En 2005, Zapatero estableció un código ético que prohibía aceptar obsequios de joyas similares a las encontradas en su caja fuerte.

El expresidente Zapatero, el pasado 1 de mayo en Cártama (Málaga), durante un acto de campaña de las elecciones andaluzas. Las claves

En 2005, Zapatero instauró un código ético que impedía a los altos cargos aceptar presentes valiosos, como joyas.

La UDEF descubrió en la caja fuerte de Zapatero joyas tasadas por un perito judicial en más de 1,3 millones de euros.

Zapatero deberá comparecer ante el juez por supuestos delitos de tráfico de influencias, blanqueo, delitos fiscales y contrabando.

El entorno de Zapatero sostiene que una gran parte de las joyas proviene de una herencia de su esposa, aunque carecen de documentos que verifiquen su origen legal.

José Luis Rodríguez Zapatero aprobó, tras asumir la presidencia en La Moncloa, un código ético que prohibía a los miembros del Gobierno y altos funcionarios de la Administración aceptar obsequios de elevado valor, como las joyas con rubíes y diamantes encontradas por la UDEF en su caja fuerte.

Este reglamento fue aprobado el 3 de marzo de 2005 por el Consejo de Ministros, entonces presidido por Zapatero, y se denominó «Código de buen gobierno de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado».

El primer artículo establece que la conducta de dichos responsables debe ajustarse a los «principios éticos» tales como «objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, credibilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia y honradez«, entre otros.

El artículo 3.6 señala que deben «rechazar cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía o préstamos u otros beneficios económicos que puedan afectar el desempeño de sus funciones».

El texto añade que ante obsequios de mayor valor institucional, «deben integrarse al patrimonio del Estado«, conforme a la Ley 33/2003.

Según la versión presentada por el equipo de Zapatero, gran parte de las 103 joyas confiscadas por la UDEF provendrían de una herencia familiar recibida por su esposa, Sonsoles Espinosa, aunque algunas podrían ser regalos obtenidos en ciertos viajes.

Luis Arroyo, portavoz de Zapatero, se refirió a ellas como las «joyas de la abuela» y afirmó que un «experto» las valoró entre «30.000 y 50.000 euros«.

No obstante, el informe pericial solicitado por el juez José Luis Calama fijó ahora su tasación en más de 1,3 millones de euros.

El expresidente está citado a declarar los días 17 y 18 de junio ante el juez Calama, momento en que deberá explicar el origen de estas joyas.

Actualmente está imputado por cuatro delitos: tráfico de influencias, blanqueo, delito fiscal y contrabando (por no declarar las joyas a Hacienda al introducirlas en España).

Fuentes gubernamentales consultadas por EL ESPAÑOL creen que los últimos dos delitos podrían estar prescritos.

Para ello, Zapatero tendrá que presentar pruebas documentales que demuestren que recibió las joyas antes de 2021 (ya que el delito fiscal y el de contrabando prescriben a los cinco años).

En caso de que las joyas fueran regalos recibidos durante algún viaje oficial en su mandato, habría incumplido el código ético que él mismo instauró en el Consejo de Ministros.

Si la recepción fuera posterior, durante sus frecuentes visitas a Venezuela y China, el juez podría interpretarlas como dádivas o pagos relacionados con negocios en esos países.

Como ha reportado este diario, los regalos provenientes de fuera de la Unión Europea deben declararse a la Agencia Tributaria, además de estar sujetos al pago del IVA de importación del 21% y a los aranceles correspondientes sobre su valor real.

Sin embargo, al ser consultado por EL ESPAÑOL, el entorno de Zapatero declaró que el expresidente no mantiene «ningún documento que acredite el origen de las joyas, su entrada legal en España ni la titularidad formal de los lotes».

El código ético promovido desde su Gobierno también señalaba en su artículo 2.7 que los altos cargos «no influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa ni cuando ello implique un privilegio para ellos o sus familiares».

Esta es justamente la conducta que el juez Calama atribuye a Zapatero: haber utilizado su influencia sobre el Gobierno de Pedro Sánchez para facilitar el rescate de 53 millones de euros públicos a la aerolínea Plus Ultra.

A cambio, el intermediario Julito Martínez obtuvo una comisión del 1% que, según agentes de la UDEF, fue a parar a las cuentas de Zapatero y de sus dos hijas.

Por ello, la UDEF sostiene que Julito Martínez actuaba como un simple «testaferro» de Zapatero.

No obstante, tras dejar el Gobierno en 2011, Zapatero dejó de estar sujeto al código ético que él mismo instauró.

El artículo 2.3 del mismo código define que existe conflicto de intereses cuando altos cargos intervienen en decisiones que afectan simultáneamente a su cargo público y a intereses privados propios, de familiares directos o compartidos con terceros.

Cabe destacar que este código de conducta, presentado en 2005 como un ejemplo de buena gestión en su Gobierno, no incluía un régimen sancionador para quienes incumplan sus normas.

Tanto los actuales miembros del Gobierno como los expresidentes permanecen, sin embargo, sujetos al Código Penal.

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