El Supremo impone 24 años a Ábalos y 19 a Koldo García, mientras reconoce la cooperación de Aldama con la Justicia

Es la primera condena definitiva que afecta a la corrupción dentro del Ejecutivo de Pedro Sánchez.

El Supremo impone a Ábalos 24 años de prisión, a Koldo 19 y a Aldama 4 por el 'caso mascarillas'

Se trata de la primera sentencia definitiva en un importante caso de corrupción vinculado al Gobierno de Pedro Sánchez. El Tribunal Supremo ha sentenciado a 24 años de cárcel al ex ministro de Transportes y antiguo secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, a 19 años a su ex asesor Koldo García y a 4 años y medio al empresario Víctor de Aldama dentro del marco del caso mascarillas.

Ábalos y Koldo han sido condenados por participación en organización criminal, cohechos, malversación y tráfico de influencias. En cuanto a Aldama, la Sala reconoce una atenuante muy cualificada por su confesión y su colaboración «significativa» con la Justicia. El Supremo decide reducir su condena en dos grados por los delitos de organización criminal y cohecho continuado, además de un grado en el resto de cargos atribuidos. Ninguna pena supera los dos años de prisión, lo que permite la suspensión de su cumplimiento al tratarse de una primera condena.

La atenuante muy cualificada fue considerada por el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, aunque la fiscal general del Estado, Teresa Peramato, no solicitó su aplicación en las conclusiones finales del juicio.

Además, la Sala ha decretado la suspensión de la ejecución de la pena para Aldama, condicionada a su contribución en la investigación de los delitos, a la obligación de no reincidir, a la presentación de un informe semestral de actividades y a realizar un año de trabajos en beneficio de la comunidad. Durante la resolución, el Supremo destaca la colaboración brindada por Aldama, instando expresamente a quienes están vinculados a prácticas corruptas a cooperar con la Justicia para descubrir la corrupción.

Los acusados presenciaron la lectura pública del fallo este lunes, a cargo de la letrada de la Administración de Justicia en la sede del Alto Tribunal. Ábalos y Koldo participaron por videoconferencia desde la prisión de Soto del Real (Madrid), mientras que Aldama estuvo presente junto a su abogado. Según fuentes jurídicas, este último acusado mostró una evidente emoción al escuchar las penas impuestas. Aldama se abrazó con fuerza a su defensor, José Antonio Choclán, quien logró evitar que ingrese en prisión gracias a la ayuda ofrecida a la Justicia.

Víctor de Aldama y su abogado José Antonio Choclán, este lunes, al salir del Supremo.

Unanimidad en la Sala

La decisión, tomada por unanimidad por los siete magistrados que componen el tribunal y bajo la ponencia del presidente Andrés Martínez Arrieta, considera que los tres acusados constituyeron una organización criminal con distribución clara de roles, que cometió graves delitos de corrupción.

La Sala considera probado el pelotazo con las mascarillas en el peor momento de la pandemia de Covid, durante el cual Ábalos favoreció al empresario Aldama a cambio de que éste financiara su elevado nivel de vida, pagando, por ejemplo, un piso de lujo destinado a su ex amante, Jésica Rodríguez, en la Plaza de España de Madrid. También incluye la colocación de amigas cercanas del ex ministro en empresas públicas vinculadas al Ministerio de Transportes.

Asimismo, se acreditan pagos mensuales de 10.000 euros a Ábalos para ‘gastos fijos’, el contrato de alquiler con opción a compra entre Aldama y Ábalos de un inmueble en Madrid, y el alquiler de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción, también con opción de compra, vinculadas a gestiones relacionadas con la publicación de una nota de prensa sobre el rescate de Air Europa y la concesión de una licencia de hidrocarburos.

En la sentencia, la Sala resalta el «grave daño» que la corrupción provoca en la confianza ciudadana hacia el sistema político, afectando directamente la «estructura democrática» del Estado.

El tribunal sostiene que este fenómeno representa una fractura del «modelo de organización diseñado para la gestión de asuntos con repercusión patrimonial,» que no solo implica un delito económico, sino que impacta en la integridad de organizaciones públicas y privadas, además de minar la confianza en su correcto funcionamiento. «En numerosos casos, se convierte en un mecanismo para acceder, mantener o explotar el poder con fines ilícitos: eludir controles institucionales, apropiarse de recursos públicos, manipular decisiones administrativas o condicionar políticas públicas en beneficio propio o de terceros. Su gravedad reside en que erosiona las bases del Estado democrático, distorsionando el propósito del poder público y transformándolo en un instrumento al servicio de intereses particulares. El efecto más preocupante es el deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político, al romper la expectativa de que el poder democrático se ejerce en favor de toda la ciudadanía», afirma la sentencia.

Una organización criminal en el Gobierno

La Sala indica que en este caso, quien «vulnera las normas del cargo es, entre otros, una autoridad estatal de especial relevancia, en su papel de ministro del Gobierno de España y, simultáneamente, secretario de organización del partido que sostiene al Gobierno, en referencia a Ábalos».

«Los actos revisados no solo buscan un beneficio personal, sino que se realizan desde el ejercicio del poder público y político en el nivel más alto de los órganos constitucionales, como el Gobierno, que según el artículo 97 de la Constitución, dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar, y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria conforme a la Constitución y las leyes,» añaden los magistrados.

Por ello, estos actos corruptos no son únicamente delitos con contenido patrimonial o faltas cometidas por «malos servidores públicos», que ocasionalmente incumplen sus obligaciones. «Son conductas estrechamente ligadas al ejercicio de la autoridad política y, por ello, tienen un potencial desestabilizador mucho mayor. Especialmente en casos como el que se juzga, son acciones que minan la estructura democrática de nuestro Estado social y democrático de Derecho, establecido en el artículo 1.1 de la Constitución, como también destacó el Ministerio Público en su informe final al señalar que la corrupción estaba socavando nuestro sistema democrático», subraya la sentencia.

«La corrupción, en estos casos, actúa como un fenómeno que distorsiona el fin del poder, debilita los contrapesos institucionales y pone en riesgo la igualdad de los ciudadanos ante la ley,» concluye el Supremo.

En la sentencia, el tribunal establece penas efectivas de 16 años y medio para el ex ministro de Transportes y de 15 años para su ex asesor. Desde el 27 de noviembre pasado, el ex ministro Ábalos y su ‘alter ego’ Koldo García están internados en la prisión de Soto del Real, desde donde no saldrán en los próximos años.

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