El juez de El Hierro ordena la expulsión de 85 senegaleses mientras el TSJ confirma que no hay menores entre ellos

El máximo tribunal canario confirma que la joven fue declarada como mayor de edad tras realizarse una prueba ósea y niega que el juez aprobara el ingreso de una menor en internamiento.

Salvamento Marítimo escoltando un cayuco hasta el puerto de la Restinga

El juez Antonio Mazuecos, titular del Tribunal de Instancia de Valverde, autorizó el internamiento preventivo de 85 ciudadanos senegaleses que arribaron esta semana a La Restinga en un cayuco procedente de Gambia. Esta medida permite que la Policía traslade a estas personas a un Centro de Internamiento de Extranjeros durante el periodo estrictamente necesario para gestionar su devolución, con un tope máximo de 60 días.

Las resoluciones implican que 85 individuos recién llegados a Canarias afrontan una privación administrativa de libertad que puede mantenerse hasta dos meses, sin haber sido condenados por delito alguno.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias contactó con EL MUNDO tras la publicación del medio sobre la posible presencia de una menor entre los afectados por las órdenes de internamiento. El tribunal sostiene que esa información no corresponde con los hechos y rechaza que se haya autorizado la entrada en un CIE de una joven menor de edad.

Según la versión aportada por el TSJ, la joven indicó durante su filiación que era menor y fue enviada al Hospital de Valverde para efectuar pruebas de determinación de edad. El resultado de una radiografía de la muñeca izquierda concluyó, siempre según el órgano judicial, una «edad ósea superior a los 18 años» debido a la ausencia de cartílago de crecimiento y cierre de las epífisis.

La autorización para el internamiento cuenta, según el TSJ, con un informe favorable de la Fiscalía, un reporte médico escrito y el soporte radiológico facilitado por el hospital. La joven permanece en el CATE de San Andrés mientras continúan abiertas las diligencias, gestionadas por el juez de Valverde, Antonio Mazuecos, y el magistrado Antonio Doreste.

El tribunal añade que todas las personas que generan dudas acerca de su edad son remitidas a una valoración médica y que, entre los pasajeros del mismo embarcación, se determinó que dos eran menores. El juzgado no ha proporcionado el reporte médico completo al tratarse de parte de un expediente judicial.

La aclaración judicial no disipa las incertidumbres expresadas por fuentes de El Hierro. Una residente en la isla que habitualmente acompaña a migrantes declara que la joven afirmó ser menor desde el inicio, portaba pasaporte y partida de nacimiento con 2009 como año de nacimiento y que su hermana respalda esta versión. Este diario no ha podido acceder a dichos documentos ni corroborar su autenticidad.

La joven también habría manifestado que huyó de Senegal para escapar de un matrimonio forzado y de la violencia de género que sufría por parte de su esposo. Este relato fue confirmado por una hermana ante una fuente de este medio en El Hierro. No ha sido posible verificarlo directamente con la afectada ni conocer si esta información fue remitida a Fiscalía o incorporada a las diligencias.

María Meilán, médica forense jubilada con años de experiencia en el Instituto de Medicina Legal de Gran Canaria, considera que una radiografía de muñeca no debe ser el único elemento para decidir si una persona debe ser tratada como adulta. Según su criterio, el protocolo exige un reconocimiento físico y una evaluación personal antes de recurrir a pruebas de maduración ósea o dental.

Meilán distingue entre el informe de un radiólogo clínico y la valoración médico-legal que debe realizarse cuando de ello depende un internamiento. El radiólogo describe la imagen y el estado de maduración ósea observado. El forense debe examinar a la joven personalmente, revisar la documentación presentada y evaluar el margen de error antes de emitir una opinión sobre la edad. «El informe de los radiólogos nunca debe sustituir al peritaje forense«, asegura. Respecto a algunos procedimientos aplicados a migrantes, resume su crítica con firmeza: «Es una chapuza».

La Ley de Protección Jurídica del Menor establece que mientras no se pruebe la mayoría de edad, la persona debe ser tratada como menor. También exige a la Fiscalía justificar por qué un pasaporte o documento similar no es confiable antes de ordenar pruebas médicas.

El protocolo estatal permite el uso de estudios de maduración ósea, pero requiere previamente un examen físico y personal del individuo evaluado. El informe debe detallar qué pruebas se realizaron, quién las efectuó, el margen de error y el rango de edad resultante de la valoración. No es obligatorio que este examen sea firmado por un médico forense, aunque el protocolo prevé su participación para realizar, complementar o revisar los dictámenes médicos.

La certificación difundida por el TSJ, limitada a indicar que la radiografía mostró una «edad ósea mayor de 18 años», no aclara si el informe completo incluye una exploración física previa, un rango de edad, el margen de error, el consentimiento informado o una valoración de la documentación que, según fuentes de El Hierro, portaba la joven.

