Presenta un documento en el que afirma que la actuación fue «desproporcionada» y que vulneró sus derechos fundamentales

Leire Díez, imputada en el caso de las cloacas del PSOE, intenta anular pruebas clave dentro de la investigación judicial. La conocida como «fontanera» del PSOE ha presentado un escrito ante la sección de instrucción del tribunal central de instancia número 5 donde solicita la nulidad de la incautación de su teléfono móvil, agendas, cuadernos, ordenador y otros dispositivos electrónicos efectuados por la UCO durante los registros en sus domicilios, así como la anulación de su detención en 2025.
En un documento al que ha accedido EL MUNDO, Díez reclama la anulación de todas esas pruebas obtenidas y, en consecuencia, de las actuaciones procesales, diligencias y resoluciones judiciales derivadas tanto de la incautación como del análisis del contenido de esos dispositivos personales.
El escrito, redactado por su abogada Eva María Bejarano, se basa en la tesis de que la detención de Díez el pasado 10 de diciembre de 2025 en el Paseo de la Castellana de Madrid fue «desproporcionada, injustificada y no ponderada», lo que, según la defensa, la convierte en «ilegítima y nula de pleno derecho por violación del artículo 17 de la Constitución al haber privado a la investigada de su derecho fundamental a la libertad sin causa justificada».
Se cuestiona por qué no fue suficiente su citación para comparecer voluntariamente ante la policía o el juzgado, siendo que la causa contra ella llevaba un año abierta y «nunca antes se había requerido su detención». Sin embargo, ese día se produjo dicha detención, sin que existiera una «conducta delictiva flagrante» que lo justificara.
La detención de Díez llevó a que la UCO se incautara de los objetos que portaba y, paralelamente, efectuara registros en varios domicilios que la imputada posee en Madrid, Vizcaya y Cantabria, confiscando durante estas actuaciones dispositivos físicos y electrónicos, libretas y agendas.
Según la defensa, los agentes de la UCO recolectaron los objetos «sin aplicar ningún tipo de medida ni control sobre los elementos incautados», llevándose, simplemente, «lo que consideraron pertinente».
La argumentación de Díez para solicitar la nulidad de esas pruebas afirma que cuando los agentes de la UCO entraron en los domicilios de la exmilitante del PSOE lo hicieron «sin autorización judicial y sin presencia de una actuación delictiva flagrante». El escrito detalla que «confiscaron todos sus archivos físicos y electrónicos, móviles, ordenadores, libretas, cuadernos y dispositivos con información privada de Dña. Leire, tanto personal como profesional, y también de su familia, sin hacer distinciones ni adoptar medidas para proteger los derechos de la investigada. Esta arbitrariedad injustificada responde a la ausencia de autorización judicial que justificara la entrada, indicara los motivos del registro, especificara qué elementos debían incautarse o demonstrara la necesidad de dicha medida para esclarecer la causa o en base a qué conducta delictiva concreta imputada a Dña. Leire se llevaba a cabo. Por ello, los agentes de la UCO incautaron todo dispositivo físico y/o electrónico que encontraron sin discriminar ni evaluar su contenido».
Por consiguiente, concluye que se violaron sus derechos ya que la entrada en un domicilio debe realizarse por «motivos de comisión flagrante de delito», y que en este caso «no concurre», enfatiza, dado que las entradas y registros en las viviendas se dieron simultáneamente a su detención, que fue «sorpresiva y en vía pública, sin existir delito flagrante».
El escrito de Díez agrega que si la detención es nula, «todo lo derivado de ella también debe anularse». «Se requiere una autorización judicial expresa que justifique la injerencia en las comunicaciones», subraya.
Además, considera que el acceso completo a la información almacenada en todos los dispositivos telefónicos, electrónicos y físicos (agendas, cuadernos…) resulta «completamente desproporcionado, no cumple con el objetivo de descubrir delitos o asegurar responsabilidades de los presuntos implicados, ni está justificado por la interceptación de un delito flagrante, por lo cual vulnera los derechos fundamentales de la investigada».
La defensa mantiene que la UCO «no contaba con autorización» para incautar y, mucho menos, para acceder a todo el contenido de los dispositivos incautados tanto en ese momento como durante las entradas y registros realizados de forma paralela a la detención.

