Los trabajadores que no aprobaron la prueba tendrán derecho a una indemnización si se demuestra un uso indebido de sus contratos

El Tribunal Supremo ha establecido un criterio respecto al uso excesivo de temporalidad en las administraciones públicas, determinando que los interinos y empleados temporales solo podrán acceder a la condición de fijos si previamente superaron una oposición para un puesto estable, aunque no alcanzaran plaza.
La Sala de lo Social descarta que la contratación temporal abusiva conduzca de forma automática a la consolidación en un empleo fijo sin haber pasado una prueba basada en los principios de igualdad, mérito y capacidad. Para quienes no reúnan este requisito, la solución será una compensación económica y la derivación del caso a la Inspección de Trabajo.
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La sentencia, dictada por el Pleno de la Sala Social del Supremo el 11 de mayo de 2026, clarifica cuándo el exceso de temporalidad puede justificar la transformación del contrato temporal en indefinido. El tribunal señala que no basta con la concatenación de contratos temporales por tiempo prolongado, sino que se exige un requisito previo: haber aprobado un proceso selectivo para personal fijo.
El Alto Tribunal sostiene que otorgar automáticamente la condición de fijo a trabajadores temporales que no hayan superado un proceso regular de acceso al empleo público contravendría la Constitución y el Estatuto Básico del Empleado Público. En concreto, se vulnerarían los principios de igualdad, mérito y capacidad que regulan la entrada a plazas públicas, impidiendo la competencia equitativa entre aspirantes.
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Cuándo sí podrán convertirse en fijos
La conversión a fijo solo procede en una circunstancia específica. El Supremo establece que se aplicará cuando una persona haya participado y superado un proceso selectivo para la contratación de personal fijo, pero no haya obtenido plaza debido a que existían más aprobados que puestos disponibles. En estos casos, si firma contratos temporales posteriores y se acredita abuso de temporalidad, la relación laboral podrá declararse como fija.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha afirmado que el acuerdo suscrito este jueves entre el Gobierno, UGT y CSIF, el cual contempla un aumento salarial del 11% para los funcionarios entre 2025 y 2028, es un «muy buen acuerdo» y ha agradecido a las organizaciones sindicales su esfuerzo y paciencia para cerrar un pacto para 3,5 millones de trabajadores. (Fuente: La Moncloa)
En estos supuestos, el tribunal interpreta que la conversión no infringe la ley, ya que el trabajador ha demostrado su aptitud mediante un proceso de acceso regulado al empleo público. Además, el posterior abuso refleja, según la doctrina del Supremo, una carencia estructural de trabajadores en la administración correspondiente.
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La resolución se adopta conforme al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 14 de abril de 2026 en el asunto Obadal, que respondió sobre el abuso en la contratación temporal dentro del sector público.
Indemnización para quienes no superaron la prueba
Para los trabajadores temporales que no hayan superado un proceso selectivo de estas características, el Supremo niega la conversión automática en fijos. En cambio, considera que las soluciones apropiadas para enfrentar y reparar el abuso de temporalidad deben ser otras.
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La principal medida será el pago de una indemnización, que deberá calcularse según los criterios establecidos por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Además, cuando una sentencia constate un uso abusivo de la temporalidad, se remitirá copia del fallo a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el procedimiento sancionador correspondiente.
Con este criterio, el Supremo busca equilibrar la protección a los trabajadores afectados por contratos temporales abusivos con las normas que regulan el acceso al empleo público. Así, reconoce que el abuso debe tener consecuencias, pero limita la condición de fijo a quienes ya hayan superado una prueba selectiva para puestos estables.
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El caso concreto
La sentencia aplica este principio al caso de una trabajadora que había superado el proceso selectivo para personal fijo, aunque no logró plaza. Más adelante, la administración utilizó contratos temporales de forma reiterada, generando un abuso de temporalidad. Por ello, el Supremo considera que su relación laboral debe ser reconocida como fija.