La Ley de Extranjería prohíbe el ingreso de menores en un CIE. Si una persona es menor y viaja sola, debe quedar bajo tutela de servicios de protección. Por ello, la declaración de mayoría de edad es fundamental en este caso.

El protocolo estatal relativo a menores extranjeros no acompañados establece que una pasaporte o documento de viaje original expedido por autoridades extranjeras es, en principio, suficiente para reconocer la minoría de edad, salvo que presenten indicios de falsificación, alteraciones u otros motivos específicos que cuestionen su fiabilidad. Cuando se rechaza esa documentación, el expediente debe registrar qué documentos portaba la persona y por qué motivo se ordenaron pruebas médicas.

El Defensor del Pueblo advirtió en 2021 sobre las deficiencias detectadas en estos procesos. La institución recalcó que la valoración no puede basarse únicamente en el aspecto físico, sino que debe considerar la madurez psicológica, realizarse con criterios científicos e imparciales y respetar la dignidad de la persona. Ante una duda razonable, agregó, debe aplicarse el beneficio de la duda y tratarse a la persona como menor hasta el cierre del procedimiento.

La situación en El Hierro añade otra incógnita. El médico forense titular de la isla se jubiló hace unos meses y desde entonces no hay un profesional permanente de medicina legal. Esta ausencia no permite confirmar que no haya intervenido un forense en este expediente, pero genera dudas sobre quién realizó la valoración completa, si se efectuó un reconocimiento físico y qué facultativo validó el informe remitido a Fiscalía.

A la controversia sobre la edad de la joven se suma la capacidad real de El Hierro para gestionar, en pocos días, decenas de expedientes de internamiento y devolución. Una fuente conocedora de la situación afirma que el juzgado de Valverde estuvo tres días abocado a estas diligencias.

Según su relato, el único juzgado de la isla quedó saturado por una operación que afecta a 85 personas. «No es cuestión de culpabilidad. La realidad es que aquí hay un solo juzgado para toda la actividad judicial de la isla y no da abasto», señala. La fuente apunta que la estructura disponible en El Hierro está preparada para la primera atención tras la llegada, la asistencia sanitaria, la identificación y la atención a personas vulnerables, pero no para procesar decenas de comparecencias judiciales concentradas en un corto plazo relacionadas con internamientos y devoluciones.

Asimismo, cuestiona las condiciones en que se brindó la asistencia legal y la interpretación. Según asegura, parte de las actuaciones se habrían realizado por vía telemática debido a las dificultades para trasladar abogados de oficio e intérpretes a la isla y coordinar los traslados entre el CATE y el juzgado. Este medio no pudo comprobar de manera independiente cómo se desarrollaron todas las asistencias legales ni si hubo intérpretes en cada comparecencia.

«La logística no ayuda, pero el sentido común parece que tampoco«, concluye. A su juicio, centralizar en El Hierro una tramitación de esta escala puede generar problemas adicionales, sobre todo cuando entre los llegados se incluyen perfiles vulnerables, mujeres y posibles menores.

La fuente recuerda que se realizaron anteriores internamientos de ciudadanos pakistaníes llegados en cayuco desde Mauritania, también tras comparecencias celebradas en El Hierro y con posteriores traslados a un CIE. Sin embargo, sostiene que este caso no tiene comparación por el volumen de expedientes gestionados simultáneamente y por ocurrir en las primeras semanas de aplicación del nuevo Pacto Europeo de Migración y Asilo.

La medida judicial se adoptó apenas dos semanas después de la puesta en marcha del Pacto Europeo de Migración y Asilo, que refuerza los controles en las fronteras exteriores de la Unión y prioriza los procesos de retorno. El auto se dictó amparándose en la Ley de Extranjería española, pero coincide con un momento en que Europa sitúa las devoluciones en el núcleo de su política migratoria.

Las órdenes no fueron emitidas en un solo auto colectivo. Cada resolución fue notificada individualmente, con el nombre y NIE de la persona afectada. Todas siguen la misma fórmula:

«SE AUTORIZA el internamiento cautelar de XXXXXXX (NIE XXXXX) en un centro no penitenciario durante el tiempo estrictamente necesario para tramitar la devolución, sin que en ningún caso exceda los sesenta días.

Durante ese periodo, las funciones de control judicial del internamiento previstas en el artículo 62.6 de la L.O. 4/2000 se atribuirán provisionalmente a la plaza número 1 del Tribunal de Instancia de Valverde».

La autorización judicial no garantiza la ejecución de las devoluciones. Interior debe confirmar la identidad y nacionalidad de cada persona ante las autoridades senegalesas y obtener los salvoconductos necesarios para su embarque en un vuelo de retorno. Sin esta documentación, la devolución no puede llevarse a cabo.

Mientras tanto, las 85 personas permanecerán privadas de libertad en un CIE, habiendo ya abandonado El Hierro.

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