Albares impulsa la ley de nietos: la Embajada en Paraguay nacionaliza bisnietos y el cónsul de Caracas apoya a tataranietos

Instrucciones de la Embajada de España en Asunción para la aplicación de la 'ley de nietos', donde se contemplan expresamente los supuestos de bisnietos. Las claves

La Embajada de España en Paraguay junto con el Consulado en Caracas están procesando nacionalizaciones para bisnietos e incluso tataranietos de españoles, ampliando así el alcance de la Ley de Memoria Democrática.

Oficialmente, la ley solo abarca a nietos, pero las oficinas diplomáticas están aceptando solicitudes de descendientes de generaciones posteriores, fundamentándose en interpretaciones administrativas.

No es obligatorio demostrar que el abuelo tenía nacionalidad española, basta con reconstruir la línea familiar hasta el bisabuelo nacido en España y presentar la documentación correspondiente.

Hasta el 30 de abril, 557.709 personas ya habían conseguido la nacionalidad española por esta vía, mientras que 2,6 millones han iniciado los trámites, excediendo la capacidad de la red consular.

La llamada ley de nietos se ha extendido también a la ley de los «bisnietos» y hasta de los «tataranietos».

Esto se debe a la interpretación que realiza el Ministerio de Exteriores sobre la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, que amplía el alcance de la norma aprobada en el Congreso.

Diversos documentos oficiales de representaciones diplomáticas españolas, publicados en la web de Exteriores, demuestran que ya se están gestionando solicitudes de nacionalidad española de bisnietos e incluso tataranietos.

Uno de dichos documentos proviene de la Embajada de España en Asunción (Paraguay). En este documento, las instrucciones resaltan en mayúsculas y rojo los términos «BISNIETO», «NIETO» y «HIJO», asignando distintos requisitos para cada caso.

En el supuesto de los «BISNIETO/A de un ciudadano originariamente español», entre los papeles necesarios están las partidas de nacimiento del solicitante, sus padres, su abuelo y del bisabuelo nacido en España, junto con los certificados de matrimonio y defunción que acrediten toda la línea genealógica.

El formulario no exige probar que el abuelo fuera español, sino únicamente reconstruir la línea familiar hasta llegar al bisabuelo nacido en España.

De hecho, el abuelo no se menciona como español: se le describe simplemente como «el abuelo/a perteneciente a la línea de parentesco del bisabuelo/a nacido en España».

Respecto al abuelo y los padres, solo se solicita «certificado literal de nacimiento» debidamente legalizado y apostillado por el país de origen, así como los certificados de matrimonio y defunción si fuera el caso. Son los documentos necesarios para acreditar la línea genealógica, y nada más.

En otras palabras, basta con comprobar que el abuelo fue hijo del bisabuelo nacido en España, independientemente del lugar de nacimiento del abuelo.

Instrucciones de la Embajada de España en Asunción para la aplicación de la ley de nietos, donde se contemplan expresamente los supuestos de bisnietos.

Esta mención a los bisnietos resulta relevante, puesto que la Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre de 2022, no incluye explícitamente a los bisnietos como beneficiarios potenciales de esta forma de acceso a la nacionalidad.

De hecho, en una guía oficial de preguntas frecuentes del Consulado General de España en Caracas, el propio Ministerio reconoce claramente que la Ley de Memoria Democrática «no menciona a tataranietos ni bisnietos».

Sin embargo, se confirma por escrito que las solicitudes presentadas por aquellos que tengan como antepasado a un bisabuelo o tatarabuelo español «se están admitiendo a trámite en función de sus disposiciones interpretativas».

¿Qué implican las «disposiciones interpretativas»? El documento no lo especifica, pero sugiere que estos expedientes no se están gestionando aplicando directamente el texto de la Ley de Memoria Democrática, sino mediante los criterios e instrucciones administrativas que el Gobierno ha establecido para desarrollar dicha norma.

Preguntas frecuentes sobre la Ley de Memoria Democrática resspondidas por el Consulado General de España en Caracas (Venezuela).

Dicha guía del Consulado de Caracas contempla incluso la inscripción «post-mortem» de un bisabuelo fallecido para posibilitar la tramitación del expediente de nacionalidad de un bisnieto.

Aunque el documento aclara que una persona fallecida no puede optar a la nacionalidad porque «no puede manifestar su voluntad», en el trámite para bisnietos es posible registrar «post-mortem» a un ascendiente fallecido.

Esta inscripción tendría un carácter «no constitutivo o con valor informativo» y permitiría completar la cadena de filiación del descendiente.

Polémica instrucción

En un inicio, la Ley de Memoria Democrática se diseñó para reparar a los represaliados del franquismo y a sus descendientes directos.

El texto aprobado por las Cortes se refería a exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencias.

Durante el proceso parlamentario, desde julio de 2021 hasta octubre de 2022, solo se propuso una ampliación mediante una enmienda de Ciudadanos para extender el acceso a la nacionalidad, que fue rechazada dos veces por el Congreso.

Sin embargo, esta ampliación en el alcance de los beneficiarios se implementó días después por otra vía. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, dirigida por Sofía Puente —hermana del ministro de Transportes—, emitió una instrucción que reinterpretaba el alcance de la norma y la intención del legislador.

«Se presumirá la condición de exiliado para todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955».

En la práctica, esta presunción convierte el exilio en una condición casi automática. Dicho de otro modo, no es indispensable demostrar persecución concreta, solo es suficiente ser descendiente de un español de origen que salió del país en dicho período.

Aunque la salida fuera motivada por razones exclusivamente económicas.

Ahora, la documentación difundida por las representaciones diplomáticas españolas revela una nueva expansión de la norma aprobada en el Congreso.

Según información oficial, alrededor de 2,6 millones de personas han iniciado los trámites para obtener la nacionalidad española vía la ley de nietos, cifra que ha superado la capacidad operativa de la red consular.

Hasta el 30 de abril de este año, 557.709 personas habían obtenido ya la nacionalidad a través de esta vía.

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