El Tribunal Supremo ha impuesto una condena al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos, sancionándole con dos años de inhabilitación y una multa de 7.200 euros.
La sentencia se fundamenta en la filtración a la prensa de un correo electrónico en el que el abogado de Alberto González Amador, pareja de Díaz Ayuso, admitía dos delitos fiscales, así como en la difusión de una nota de prensa que reiteraba dicha información.
Durante el proceso judicial, agentes de la UCO indicaron la eliminación deliberada de mensajes en el teléfono móvil de García Ortiz tras darse a conocer la investigación del Supremo, destacando además la coincidencia temporal entre la recepción del correo y su posterior publicación en los medios.
El tribunal otorgó relevancia a los testimonios de la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, y de la directora de comunicación de la Fiscalía, compensando la ausencia de pruebas directas con un conjunto de indicios convergentes para fundamentar la condena.
Solo está disponible el texto de la sentencia, pero ya es oficial: el Tribunal Supremo sanciona al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la revelación de secretos. Se le impone una pena de dos años de inhabilitación junto con una multa de 7.200 euros.
En el juicio, el acusado negó rotundamente haber sido el responsable de la filtración a la prensa de un correo electrónico en el que el abogado del empresario Alberto González Amador, novio de Isabel Díaz Ayuso, reconocía ante la Fiscalía la comisión de dos delitos fiscales por parte de su cliente.
Como ha reportado EL ESPAÑOL, la Sala Segunda del Supremo, con votos no unánimes, lo condena no solo por esa filtración, sino también por la publicación de una nota de prensa donde se reafirmaba que el abogado de la pareja de Ayuso admitía el fraude tributario.
Dicha comunicación tenía como objetivo desmentir las informaciones periodísticas que afirmaban que el Ministerio Fiscal había propuesto un acuerdo a la defensa de González Amador.
En realidad, fue el propio abogado del empresario quien planteó la posibilidad de alcanzar un pacto, tal como se desprende del contenido del e-mail filtrado, también citado en la nota de prensa.
No existe prueba directa que demuestre que la filtración del correo fue realizada por García Ortiz. No obstante, la jurisprudencia está llena de sentencias basadas en un conjunto plural de indicios. Siempre que estos apuntes coincidan en una misma dirección y permitan una inferencia lógica y razonable, sin que exista otra explicación alternativa plausible.
Así ocurrió con la condena a García Ortiz, apoyada por cinco de los siete magistrados del tribunal. Durante el juicio, numerosos momentos inclinaron la balanza del Supremo hacia la condena del fiscal general.
La UCO y la eliminación de datos
Tres agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil testificaron en el juicio. Entre ellos, el teniente coronel de la UCO, Antonio Balas.
Los guardias civiles destacaron que el fiscal general eliminó mensajes almacenados en la aplicación WhatsApp de su teléfono móvil.
Gran parte del interrogatorio se centró en elborrado del teléfono del fiscal general, ocurrido el 16 de octubre de 2024, mismo día en que se supo que la Sala Penal del Supremo había iniciado una investigación contra él.
El máximo representante de la Fiscalía eliminó toda la información contenida en el dispositivo, incluyendo mensajes y llamadas de WhatsApp.
Se constató que el fiscal general mantuvo una comunicación intensa mediante esta aplicación con varios subordinados la noche del 13 de marzo de 2024.
¿Por qué? Porque se hallaron mensajes en el teléfono de la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, quien no borró su dispositivo.
Los investigadores destacaron ante el juez que la ausencia de mensajes evidenciaba que se trató de una eliminación intencional, realizada incluso en dos ocasiones.
—¿Pueden confirmar que el 16 de octubre se borraron mensajes de WhatsApp o la información existente en el móvil desde marzo?— preguntó la defensa de García Ortiz, representada por la Abogacía del Estado.
—No es posible una certeza técnica. Se adoptaron medidas para impedir esa certeza técnica— respondió el mando de la UCO
Fechas y horas
Los agentes sitúan la filtración del correo electrónico a las 23:51 horas del 13 de marzo de 2024. Es la hora en que se publica en la web de la Cadena SER la cita textual del e-mail, el conocido «ciertamente, se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública».
Este dato es clave porque García Ortiz accedió a esa comunicación justo un minuto antes de las diez de la noche.
Así, como detallaron los mandos de la UCO, entre la recepción del correo por parte del fiscal general y la difusión literal del mismo en la web de La SER transcurren «una hora y 52 minutos».
En efecto, los peritos confirmaron que «el correo que finalmente se filtra estuvo en manos del fiscal general del Estado desde las 21:59 horas del 13 de marzo de 2024».
