David Sánchez solicita al Tribunal retirar de la sentencia cualquier mención a su «participación intencionada» en la elaboración y asignación de la plaza en la Diputación de Badajoz

El abogado del acusado presenta un escrito de alegaciones donde sostiene que no ha sido condenado por este específico apartado.

David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, ha solicitado expresamente en un escrito de alegaciones presentado este jueves por su defensa ante la Audiencia Provincial de Badajoz que se le excluya de todas las menciones en la sentencia relacionadas con su implicación en la creación y asignación de la plaza como coordinador de las actividades musicales de los conservatorios, hechos por los cuales no ha sido condenado por prevaricación, aunque sí respecto al proceso de modificación de su plaza años después y «por sus preferencias personales», cambiándola a ‘Jefe de la Oficina de Artes Escénicas’.

En el apartado de ‘Autoría’ de la sentencia, se considera probado, aunque sin consecuencias penales, que el músico madrileño actuó de manera deliberada e irregular para la creación del puesto de alto cargo en la administración provincial. El tribunal, que condenó unánimemente a los once procesados en el caso, señala que David Sánchez tuvo «conocimiento previo de que el puesto se había creado para él«, se presentó a la convocatoria, y realizó la entrevista para simular la formalidad legal del proceso, siendo el principal beneficiario al lograr que las condiciones de su plaza se adecuaran a sus referencias personales, como no tener que asistir diariamente a su despacho y dedicarse a la ópera… presentó la solicitud correspondiente en el concurso de méritos para adjudicarse la plaza, participó en el proceso selectivo manipulando documentos». Esto es, para el tribunal hubo una «cooperación necesaria», pero no puede ser condenado en este capítulo (sí en el relativo a la modificación del puesto laboral) por «haber prescrito» al inicio del juicio y porque tampoco se acredita el «tráfico de influencias».

Emilio Cortés, abogado defensor del músico, apunta en su escrito que se detecta «una contradicción evidente en el pleno entendimiento de la sentencia». En este sentido, y al quedar exonerado del primer delito relacionado con la creación de la plaza debido a la prescripción (que ocurrió en 2017, mientras que la condena fue por hechos de octubre de 2022), el letrado no interrogó al hermano del presidente durante el juicio sobre estos sucesos, «precisamente por la prescripción mencionada, que hacía inútiles sus explicaciones». Por ello, su abogado considera que dicha parte de la sentencia respecto a su cliente quedó «fuera del proceso», y no comprende por qué se le menciona en esa sección de la resolución.

De hecho, en otro apartado, los tres magistrados destacan que David Sánchez «colaboró realizando actos esenciales«, enumerando varios: «presentó la solicitud en el concurso de méritos para adjudicarse la plaza creada para él; participó en el proceso selectivo realizando maniobras documentales y desvió, incumpliendo el contrato de coordinador de actividades de los conservatorios, hacia actividades operísticas sin relación con el cargo inicial, solicitando y logrando que, aprovechando el cambio de designación del puesto, se crease otro totalmente diferente, aunque él permanecía como titular y beneficiario«.

Por otro lado, el abogado también reclama que se precise el pago de las costas de su cliente, señalando que existe una contradicción en la distribución de las mismas entre los once condenados: «El Fundamento de Derecho Décimo reparte la mitad de las costas en duodécimas partes, mientras que la sentencia asigna a los demás acusados una décima parte cada uno», salvo al ex presidente de la Diputación, Miguel Ángel Gallardo (quien tiene una pena doble), «por lo que solicitamos igualmente que se rectifique esta contradicción».

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