no se trata de una enmienda, sino de parte del texto normativo”.
Según lo establecido en la Constitución, el Ejecutivo puede vetar cualquier enmienda que genere un aumento del gasto o una disminución de ingresos respecto al presupuesto vigente. Del mismo modo, puede bloquear la tramitación de una proposición de ley por el mismo motivo. No obstante, el PP argumenta que la norma ya estaba tramitándose, dado que el Congreso lo aprobó antes de remitirla al Senado para su segunda lectura.
Al regresar al Congreso, el Gobierno presentó este martes su solicitud de veto, que la Mesa, controlada por el PSOE y sus aliados parlamentarios, aceptó. Según el PP, “lo hicieron porque saben que en el Pleno no alcanzarían los votos para revertir la reducción del IVA en alimentos básicos y, en todo caso, se expone su ansia recaudatoria, incluso afectando a familias con dificultades económicas”:
El Ministerio de Hacienda sostiene que esta medida “afectaría al presupuesto con una reducción de 3.780 millones de euros, al modificar el IVA de operaciones interiores”.
Este martes a primera hora el Gobierno presentó un escrito ante el Congreso expresando su desacuerdo con “la tramitación de una enmienda que el PP aprobó en el Senado” para la reducción del IVA aplicable a la cesta básica, cuya ratificación iba a votarse en el Pleno del jueves.
El Ejecutivo ya intentó vetar esta enmienda en el Senado, que rebaja desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2026 el IVA al 4% para carnes, pescados y conservas, y elimina el impuesto para leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas y legumbres en ese mismo periodo.
Sin embargo, la Mesa del Senado, dominada por el PP, ignoró el escrito de desacuerdo, lo que permitió que la enmienda siguiera su tramitación parlamentaria sin obstáculos en la Cámara Alta y fuese aprobada en Pleno.
Los argumentos del Gobierno, aceptados por la Mesa presidida por Francina Armengol, “se ajustan a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional”, según fuentes cercanas al PSOE.
Estas fuentes acusan a la Mesa del Senado de “desatender” deliberadamente la doctrina del TC, que, afirman, “claramente establece que el Gobierno mantiene la facultad de vetar enmiendas o proposiciones de ley pese a que los presupuestos vigentes estén prorrogados, ya sea desde esta o legislaturas anteriores”.
Este argumento no contradice las posiciones expresadas por el PP ni por el órgano de gobierno del Senado, quienes no cuestionan que las cuentas públicas vigentes fueron aprobadas hace tres años, en una legislatura distinta y bajo otras mayorías.
“Los fundamentos jurídicos del Tribunal Constitucional establecen”, explica la Mesa del Congreso, “que para los efectos del artículo 134.6 CE, lo relevante es que la aprobación del Gobierno se refiera siempre al presupuesto vigente en cada momento, en consonancia con el principio anualista contenido en el mismo artículo, entendiendo este presupuesto tanto el aprobado expresamente como el prorrogado”.
La Mesa del Congreso subraya que debe “cumplir estrictamente con la Constitución”, recalcando que la medida no forma parte de un texto legal consolidado y aprobado por alguna de las Cámaras legislativas, sino que debe seguir considerándose una enmienda.
En una nota dirigida a los medios, argumentan que la Constitución establece que “toda proposición o enmienda que suponga incremento de créditos o reducción de ingresos presupuestarios requerirá la aprobación del Gobierno para su tramitación”. Además, añaden que la Carta Magna, en su artículo 90.2, “define como ‘enmiendas’ las modificaciones al texto introducidas por el Senado”.