Para los investigadores de la UCO, el correo no había sido difundido antes de las 22:10 horas, cuando se publica en La Sexta una noticia que no menciona el correo ni incluye la literalidad, sino que erróneamente lo relaciona con un delito de falsedad documental. Este texto tampoco aporta ninguna imagen del correo.
Sin embargo, según la Guardia Civil, García Ortiz ya poseía el correo cuando la Cadena SER publicó la citada transcripción.
En relación al acusado, los agentes declararon en el juicio: «Observamos que el control recae en el fiscal general, como es lógico. La Fiscalía es una institución jerarquizada».
El teniente coronel Balas añadió que, antes de la filtración del correo, existía «un precedente claro que evidencia un modus operandi consistente en recopilar información y luego divulgarla».
La nota de prensa
Como publicó EL ESPAÑOL, la Sala Segunda condena además a García Ortiz por la emisión de la nota de prensa que desmentía las noticias que afirmaban que el Ministerio Fiscal había ofrecido un acuerdo a la defensa de González Amador.
En esta nota se incluía la conocida cita textual del correo: «Ciertamente, se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública».
García Ortiz asumió la responsabilidad sobre la publicación de ese documento. La directora de comunicación, Mar Hedo, testificó en el juicio.
La dircom afirmó que ella no tenía en su poder este ni otros correos recopilados por el fiscal general aquella noche, y que la nota fue redactada, respecto al e-mail, «bajo las indicaciones» de García Ortiz.
Gabriel Rodríguez Ramos, abogado de González Amador, sostuvo que el nivel de detalle divulgado no era «necesario para desmentir ningún bulo», en referencia a las informaciones que erróneamente atribuían a la Fiscalía la intención de pactar con el novio de Ayuso.
Para Rodríguez Ramos, la nota representó un «relato institucional de confesión y culpabilidad» que vulneró la presunción de inocencia y el derecho a la defensa de su cliente.
El letrado argumentó que la difusión supuso «un sello oficial» a una información reservada que antes circulaba como rumor o filtración, institucionalizando la culpabilidad de González Amador antes del comienzo del proceso penal en su contra.
El testimonio de Lastra
La fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, declaró al inicio del juicio que reprochó directamente al fiscal general la filtración.
Narró que la mañana del 14 de marzo, un día después de la filtración, recibió una llamada de García Ortiz mientras estaba dentro de su coche.
«No le di ni los buenos días. Le pregunté: ‘¿Has filtrado los correos?'», recordó Lastra sobre esa llamada. Sin embargo, admitió no recordar si usó la forma «has» o «habéis».
Según su relato, el fiscal general respondió: «Eso ahora no importa».
Durante el juicio, García Ortiz negó que la fiscal superior le hubiese recriminado la filtración, y menos aún que él mismo la hubiese reconocido.
«No escuché esas palabras por parte de Lastra y dudo que algún fiscal se dirija de esa manera al fiscal general», afirmó el acusado.
La defensa de González Amador
Rodríguez Ramos propuso durante el juicio que García Ortiz fuera condenado únicamente por publicar la nota de prensa, acción que el acusado admitió como propia.
Es decir, el abogado planteó que ambas acciones (filtrar el correo y difundir oficialmente su contenido) pudieran considerarse conductas delictivas independientes.
Sin embargo, el Supremo condenó a García Ortiz por ambas. Según Rodríguez Ramos, el fiscal general «filtró el correo a La SER para dar pie a su relato institucional de culpabilidad».
Y posteriormente, incluyó el correo, ya público, en la nota, intentando así aliviar «su responsabilidad posterior» por la difusión de ésta.
«Desmentir que el fiscal impulsó una conformidad no exige afirmar que el investigado haya reconocido delito alguno», explicó el letrado en el juicio.
«[Que una información esté en prensa] no elimina el deber de reserva y confidencialidad del Ministerio Fiscal, que probablemente fue la falla en el diseño del acusado», concluyó.
Los periodistas
Varios periodistas testificaron ante el tribunal que tuvieron acceso al correo filtrado antes que el fiscal general y que éste no fue su fuente.
Se puede deducir que, al elegir mayoritariamente la condena, el tribunal no otorgó valor exculpatorio a estas declaraciones.
El abogado de González Amador subrayó que no existe corroboración alguna, más allá de las afirmaciones de los periodistas, de que el correo circulase antes de llegar a manos del acusado.
«No existe ningún elemento objetivo más allá de la palabra del periodista que respalde esas afirmaciones», comentó Rodríguez Ramos.
«Sufriría de impunidad cualquier revelación si bastara con que un periodista declare que el acusado no fue el responsable», agregó irónicamente el abogado.

