Zapatero cuestiona la validez de los WhatsApp en la causa al poner en duda la autorización judicial para acceder al disco duro original

La defensa del expresidente afirma no haber localizado la resolución que autorizaba el acceso al contenido del dispositivo y advierte que podría solicitar la nulidad de dichas pruebas por posible vulneración de derechos fundamentales

El expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero (Alberto Ortega / Europa Press)

La defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ha centrado la atención en una de las pruebas que sostienen la investigación relacionada con el rescate de Plus Ultra. En un documento al que tuvo acceso Infobae, sus abogados solicitan al juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama que pida a la Fiscalía Anticorrupción que precise cuál es la resolución judicial que autorizó el análisis del disco duro denominado CRUCIAL, de donde provienen conversaciones de WhatsApp adjuntadas a la causa. El propósito es evidente: verificar si ese acceso contó con la autorización judicial requerida por la ley y, en caso negativo, impugnar la validez de esas pruebas.

La defensa sostiene que, tras revisar el expediente, no ha hallado el auto que, según su criterio, debió haber autorizado expresamente tanto el acceso al contenido del dispositivo como el análisis de las conversaciones privadas utilizadas posteriormente por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) y la Fiscalía Anticorrupción. Por ello, pide que sea el propio juez quien requiera al Ministerio Público identificar dicha resolución y especifique en qué procedimiento fue dictada.

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El escrito, presentado el 22 de junio y añadido ahora a la causa a través de una providencia emitida este 20 de julio, afirma que esta autorización es crucial para garantizar el derecho a la defensa de Zapatero y corroborar que la obtención de la prueba cumplió con las garantías procesales establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El trayecto de un disco duro que terminó sosteniendo parte de la investigación

Para justificar la necesidad de esa autorización, la defensa reconstruye el origen del disco duro CRUCIAL. Según su exposición, ese dispositivo contiene parte del material digital intervenido durante las entradas y registros realizados el 24 de octubre de 2024, en cumplimiento de una Orden Europea de Investigación emitida por Francia y una comisión rogatoria proveniente del cantón suizo de Ginebra.

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De acuerdo a la defensa, tras las primeras diligencias impulsadas por la Fiscalía, una copia del disco duro CRUCIAL quedó bajo custodia del Ministerio Público. A partir de ese momento, afirma el escrito, la UDEF comenzó a examinar la información almacenada en el dispositivo, que incluía documentos incautados tanto en el despacho como en el domicilio del abogado Miguel Palomero de Juan, además de conversaciones de WhatsApp y datos extraídos de varios teléfonos móviles analizados por Europol.

Este material, siempre según el escrito, no se limitó a dichas diligencias. Las conversaciones fueron incorporadas en varios informes policiales, sirvieron de base para denuncias posteriores de la Fiscalía y terminaron formando parte de otras investigaciones abiertas en España. Entre ellas destaca el conocido chat “Danilo-España”, al cual el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid otorgó valor probatorio para considerar la posible existencia de una organización internacional dedicada al blanqueo de capitales y derivar el caso a la Audiencia Nacional.

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Precisamente esta sucesión de procedimientos es uno de los puntos que la defensa cuestiona. Según su criterio, un material obtenido en el marco de una investigación internacional no puede ser reutilizado automáticamente en causas diferentes sin que exista un nuevo control judicial que autorice dicho cambio de finalidad.

La distinción entre incautar un disco y acceder a su contenido

El centro del debate jurídico, no obstante, no radica en la incautación del disco duro, sino en la acción posterior. La defensa sostiene que la Ley de Enjuiciamiento Criminal diferencia claramente entre la incautación de un dispositivo electrónico y el acceso a la información que contiene, dos acciones que, a su juicio, requieren distintas autorizaciones judiciales.

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Por ese motivo, insiste en que la providencia por la cual el Juzgado Central de Instrucción autorizó la entrega de una copia del disco duro a la Fiscalía no puede equipararse al auto que debió autorizar el análisis de las comunicaciones privadas almacenadas en él. Según argumentan, la entrega física del soporte no implica de forma automática que se pueda examinar todo su contenido ni reutilizarse posteriormente en otras investigaciones penales.

Los abogados de Zapatero sostienen que, tras revisar las actuaciones, no han encontrado esa resolución concreta y consideran que su ausencia podría tener consecuencias procesales de gran envergadura. Afirman que, en caso de no acreditarse la existencia de un auto motivado que autorizara el acceso al contenido del disco CRUCIAL, podrían haberse vulnerado derechos fundamentales como el secreto de las comunicaciones, la intimidad y la protección de datos personales.

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(Noticia en ampliación)

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